El proyecto para modificar la Ley de Glaciares llega al Senado con apoyos provinciales y rechazo social
Respaldada por provincias de la Mesa del Litio y del Cobre, la iniciativa del Ejecutivo busca ordenar el régimen vigente para favorecer inversiones mineras. En paralelo, organizaciones sociales, ambientales y sectores académicos expresaron su oposición y anunciaron movilizaciones y acciones públicas. Ahora Calafate accedió al texto completo del proyecto que el Gobierno pretende aprobar rápidamente
El presidente Javier Milei envió al Senado de la Nación un proyecto de ley que propone modificar la Ley N.º 26.639, conocida como Ley de Presupuestos Mínimos para la Protección de Glaciares y del Ambiente Periglacial. La iniciativa, ingresada este lunes al Congreso, plantea una revisión del marco normativo vigente con el objetivo de “ordenar el régimen legal”, y fortalecer las competencias provinciales en la gestión ambiental y de los recursos naturales, según afirma
Según se expresa en el mensaje que acompaña el proyecto, a más de quince años de la sanción de la ley actual se han verificado “graves dificultades interpretativas” que derivaron en incertidumbre jurídica y en tensiones entre la tutela ambiental y el aprovechamiento racional de los recursos.
En ese sentido, el Poder Ejecutivo sostiene que el texto vigente “da lugar a lecturas que contradicen la necesaria armonización que debe mediar entre dos bienes jurídicos igualmente protegidos por la Constitución Nacional: el ambiente y el desarrollo productivo”.
Qué propone la reforma
El proyecto enviado al Senado al que accedió Ahora Calafate introduce modificaciones centrales en los artículos 1°, 3°, 5°, 6°, 7° y 8° de la ley vigente, e incorpora un nuevo artículo 3° bis. Uno de los ejes principales es la precisión del objeto protegido, estableciendo que quedan alcanzados por la ley los glaciares y las geoformas periglaciales que cumplan una función hídrica efectiva, ya sea como reservas estratégicas de agua o como proveedoras de recarga de cuencas hidrográficas.
El nuevo texto del artículo 1° define a los glaciares como “bienes de carácter público” y dispone que su protección debe interpretarse de manera compatible con el artículo 41 de la Constitución Nacional, que garantiza el derecho a un ambiente sano pero también la “utilización racional de los recursos naturales”, y con el artículo 124, que reconoce el dominio originario de las provincias sobre esos recursos.
En el mensaje oficial se remarca que la reforma “no busca atenuar los estándares de protección ambiental vigentes”, sino evitar interpretaciones que lleven a “prohibiciones absolutas, abstractas y genéricas”, desvinculadas de la evidencia científica y de las particularidades de cada territorio.
El rol de las provincias
Otro punto central del proyecto es el fortalecimiento del rol de las autoridades provinciales en la evaluación de impacto ambiental. El texto propone que sean las provincias las que determinen, mediante estudios técnicos y científicos, qué glaciares y qué ambientes periglaciales cumplen funciones hídricas y, en consecuencia, quedan alcanzados por las prohibiciones previstas en la ley.
El proyecto establece que la evaluación de impacto ambiental a cargo de las jurisdicciones locales será “decisiva” para autorizar o rechazar actividades productivas en zonas glaciares o periglaciales, siempre garantizando instancias de participación ciudadana, en línea con la Ley General del Ambiente y el Acuerdo de Escazú.
En ese marco, se sostiene que “las provincias cuentan con información de primera mano sobre la relevancia hídrica de los glaciares y de las geoformas” y que su intervención resulta clave para compatibilizar protección ambiental y desarrollo sostenible.
Cambios en el Inventario Nacional de Glaciares
La iniciativa también redefine la articulación entre el Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (IANIGLA) y las autoridades provinciales. El Gobierno reconoce el trabajo realizado por el instituto, pero señala que el Inventario Nacional de Glaciares “solo ha completado el Nivel 1” y que aún resta determinar la función hídrica efectiva de muchas geoformas relevadas.
En ese sentido, el proyecto habilita a las provincias a aportar información técnica para incorporar o excluir geoformas del Inventario, en función de los resultados de sus evaluaciones ambientales. Incluso se establece que, si una autoridad provincial verifica que una geoforma incluida en el Inventario no cumple funciones hídricas, la autorización otorgada para un proyecto productivo no quedará invalidada por la falta de actualización del registro nacional.
Reclamo de provincias mineras
En los fundamentos se menciona expresamente el reclamo formulado por las provincias que integran la Mesa del Litio, conformada por Catamarca, Jujuy y Salta, y la Mesa del Cobre, que también incluye a Mendoza y San Juan. En una nota enviada al Poder Ejecutivo el 10 de diciembre, los gobernadores señalaron que la ley vigente “ha provocado controversias sobre su alcance e interpretación, lo que termina por obstaculizar el logro de su finalidad última: promover el desarrollo económico sostenible”.
Desde el Gobierno nacional se afirma que la reforma responde a ese pedido y se inscribe en los compromisos asumidos en el Pacto de Mayo, donde Nación y provincias acordaron avanzar en la explotación de los recursos naturales “en el marco de un desarrollo federal equilibrado”.
Rechazo de organizaciones ambientales, científicos y gremios
La presentación del proyecto generó rechazo de diversos sectores, que advierten que la modificación reduciría la protección de reservas estratégicas de agua y abriría paso a actividades extractivas como la minería en áreas actualmente vedadas por la ley vigente.
Más de 25 organizaciones de la sociedad civil, entre ellas grupos ambientalistas, científicos y asociaciones especializadas, emitieron un documento conjunto expresando su “profunda preocupación” ante la reforma y denunciando que modificar la norma sería un retroceso respecto de los niveles de protección alcanzados.
Los críticos sostienen que la Ley 26.639 no “bloquea el desarrollo”, sino que lo ordena al impedir actividades que alteren la dinámica natural, la integridad física o la función ecosistémica de los glaciares. En ese sentido, organizaciones ambientales afirmaron que cambiarla representaría una acción “ilegal e inconstitucional” bajo el principio de no regresión ambiental incluido en el Acuerdo de Escazú.
Asimismo, la comunidad científica ha señalado que “modificar la ley excluyendo glaciares pequeños o gran parte del ambiente periglacial es científicamente incorrecto y riesgoso”, ya que dejaría fuera de protección a componentes críticos del sistema hídrico andino.
Movilizaciones
La intención de reformar la Ley de Glaciares provocó movilizaciones socioambientales en múltiples provincias. Como informó Ahora Calafate, días atrás ocurrió una manifestación en El Calafate, El Chalten Río Gallegos y Caleta Olivia.
Las organizaciones que convocan las movilizaciones advierten que “sin agua no hay desarrollo posible” y que la protección de los glaciares es un tema de interés nacional y estratégico ante la crisis hídrica y climática global.
Estos reclamos se suman a la posición crítica de funcionarios y legisladores opositores que consideran que la reforma ambiental no debería avanzar sin un debate amplio que incluya a la sociedad y los sectores técnicos involucrados.
Que sea rápido
El Poder Ejecutivo solicitó al Congreso un pronto tratamiento del proyecto y remarcó la necesidad de garantizar una participación amplia de la ciudadanía durante el debate legislativo. En el mensaje que acompaña la iniciativa se afirma que la reforma “representa un paso decisivo para consolidar un federalismo ambiental real”, con reglas claras, información científica actualizada y un esquema que permita proteger los glaciares con función hídrica efectiva sin impedir el desarrollo productivo.
El proyecto comenzará ahora su tratamiento en el Senado, donde se anticipa un debate amplio, especialmente en provincias cordilleranas y patagónicas, donde la Ley de Glaciares tiene un impacto directo sobre actividades productivas, ambientales y territoriales.
La postura de Santa Cruz
Días atrás ante la inminencia de la presentación del proyecto que ahora ingresó al Senado, FM Dimensión entrevistó al secretario de Minería de Santa Cruz, Pedro Tiberi, quien aseguró que el ordenamiento territorial minero de Santa Cruz “no está en revisión” y las áreas habilitadas se mantienen únicamente en la región centro y norte del territorio provincial. “Todo el sector cordillerano está fuera de la actividad, y eso no va a cambiar”, sostuvo el funcionario.
Agregó Tiberi que “la ley de glaciares a nosotros prácticamente no nos aplica, porque no tenemos las mismas condiciones que tiene San Juan, SaLta, Jujuy”. Fundamentó que “nosotros tenemos casi toda la cordillera protegida por parques provinciales o nacionales. El único sector que no tiene protección es el lago San Martín, pero la ley 3.105 (Zonificación minera) la protege, o sea, genera una zona en donde ahí la minería es imposible”
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