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canonical_url: "https://ahoracalafate.com.ar/contenido/23335/aumento-de-gas-fallo-de-la-justicia-federal-a-favor-de-santa-cruz"
title: "Aumento de gas: fallo de la Justicia Federal a favor de Santa Cruz"
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description: "Tras los aumentos desproporcionados en las tarifas de gas residenciales, que impactaban con subas superiores al 800%. La Justicia Federal revoco dicho aumento tras la firma de la medida cautelar de la Jueza Federal Marta Isabel Yañes, desde hoy con vigencia para los próximos seis meses."
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date_published: "2024-05-31T20:14:00-03:00"
date_modified: "2024-05-31T20:16:37-03:00"
tags:
  - "Justicia federal"
  - "Tarifa Gas"
author_name: "Ahora Calafate"
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category_name: "Santa Cruz"
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category_description: "Provinciales"
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# Aumento de gas: fallo de la Justicia Federal a favor de Santa Cruz

![EF7DF77F-6C26-48BA-876F-0C053A759803](/download/multimedia.normal.b0e6e74fc14e2699.RUY3REY3N0YtNkMyNi00OEJBLTg3NkYtMEMwNTNBNzVfbm9ybWFsLndlYnA=.webp)

El fallo de la jueza ordena “REVOCAR en forma parcial y por contrario imperio - aunque por distintos fundamentos - el punto 3° de la providencia de fs. 77 (en cuanto al requerimiento de informe previo)”; y, además “hacer lugar a la medida innovativa interesada por la parte actora (el gobierno provincial) en relación al colectivo representado - usuarios residenciales del servicio de gas con domicilio en las localidades ubicadas en los Departamentos Deseado, Lago Buenos Aires, Magallanes y Río Chico de la Provincia de Santa Cruz”.

En consecuencia anuncia “ordenar la suspensión desde el 2 de abril de 2024 y por el plazo de 6 meses”, de los aumentos derivados de las Resoluciones n° 41/2024 de la Secretaría de Energía de la Nación y 122/2024 y 224/2024 del Enargas, teniendo este ultimo que acatar a “comunicar en forma inmediata la presente medida cautelar a las empresas distribuidoras o subdistribuidoras del elemento a fin que, durante el plazo de 6 meses de su vigencia: a) se abstengan de aplicar incrementos superiores al 300% en comparación con el mismo período de facturación del año anterior”.

La Jueza Yañes aduce que ese, porcentaje es “prudentemente razonable para equilibrar provisionalmente los intereses en pugna y teniendo en cuenta los índices inflacionarios existentes, los cuales resultan de público y notorio conocimiento”.  
Fuente: Secretaría de Comunicación Pública y Medios

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