Una causa por cannabis terminó con dinero para los hospitales de El Calafate y Río Gallegos
Una investigación que comenzó en agosto de 2025 con un llamativo allanamiento en pleno centro de Río Gallegos terminó, más de un año después, con dos desenlaces completamente diferentes.
Por un lado, la Justicia Federal sobreseyó a Cáñamo Sur SAS en la investigación que inicialmente había puesto bajo sospecha la legalidad de un cultivo de cannabis encontrado en un galpón de calle Fagnano, en la capital provincial
Pero mientras aquella causa todavía estaba en trámite ocurrió otro hecho: mas de 150 plantas que formaban parte de la evidencia judicial fueron “alteradas, destruidas e inutilizadas”, según establece textualmente el fallo judicial.
Ese segundo episodio abrió otra investigación y terminó ahora mediante un acuerdo reparatorio homologado por la Justicia, por el cual dos imputados quedaron obligados a realizar sendos pagos de $650.000: uno al Hospital Regional de Río Gallegos y otro al Hospital de Alta Complejidad SAMIC de El Calafate.
No se trata de una multa o condena económica contra Cáñamo Sur SAS. La empresa quedó sobreseída por el hecho original. El acuerdo con los hospitales corresponde exclusivamente al segundo expediente y fue celebrado por dos personas investigadas por lo ocurrido con las plantas.
El allanamiento que inició la historia
Para entender cómo se llegó hasta aquí hay que remontarse a agosto de 2025. Días antes la División Narcocriminalidad recibió un denuncia de identidad reservada que advertía sobre una plantación en un inmueble de Fagnano al 300 y se mencionaban quejas de vecinos por el olor.
La Fiscalía Federal tomó intervención y encargó tareas de investigación y posteriormente solicitó el allanamiento del lugar. El 15 de agosto se llevó adelante un allanamiento en el que se encontró una importante cantidad de plantas y elementos relacionados con el cultivo de canabis. Tras el procedimiento se dispuso la inmovilización del material y la clausura preventiva del inmueble mientras se pedían informes a los organismos nacionales competentes.
La noticia tuvo fuerte repercusión en los medios de Río Gallegos. La documentación judicial permitió después precisar el escenario y mostró que la cuestión era bastante más compleja que la primera impresión generada durante el operativo.
De un supuesto cultivo ilegal a una discusión sobre las autorizaciones
La Fiscalía formalizó inicialmente una investigación sobre Cáñamo Sur SAS por la actividad desarrollada entre el 30 de julio y el 15 de agosto de 2025, fecha esta última coincidente con el allanamiento.
La hipótesis fiscal sostenía entonces que el cultivo encontrado en Fagnano podía estar fuera del alcance de las autorizaciones administrativas existentes. La investigación debía establecer, entre otras cuestiones, si las plantas constituían cáñamo industrial o cannabis alcanzado por la Ley de Estupefacientes y hasta dónde llegaban concretamente las habilitaciones de la empresa.
Durante el avance del expediente aparecieron documentos que mostraban que Cáñamo Sur tenía antecedentes de actividad autorizada vinculada al cannabis y al cáñamo.
En la audiencia realizada a comienzos de septiembre de 2025, por ejemplo, la defensa aportó una respuesta del INASE que señalaba que el inmueble de Fagnano estaba habilitado para que la firma operara con cáñamo industrial. También se incorporaron antecedentes de inspecciones realizadas con anterioridad y documentación relacionada con proyectos desarrollados junto al INTA.
Una jueza de Garantías dispuso inicialmente el sobreseimiento. Sin embargo, el Ministerio Público Fiscal pidió revisar esa decisión y el 23 de septiembre de 2025 el juez Aldo Suárez consideró que todavía era prematuro cerrar la investigación.
Suárez sostuvo entonces que faltaban informes y pericias, entre ellas los análisis químicos necesarios para determinar las características de las plantas. Por eso revocó aquel primer sobreseimiento y permitió que la investigación continuara.
Las plantas quedaron dentro de la causa
Entre el allanamiento y la definición judicial, las plantas no eran simplemente bienes de libre disposición.
Formaban parte de la investigación y habían quedado sujetas a medidas judiciales. Incluso, durante aquellos días se autorizó el ingreso de personas encargadas de su cuidado para evitar que el material se deteriorara.
Luego del procedimiento, existía una consigna policial y que se había permitido continuar con el riego y cuidado de las plantas mientras avanzaba la causa. Y es justamente en ese contexto donde aparece el segundo hecho que ahora adquiere relevancia por su desenlace.
Qué pasó con las 153 plantas
El fallo judicial estableció que entre el 5 y el 10 de septiembre de 2025, en el inmueble de Fagnano 325/329, fueron “alteradas, destruidas e inutilizadas” 153 plantas de cannabis sativa.
La resolución agrega una precisión fundamental: esas plantas “formaban parte de los elementos destinados a servir de prueba” en la investigación original.
Por el hecho de las 153 plantas se abrió un expediente separado. Finalmente, las dos personas investigadas alcanzaron un acuerdo reparatorio, mecanismo previsto en la legislación penal que permite, bajo determinadas condiciones y con control judicial, solucionar un conflicto sin llegar a un juicio.
El juez Suárez homologó ese acuerdo. Uno de los imputados quedó obligado a depositar $650.000 en favor del Hospital Regional de Río Gallegos, mientras que el otro debió transferir otros $650.000 al Hospital SAMIC de El Calafate.
La acusación original finalmente cayó
Paralelamente, la investigación que había dado origen a toda esta historia llegó a una conclusión diferente. Al momento del control de acusación, la defensa de Cáñamo Sur pidió nuevamente el sobreseimiento y esta vez la propia Fiscalía retiró la acusación.
El fallo explica que el Ministerio Público Fiscal entendió finalmente que la conducta investigada “no fue antijurídica”, porque la empresa había tenido autorización estatal para desarrollar las actividades antes y después del período puesto bajo investigación. Además, consideró que no podía atribuirse penalmente a los involucrados un “marco regulatorio y burocrático que demoró los permisos durante un determinado tiempo en el año 2025”.
El juez acompañó ese planteo y señaló que durante 2025 la legislación y reglamentación había sido “pendular respecto de los organismos y los trámites” necesarios para obtener las habilitaciones.
Sin una acusación fiscal sostenida y sin una parte querellante, Suárez dispuso el sobreseimiento de Cáñamo Sur SAS respecto del cultivo investigado entre el 30 de julio y el 15 de agosto de 2025.
De esta manera, aquella investigación que había comenzado con un amplio operativo policial y que inicialmente fue difundida como el hallazgo de un presunto cultivo ilegal terminó demostrando un escenario mucho más complejo.
La acusación por el cultivo fue descartada. Pero lo ocurrido posteriormente con 153 plantas que ya eran parte de la prueba judicial originó una causa diferente. Y es precisamente ese segundo expediente el que terminó con una reparación económica destinada a los hospitales de Río Gallegos y El Calafate.