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title: "Aceites y lubricantes usados: buscan evitar que terminen en las cloacas o sin tratamiento"
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description: "La Legislatura de Santa Cruz aprobó por unanimidad un régimen especial para los pequeños generadores de residuos peligrosos líquidos, como talleres, lubricentros y particulares que producen menos de 1.000 litros mensuales. La nueva ley elimina para ellos la obligación de inscribirse y pagar la tasa prevista por la normativa general, pero los incorpora a un circuito formal. El Estado deberá coordinar la recolección y el transporte, mientras que las empresas operadoras y extractoras de petróleo con concesiones vigentes en la provincia tendrán a su cargo la disposición final."
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date_published: "2026-09-02T19:15:00-03:00"
date_modified: "2026-09-02T19:19:33-03:00"
tags:
  - "Aceites y lubricantes"
  - "Pedro Muñoz"
  - "Residuos Industriales"
author_name: "Guillermo Pérez Luque"
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category_name: "Santa Cruz"
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# Aceites y lubricantes usados: buscan evitar que terminen en las cloacas o sin tratamiento

![aceite usado](/download/multimedia.normal.9592408479f299e2.bm9ybWFsLndlYnA%3D.webp)

La Cámara de Diputados de Santa Cruz aprobó por unanimidad, con el voto de los **21 legisladores presentes**, una modificación a la Ley 2567 de Residuos Peligrosos destinada a resolver un problema cotidiano pero con impacto ambiental: qué hacer con los aceites, lubricantes y otros residuos líquidos peligrosos generados en pequeñas cantidades por talleres, lubricentros, comercios o particulares.

La iniciativa pertenece al diputado **Pedro Muñoz (CC-ARI)** y crea dentro de la Ley 2567 un capítulo específico denominado **“Pequeños Generadores de Residuos Peligrosos Líquidos”**. El despacho había sido aprobado previamente por unanimidad en comisión.

El punto de partida del proyecto es que la normativa vigente aplicaba un esquema general pensado también para grandes generadores, con exigencias administrativas que, según los fundamentos de Muñoz, resultaban difíciles de cumplir para quienes producen cantidades reducidas.

En la práctica, sostuvo el legislador, esa falta de un régimen diferenciado provocaba que parte de esos residuos quedara fuera de cualquier circuito formal. En los fundamentos advierte que aceites y lubricantes usados provenientes de pequeños talleres o particulares muchas veces terminan **“sin ningún tipo de control”** e incluso en las cañerías cloacales, sin tratamiento previo.

**Menos de 1.000 litros mensuales**

La nueva ley a cuyo texto accedió Ahora Calafate define como pequeños generadores a las empresas o personas particulares que produzcan o manipulen **menos de 1.000 litros por mes** de residuos peligrosos líquidos.

La norma incluye expresamente a los aceites minerales, aceites orgánicos y lubricantes. También establece parámetros técnicos para definir qué se considera residuo líquido y obliga a informar si contiene más de un 50% de agua para que el organismo recolector adopte las previsiones necesarias.

La diferencia con el régimen anterior está justamente allí: **la ley deja de tratar del mismo modo a un pequeño taller o a un particular que a un gran generador industrial**.

![aceites-2](/download/multimedia.normal.8d8f1f9b07f73ace.bm9ybWFsLndlYnA%3D.webp)

**Sin inscripción ni tasa, pero dentro de un circuito controlado**

Uno de los cambios más importantes es la simplificación administrativa.

Los pequeños generadores quedarán **exentos del pago de la tasa prevista en la Ley 2567** y tampoco tendrán que realizar trámites de inscripción en los registros generales de residuos peligrosos.

Eso no significa que puedan disponer libremente de esos aceites o lubricantes.

Deberán aportar a la dependencia encargada de la recolección toda la información necesaria para organizar el retiro y asegurar que los residuos ingresen al sistema de transporte y disposición final previsto por la nueva normativa.

Muñoz justificó esta decisión bajo un criterio de proporcionalidad. En sus fundamentos señala que aplicar a un pequeño generador las mismas exigencias que a uno de gran escala resultaba **“desproporcionado, injusto y en realidad impracticable”**.

La apuesta es  quitar obstáculos burocráticos para facilitar que esos residuos sean entregados de manera controlada.

**El Estado recolectará y las petroleras deberán disponerlos**

El nuevo artículo 15 establece cómo funcionará el circuito. La **recolección y el transporte** de estos residuos deberán ser coordinados por una dependencia del Estado provincial, que será determinada posteriormente mediante la reglamentación.

La **disposición final**, en cambio, quedará a cargo de las empresas operadoras y extractoras de petróleo que tengan concesiones vigentes en Santa Cruz.

La modalidad concreta deberá definirse a través de un protocolo acordado entre la autoridad de aplicación y las compañías petroleras.

De esta manera, la ley establece una cadena de responsabilidades: el pequeño generador deberá entregar el residuo, el Estado organizará su recolección y traslado y las empresas petroleras deberán recibirlo para su disposición final.

![Pedro Muñoz](/download/multimedia.normal.bffde589e989f6d8.bm9ybWFsLndlYnA%3D.webp)***Diputado Pedro Muñóz (CC-ARI) - autor del proyecto que fue aprobado***

En los fundamentos, Muñoz menciona como destino posible los **pozos inyectores de agua desechada de la actividad extractiva, también denominados pozos sumideros**, dentro del esquema que deberá acordarse y regularse.

**Un problema ambiental que se acumula de a poco**

El argumento central del proyecto es que pequeñas cantidades dispersas pueden terminar generando un problema considerable.

Un lubricentro, un taller mecánico o un particular pueden desechar volúmenes mucho menores que una gran empresa, pero la suma de cientos de generadores fuera de control puede producir un impacto significativo.

Por eso Muñoz sostuvo que el régimen anterior no estaba dando una respuesta adecuada a esa realidad y que, sin una alternativa sencilla de entrega, esos residuos podían terminar en lugares inadecuados.

**También habrá información pública**

La reforma incorpora además una obligación de transparencia. La autoridad de aplicación deberá publicar todos los meses un informe con la cantidad de litros de residuos peligrosos líquidos recolectados y transportados para su disposición final.

La información deberá estar discriminada por localidad y por origen: particulares o domicilios, comercios o empresas. También tendrá que informar qué empresas petroleras colaboraron recibiendo esos residuos.

Esto permitirá conocer cuánto material ingresa efectivamente al sistema y evaluar si el nuevo mecanismo funciona.

La clave estará ahora en la reglamentación. Allí deberá determinarse **qué organismo provincial realizará la recolección, cómo deberán solicitarla los pequeños generadores y de qué manera se articulará con las operadoras petroleras**.

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