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title: "Santa Cruz habilita algunas actividades deportivas"
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description: "A través de un decreto la Gobernadora Alicia Kirchner autoriza permitirán  actividades deportivas individuales y al aire libre, que no requieran equipamiento. El Calafate ya había solicitado este permiso, que entrará en vigencia el martes 26 de mayo. También se autoriza la apertura de restaurantes y confiterías, bajo protocolo de seguridad"
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date_published: "2020-05-22T14:45:00-03:00"
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tags:
  - "Actividades Pemitidas"
  - "Covid-19"
  - "Nueva Normalidad"
  - "Salida de la Cuarentena"
author_name: "Guillermo Pérez Luque"
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category_name: "Santa Cruz"
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# Santa Cruz habilita algunas actividades deportivas

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El Decreto 574/20 firmado hoy viernes por la Gobernadora Alicia Kirchner establece en su artículo 2° que “en beneficio de la salud y bienestar psicofísico de las personas, se permitirán actividades deportivas individuales y al aire libre en el ámbito de la provincia de Santa Cruz, que no requieran equipamiento o que cuyo equipamiento sea personal, **tales como caminata, equitación, golf, running, montañismo y ciclismo,** entre otras de similares características”.

Al respecto se deja en claro que “las actividades habilitadas precedentemente, deberán realizarse al **aire libre**, en horario diurno con una **duración máxima de sesenta (60) minutos por día, entre las 11:00 hs y 16:00 hs**. No se podrá usar transporte público o vehicular y se deberá guardar en todo momento un distanciamiento físico entre deportistas no menor a DOS (2) metros”.

Es importante destacar que en ningún caso se podrán realizar aglomeraciones y se deberá dar cumplimiento a las instrucciones generales de la autoridad sanitaria provincial. Para esta salida se recomienda el uso de cubre boca, nariz y mentón.

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Además, el decreto establece en su artículo 2 “que en ningún caso podrá utilizarse para la salida de esparcimiento plazas y parques existentes en la jurisdicción respectiva. Asimismo, dichas actividades, no podrán practicarse en ámbitos o espacios cerrados”.

El nuevo decreto provincial también especifica que se exceptúa de la autorización referida en el artículo 2 a las personas que hayan regresado de áreas de circulación viral en los últimos catorce días, casos sospechosos de COVID-19 y eventualmente los contactos estrechos de estos últimos.

**RESTAURANTES y CONFITERÍAS**

Luego de la autorización emanada por el Estado Nacional a través de Jefatura de Gabinete, se oficializa en el día de la fecha la excepción del cumplimiento del “aislamiento social preventivo y obligatorio” y de la prohibición de circular dispuesta en el DNU Nº 459/20 y normas concordantes en el ámbito de la provincia de Santa Cruz, al personal afectado a la actividad comercial del rubro restaurantes, confiterías, y modalidad delivery y take away (comidas para llevar) en el ámbito provincial” según puede leerse en el artículo 1 del Decreto 574/20.

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Además, el Decreto establece la modalidad y pautas para llevar adelante dicha actividad:

Máximo de la capacidad del local establecida por protocolo sanitario, con una distancia mínima de dos metros (2 m) entre personas, sin habilitación de barra.

Horario segmentado y limitado hasta las veinte horas (20:00 hs) para restaurantes, confiterías y hasta las veintiún horas (21:00 hs) para la modalidad delivery y take away (comidas para llevar).

**DESCARGA EL DECRETO: [AQUI](http://ahoracalafate.com.ar/download/multimedia.archivo.aab48eb3c80384ab.444543323032302d30353734202832292e706466.pdf)**

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