Glaciar Perito Moreno. Presentan recurso contra permiso para trekking en la cara norte
El abogado del fuero local Juan Ignacio Graziano, representante legal de la empresa Hielo y Aventura (concesionaria del trekking sobre el Glaciar Perito Moreno) confirmó en entrevista con Ahora Calafate que el pasado viernes presentó un recurso administrativo ante la Intendencia del Parque Nacional Los Glaciares y ante la Dirección Regional Patagonia Austral de la Administración de Parques Nacionales, con sede en El Calafate.
La presentación consiste en un recurso de reconsideración contra el otorgamiento de un permiso turístico precario a una empresa que pretende realizar excursiones de trekking en la cara norte del Glaciar Perito Moreno.
Cuestionamientos ambientales
Graziano explicó que el planteo tiene como eje central la cuestión ambiental. “El foco del recurso hace hincapié en lo ambiental y en una especie de autorización exprés que emite la Dirección Regional a través de su titular, la señora Laura Malmierca, en la cual se omiten una serie de consideraciones y principios ambientales”, afirmó.
Según detalló, en la cara norte del glaciar rige una categoría de protección superior a la de Parque Nacional, que es la Reserva Natural Estricta.
En esa franja de bosque magallánico lindante al glaciar está prohibido todo tipo de actividad humana, a excepción de la actividad científica y de conservación. De ninguna manera se podría hacer turismo masivo ni actividades comerciales”, sostuvo.
El abogado señaló que el recurso invoca principios consagrados en tratados internacionales suscriptos por la República Argentina, en la Ley General del Ambiente, la Ley de Bosques y la Ley de Glaciares. En ese sentido, advirtió sobre el principio de no regresividad ambiental: “Una vez que se alcanza determinado estándar de protección, no puede ser reversible por decisiones administrativas, menos aún al calor de permisos y habilitaciones exprés”.
Graziano también remarcó que el Plan de Gestión 2019-2029 del Parque establece zonificaciones claras, incluyendo áreas de uso público intensivo, extensivo y zonas intangibles. “La Reserva Natural Estricta es zona intangible hasta para el propio Parque. Por eso nunca hubo actividad sobre esa área: porque está expresamente prohibido”, enfatizó.
Además, mencionó la dinámica actual del glaciar. “Cuando se elaboró el plan, el glaciar estaba en equilibrio. Desde 2021 se observa retroceso. Si cargamos con actividad antrópica una cara donde está prohibido desarrollar actividad, las consecuencias pueden ser nefastas e irreversibles”, advirtió.
Estudios ambientales en discusión
Otro de los ejes del recurso apunta al procedimiento técnico adoptado. Graziano explicó que la empresa interesada presentó un estudio de impacto ambiental, pero la Dirección Regional habría aprobado un instrumento de menor categoría.
“La autoridad aprueba un IMA, un informe medioambiental, que es inferior al estudio de impacto ambiental presentado por la propia empresa. Es decir, le aprueba un estudio de menor rigor científico y menor protección”, detalló.
Según indicó, además se habrían realizado preaprobaciones de capacidad de carga sin participación ciudadana, invirtiendo el rol habitual del procedimiento administrativo. “Primero la Dirección hace un IMA y luego, cuando la empresa presenta algo de mayor categoría, se le aprueba algo menor. Eso es lo que exponemos”, afirmó.
En contraste, sostuvo que a Hielo y Aventura históricamente se le exigieron herramientas ambientales de mayor complejidad, incluyendo estudios acumulativos y estratégicos. “La empresa sobrecumplió los estándares ambientales vigentes en cada etapa”, señaló.
Reclamo por desigualdad y presuntas irregularidades
El segundo fundamento del recurso está vinculado a lo que considera una asimetría en el otorgamiento de permisos.
“Estos permisos turísticos de índole precaria vulneran toda la normativa de contrataciones del Estado. Obvian por completo lo que son las licitaciones, que garantizan igualdad, libertad de oferta y concurrencia”, sostuvo.
Recordó que las concesiones vigentes surgieron de procesos licitatorios en 2013-2014, que implicaron compra de pliegos, garantías, seguros, propuestas técnicas y compromisos de infraestructura. “El concesionario tiene la obligación de cumplir hasta el último día con el contrato. El permisionario puede dejar todo tirado e irse en cualquier momento. Estas no son reglas de juego claras”, afirmó.
Consultado sobre posibles lecturas que atribuyan el reclamo a una cuestión competitiva, respondió: “En mi rol de abogado pedimos reglas de juego equitativas. Si están interesados en desarrollar otras áreas del Parque, ¿por qué no llaman a licitación? ¿Qué más democrático y más justo para todos los oferentes?”.
Asimismo, advirtió que este tipo de decisiones podrían consolidar situaciones difíciles de revertir. “Parecería que se quiere obrar sobre seguro, consolidar hechos y luego invocar derechos adquiridos para que después sea irreversible”, indicó.
Posible vía judicial
Graziano confirmó que el recurso presentado es una reconsideración con jerarquía y en subsidio, y que de no obtener respuesta favorable avanzarán por la vía judicial.
“Si no hay decisión expresa o es negativa, interpondremos las acciones necesarias, sean amparos o medidas cautelares ante la Justicia Federal para que se dé tratamiento a la cuestión ambiental gravemente omitida”, concluyó.
El caso abre un nuevo capítulo en el debate sobre la regulación de actividades turísticas en áreas protegidas y el equilibrio entre desarrollo y conservación en uno de los principales atractivos naturales del país, declarado Patrimonio Mundial por la UNESCO.