LAS CARTAS ORGÁNICAS Y LOS JUICIOS POLÍTICOS (1)

La destitución es algo para poner en esta herramienta donde hay que detallar lo mas posible para si es necesario poder utilizarla y llevarla a cabo. Para eso la formación continua de la ciudadanía es un elemento clave en estos procesos para llevarlos adelante. Por Alejandro Rojo Vivot.

Opinión 03/06/2021 Alejandro Rojo Vivot - Escritor
Viva la Comuna 1871

Ilustración: VIVA LA COMUNA 1871. ILUSTRACIÓN DE ÉPOCA DEL  PROCESO INSURRECCIONAL VIOLENTO EN PARÍS. 18 DE MARZO AL 28 DE MARZO

“Todo hombre que tiene poder se inclina a abusar del mismo; él va hasta que encuentra límites. Para que no se pueda abusar del poder hace falta que, por la disposición de las cosas, el poder detenga al poder”.

 

Charles Louis de Secondat, señor de la Brède y barón de Montesquieu (1689-1775)

 

El desarrollo del hombre en libertad, inclusive en el presente, conlleva una importante cuota de inteligencia, perseverancia y audacia.

El poder que reside en el pueblo, mediante procesos electorales públicos, es otorgado, por períodos determinados y para ejercer funciones claramente específicas, a los postulantes que obtuvieron los votos necesarios en cada caso, comprometiéndose solemnemente a cumplir cabalmente y a ser demandados si así no lo hicieran.

Los procesos democráticos, por virtuosos o complejos que sean, incluyen que siempre se realicen en paz; es necesario evitar confundir lo novedoso y lo innovador con un régimen revolucionario, cualquiera sea su signo ideológico.

Las revoluciones no respetan a las minorías democráticas y buscan avasallarlas como así también los absolutistas, perpetuándose en el poder todo lo que les sea posible incluyendo la persecución y la represión violenta.

ANTECEDENTES

“Si los hombres fuesen ángeles, el gobierno no sería necesario. Si los ángeles gobernaran a los hombres, saldrían sobrando lo mismo las contralorías externas que las internas del gobierno. Al organizar un gobierno que ha de ser administrado por hombres para los hombres, la gran dificultad estriba en esto: primeramente hay que capacitar al gobierno para mandar sobre los gobernados; y luego obligarlo a que se regule a sí mismo. El hecho de depender del pueblo es, sin duda alguna, el freno primordial indispensable sobre el gobierno; pero la experiencia ha demostrado a la humanidad que se necesitan precauciones auxiliares”. [2]

Cabe recordar que, con alguna frecuencia, los que posiblemente se encaminan a un Juicio Político renuncian para evitar el mismo cuando estiman muy posible la condena: “Apenas unas horas después de haber sido suspendido por la unanimidad de sus compañeros de la Honorable (nunca mejor aplicado el título) Cámara de Diputados de la Nación, el legislador salteño hizo llegar a Sergio Massa su carta de renuncia”. (El legislador del Frente para Todos además aclaró que “seguirá trabajando para que Argentina se ponga de pie”). [3]

CON ALGÚN DETALLE

Tomando de ejemplo, con las posibles variantes de las demás, anotamos que:

¿Quiénes?

“El Intendente, los Concejales, el Juez Administrativo Municipal de Faltas y el Secretario, el Defensor del Vecino y los miembros de la Sindicatura General, como asimismo Secretarios y Subsecretarios del Departamento Ejecutivo Municipal y Secretario y Prosecretario del Concejo Deliberante”. [4]

¿Por qué?

“1) Violación a las prescripciones contenidas en la presente Carta Orgánica; 2) Comisión de delitos en el cumplimiento de sus funciones; 3) Comisión de delitos comunes dolosos; 4) Mal desempeño de sus funciones; 5) Indignidad; 6) Falta de cumplimiento de los deberes a su cargo; 7) Ausentismo notorio e injustificado”.

 Salas

“En su primer sesión ordinaria el Concejo Deliberante se divide en DOS (2) salas, una acusadora y la otra juzgadora, integrada la primera por TRES (3) miembros y la segunda por los CUATRO (4) miembros restantes, quienes son designados por sorteo, respetando, en lo posible, la proporcionalidad política del Cuerpo”. [5]

Además

Las denuncias fundadas con pruebas que las sustenten siempre han de ser presentadas formalmente en el Concejo Deliberante, por un Concejal o los vecinos mediante una Iniciativa Popular. [6]

Si no prosperan se archivan con el carácter de cosa juzgada. De proseguir y ser declarado culpable es destituido sin que exista una instancia de apelación superior, independientemente de las vías judiciales si corresponden. [7]

Desde luego que existe el derecho la defensa.

CAPACITACIÓN CIUDADANA

Sin duda, la formación continua a lo largo de toda la vida es una extraordinaria instancia para el desarrollo personal que, además, dignifica y, por lo menos, repercute en ámbitos más amplios; además posiblemente puede contribuir en cuanto a que otros busquen alternativas enriquecedoras.

En este orden de ideas, muy particularmente y casi siempre, los vecinos sumarán experiencias y conocimientos mediante acciones de capacitación ciudadana.

El Juicio Político es, relativamente, poco conocido por las personas en general aunque, quizá, recuerden algunos procesos con connotaciones y derivaciones diversas. Esta cuestión en sí misma puede constituirse en parte de las reflexiones democráticas y de aprendizajes cívicos.

Asimismo, conocer las causas y mecanismos previstos, la difusión, las pujas partidarias, las consecuencias, eventuales reemplazos, etcétera.

También, fundamentalmente, los principios republicanos que enmarcan este procedimiento que, aunque se infrecuente, es significativo.

En este sentido recordemos que existe la posibilidad que un Juicio Político sea la consecuencia de una Iniciativa Popular, por lo que amerita la necesidad de que los electores la conozcan con algún detalle.

Una comunidad debidamente informada con respecto a los asuntos públicos, tanto en forma individual como socialmente es muy probablemente que se tomen decisiones con fundamentos y que sus resultados sean eficientes en alguna medida.

En este orden de ideas, es clave poner foco en los jóvenes que a partir de los 16 años de edad están habilitados a votar y por caso, adherirse o no a una Iniciativa Popular referida a un eventual Juicio Político.

Las cartas orgánicas son la consecuencia directa y muy auspiciosa del federalismo como forma de gobierno establecido originalmente en la Constitución de Argentina; es un orgullo que sea así y nos debe impulsar constantemente a ejercerlo encuadrados en la Declaración Universal de Derechos Humanos (N U, 1948).

Entre algunas frases hechas y las reflexiones fundadas, la distancia ciudadana responsable es de gran magnitud como en los impactos sociales.


[1] Impeachment. Los sistemas presidencialistas de gobierno lo contemplan y lo han ejercido con diversos resultados. 
[2] Hamilton, Alexander o Madison, James. 8 de febrero de 1788. El correo de Nueva York. En El federalista. Fondo de Cultura Económica. Segunda edición, tercera reimpresión. Páginas 220 y 221. México, México. 2010.
[3] Anónimo. Renunció el diputado Juan Ameri, protagonista del escándalo sexual. Contexto. Tucumán, Provincia de Tucumán, Argentina. 25 de septiembre de 2020.
[4] Convención Constituyente. Carta Orgánica. Artículo 250°. Ushuaia, Provincia de Tierra del Fuego, Argentina. 30 de marzo de 2002.
[5] Convención Constituyente. Carta Orgánica. Artículo 251°. Ushuaia, Provincia de Tierra del Fuego, Argentina. 30 de marzo de 2002.
[6] Convención Constituyente. Carta Orgánica. Artículo 253°. Ushuaia, Provincia de Tierra del Fuego, Argentina. 30 de marzo de 2002.
[7] Convención Constituyente. Carta Orgánica. Artículo 254°. Ushuaia, Provincia de Tierra del Fuego, Argentina. 30 de marzo de 2002.

Por Alejandro Rojo Vivot - Escritor

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