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title: "MUERTE DEL REMISERO. Riestra no declaró en la indagatoria"
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description: "El joven detenido por el choque fatal del domingo se negó a declarar por indicación de su abogado, quien además pidió la excarcelación. El juez y la fiscal deben resolver."
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tags:
  - "Cristobal Riestra"
  - "Paulo Cabello"
category_name: "El Calafate"
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# MUERTE DEL REMISERO. Riestra no declaró en la indagatoria

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*Cristobal Riestra*

Este martes por la tarde Cristóbal Riestra (21) detenido por el siniestro vial que causó la muerte del remisero Paulo Cabello (48), fue llevado al Juzgado de Primera Instancia para declaración indagatoria.

Desde el domingo pasado el mediodía el joven está detenido en la Comisaría Primera de El Calafate, imputado por el delito de homicidio culposo. Por indicación de su abogado, el Dr. Flores, Riestra se negó a prestar declaración indagatoria.

A través de un escrito el defensor solicitó la excarcelación del piloto de automovilismo. AHORA CALAFATE pudo saber que fundamentó que el monto de la pena que podría caberle y la falta de antecedentes, ameritan seguir el proceso judicial en libertad.

Sobre el pedido formal deben resolver tanto la Fiscal Dra. Mercado como el juez Dr. Navarte, lo que ocurriría mañana miércoles.

Paralelamente está corriendo el plazo de 10 días para que el magistrado resuelva la situación procesal de Riestra. En este término se esperan resultados de pericias ordenadas.

El Artículo 84 bis del Código Penal Argentino establece que “será reprimido con prisión de dos (2) a cinco (5) años e inhabilitación especial, en su caso, por cinco (5) a diez (10) años el que por la conducción imprudente, negligente o antirreglamentaria de un vehículo con motor causare a otro la muerte.

La pena será de prisión de tres (3) a seis (6) años, si se diera alguna de las circunstancias previstas en el párrafo anterior y el conductor se diere a la fuga o no intentase socorrer a la víctima siempre y cuando no incurriere en la conducta prevista en el artículo 106, o estuviese bajo los efectos de estupefacientes o con un nivel de alcoholemia igual o superior a quinientos (500) miligramos por litro de sangre”.

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