El nuevo cálculo de Zona Fría encarecerá las facturas de gas en Santa Cruz y la Patagonia
El Gobierno nacional puso en marcha una modificación del Régimen de Zona Fría que reducirá el beneficio económico que reciben los usuarios de gas de Santa Cruz y del resto de la Patagonia. Aunque el descuento continúa siendo del 50%, la diferencia está en cómo se calcula. A partir de ahora se aplicará únicamente sobre el precio del gas, y no sobre los distintos componentes del cuadro tarifario, como ocurría hasta ahora.
Los cambios quedaron establecidos mediante dos disposiciones consecutivas publicadas en el Boletín Oficial de la Nación: el Decreto 1266, que reglamenta la reforma introducida por la Ley 27.828, la Resolución 299 de la la Secretaría de Energía, que fija los porcentajes y las condiciones de aplicación de los beneficios.
La reforma no elimina el régimen especial para la Patagonia, pero sí disminuye el alcance del descuento y, en igualdad de condiciones tarifarias y de consumo, implica que los usuarios pagarán más que con el sistema anterior.
El 50% que ya no representa el mismo ahorro
Hasta esta modificación, la Ley 27.637, sancionada en 2021, establecía para la Patagonia una tarifa diferencial equivalente al 50% de los cuadros tarifarios plenos fijados por el ENARGAS.
Esto significaba que el beneficio se aplicaba sobre los componentes tarifarios del servicio, que incluyen el precio del gas, su transporte y su distribución, así como los cargos fijos correspondientes. No equivalía necesariamente a descontar la mitad del importe final de la factura, ya que también intervienen los impuestos.
Con la nueva legislación, la bonificación del 50% queda limitada solo al precio del gas natural o del propano indiluido por redes. Por lo tanto, los costos de transporte, distribución y los cargos fijos dejan de estar alcanzados por esa reducción del Régimen de Zona Fría.
La diferencia es sustancial, ya que aunque el porcentaje anunciado es el mismo, el monto que efectivamente se descuenta será menor.
La modificación adquiere especial relevancia en la Patagonia, donde las condiciones climáticas hacen que la calefacción represente una necesidad durante buena parte del año.
¿Cuánto más podrían pagar los usuarios?
Por el momento, las nuevas disposiciones no establecen un porcentaje uniforme de incremento en las facturas. El impacto dependerá de la categoría tarifaria, el volumen consumido, el peso de los distintos componentes del servicio y la eventual aplicación de otros subsidios.
Sin embargo, medios especializados en energía realizaron simulaciones para dimensionar las consecuencias de la reforma.
El Post Energético publicó un cálculo basado en valores tarifarios de julio de 2026 para un hogar de Río Gallegos con un consumo mensual de 625 metros cúbicos. Según esa estimación, una factura de $114.892 bajo el sistema anterior pasaría a $147.673 con la nueva modalidad, una diferencia del 29%.
Se trata de un ejercicio elaborado con tarifas y consumos determinados, no de un aumento oficialmente anunciado ni de una cifra aplicable a todos los hogares santacruceños.
La estimación permite dimensionar la importancia del cambio, aunque será necesario comparar las liquidaciones efectivas de las distribuidoras para determinar el impacto definitivo en cada categoría de usuarios.
¿Quiénes mantienen el beneficio en Santa Cruz?
La nueva normativa conserva la inclusión territorial de Santa Cruz y de toda la Región Patagónica, además del departamento de Malargüe, en Mendoza, y la región de la Puna.
La bonificación del 50% continúa alcanzando a los usuarios residenciales de gas natural por redes y de propano indiluido por redes.
También siguen comprendidos todos los usuarios del Servicio General P de aquellas localidades abastecidas con propano indiluido por redes, una disposición que incluye a establecimientos comerciales y otras actividades encuadradas en esa categoría.
En cambio, la reforma no incorpora de manera general a los comercios que utilizan gas natural por redes. Para determinar si un establecimiento recibe el beneficio es necesario distinguir el tipo de suministro y su categoría tarifaria.
Por otra parte, los usuarios que utilizan garrafas o propano a granel están contemplados en un mecanismo específico de compensaciones, diferente de la bonificación directa del 50% establecida para los suministros por redes.
¿Qué ocurre con el descuento adicional del 20%?
La Resolución 299/2026 también establece una bonificación adicional del 20% para determinados usuarios residenciales incluidos en los Subsidios Energéticos Focalizados (SEF).
Sin embargo, este beneficio adicional no corresponde a los usuarios de Santa Cruz ni del resto de las regiones históricas de Zona Fría.
Está dirigido a hogares de otras regiones frías del país que cumplan determinados requisitos socioeconómicos, geográficos y de inscripción en el SEF. A diferencia del beneficio patagónico, se aplica sobre los consumos base reconocidos por ese sistema.
Esto significa que no corresponde sumar el 20% al 50% patagónico para anunciar un supuesto descuento del 70%.
Es distinto el caso de los hogares patagónicos que también reciben los subsidios generales del SEF, cuyo tratamiento deberá considerarse al calcular el monto final de sus facturas.
¿Desde cuándo rige el nuevo cálculo?
La Ley 27.828 fue publicada el 13 de octubre de 2026. Posteriormente, el Poder Ejecutivo dictó el decreto reglamentario que entró en vigencia ayer 26 de octubre.
La Resolución 299 establece que sus disposiciones se aplicarán a los consumos comprendidos desde la entrada en vigencia de la ley, el 13 de octubre.
La implementación en las facturas quedará a cargo de las distribuidoras y subdistribuidoras, bajo las instrucciones del Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad (ENReGE).
Todavía resta conocer cómo se reflejará la transición en las facturas que incluyan consumos anteriores y posteriores a esa fecha.
Una reforma que va más allá del porcentaje
Además de modificar la forma de calcular los descuentos, la Nación reorganizó el funcionamiento del Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos de Gas.
Con el nuevo mecanismo, las compensaciones se pagarán directamente a las empresas proveedoras del combustible, mientras que las distribuidoras y subdistribuidoras seguirán aplicando las bonificaciones en las facturas de los usuarios.
El fondo continuará siendo administrado por el Banco de la Nación Argentina y el régimen mantendrá su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2031, plazo que ya había sido establecido por la legislación de 2021.
De esta manera, la novedad no es la continuidad de Zona Fría ni la existencia de un descuento del 50%, sino la reducción de los componentes tarifarios sobre los cuales se calcula.