Opinión Alejandro Rojo Vivot - Escritor 04/08/2021

CARTAS ORGÁNICAS: LA PARTICIPACIÓN EN EL PRESUPUESTO

La Carta Orgánica de Ushuaia esta por cumplir 20 años y es un buen momento para conocer algo de ella y dejar una pregunta abierta. Por Alejandro Rojo Vivot.

Ilustración: LUIS FELIPE NOÉ (1933). INTRODUCCIÓN A LA ESPERANZA. BUENOS AIRES, 1993

“El presupuesto tendrá carácter participativo. Por ordenanza, deberán fijarse las áreas a participar, los procedimientos, las prioridades y asignación de recursos en el Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos”. [1]

 

Carta Orgánica, Lago Puelo

 

En Argentina, luego de debates y consultas, varias ciudades eligieron, dentro de su cálculo de recursos e inversiones, que una cuotaparte sea confeccionada con el involucramiento directo de los vecinos; Ushuaia es un caso en tal sentido desde 2002 y fue ejemplo ampliamente estudiado y citado.

Ese proceso impactó positivamente en la población en general; muchos sentíamos orgullo de pertenecer.

POR ESCRITO Y FIRMADO

En marzo de 2002 la Carta Orgánica estableció el mecanismo del Presupuesto Participativo como parte importante e inseparable de la norma y que el período presupuestario de 2004 ya debía incorporarlo; prudentemente se previeron casi dos años de plazo para concretarlo, sin necesidad de erogaciones extraordinarias involucrando al personal municipal calificado para organizar y ejecutarlo.

Además en Argentina como en otros países, desde el nuevo milenio, eran ya varios municipios con riquísimas experiencias dispuestas a compartirlas, sumado a algunas organizaciones de la sociedad civil con capacidad y decisión en ese sentido.

Como pocas veces, la bibliografía atinente y de amplia distribución gratuita caracterizó el proceso que, en algunos casos contó con importantes financiamientos de prestigiosas entidades de varios países y de cooperación internacional.

GENTE PENSANDO EN LA GENTE

Con revisar archivos periodísticos de la época se podrá constatar el positivo impacto en los medios de comunicación social, en cuanto a los numerosos y diversos habitantes motivados e informados, compartiendo sus iniciativas de interés público.

Hoy en día, en Ushuaia, por ejemplo, todavía muchos vecinos transitan las escaleras públicas concretadas en algunos barrios, mediante el accionar ciudadano a través los presupuestos participativos.

“EL TIEMPO PASA / NOS VAMOS PONIENDO VIEJOS” (Pablo Milanés)

Pero recién en 2008 a iniciativa del Municipio, el Concejo Deliberante sancionó la Ordenanza 3352: “INSTITÚYASE el proceso de Presupuesto Participativo, conforme lo establecido en los Artículos 37 - Inciso 3), 55, 96 y el 125 - Inciso 20) de la Carta Orgánica Municipal de la Ciudad de Ushuaia. (16 de julio de 2008).

Como se puede observar se omitió mencionar a la séptima Disposición Complementaria y Transitoria de la Carta Orgánica, que especifica las responsabilidades, mecanismos, plazos, etcétera, quizá para evitar poner más en evidencia, por lo menos, los seis años de demora en cumplir lo dispuesto por la inexcusable Carta Orgánica.

“SILENCIO EN LA NOCHE/ SILENCIO EN LAS ALMAS” (Carlos Gardel, 1887/1890-1935)

Después de experiencias exitosas, por alguna razón que ignoramos se decidió dejar de cumplir en parte con la Carta Orgánica y las ordenanzas que lo reglamentaron, sin que se accionaran demandas judiciales por incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos.

Por lo menos hasta 2021 el Poder Ejecutivo y el Concejo Deliberante, de hecho y sin ninguna formalidad, continúan sin acatar el mandato de la norma, como una expandida anomia sin reacción del electorado.

¿Sería equivalente a si los contribuyentes, porque sí, obviaran de cancelar las tasas municipales?

¿Sería como una ciudad deambulando sin orientación en un laberinto de su propia anomia?

“Los hombres son tan simples y se sujetan a la necesidad en tanto grado, que el que engaña con arte halla siempre gente que se deja engañar”. (Nicolás Maquiavelo, 1468-1527).

RECORDANDO

2001. Mientras muchos gritaban “¡Que se vayan todos!”, en Ushuaia hubo un gran consenso, entusiasmo y capacidad de gestión ciudadana, de prolongada vigencia.

La energía e inteligencia creció resultando, en lo sucesivo, entre otras, la creación del mecanismo participativo para llevar adelante procesos abiertos, transparente, dinámicos, creciente y nunca decreciente, con los vecinos voluntariamente involucrados formulando propuestas, con asistencia técnica del Municipio cada que sea necesaria, además de su difusión, capacitación y entrenamiento de los habitantes como a los propios técnicos y profesionales, incorporando la visión y las acciones en sus competencias, sin generar necesariamente inversiones adicionales o que las mismas sean relativamente significativas.

ADEMÁS

A lo antedicho sumamos, pues a veces no es suficientemente tenida en cuenta, que las “Organizaciones de Representación Vecinal”, [2] dentro de su cometido de “gestionar intereses colectivos dentro del mismo barrio correspondiente”, están facultadas para “(…) b) colaborar con las autoridades municipales en la determinación, evaluación y solución de los problemas y necesidades de cada barrio en particular y de la comunidad en general; c) colaborar en la elaboración y ejecución de los planes, proyectos y actividades comunales, y en especial en la acción de colaboración y cooperación comunitaria. (…) s) participar en el Consejo Económico Social, Presupuesto Participativo”. (Artículo 5°).

“Poco a poco, la democracia participativa va asegurando su espacio y estimulando la democracia formal a ampliar la influencia de la sociedad civil en las decisiones de gobierno. La gran batalla ahora es conseguir implementar esa innovación en todas las instancias de la vida social.

Ese nuevo modo de ejercer la democracia es, en verdad, un proceso que permea todas las relaciones sociales, asumiendo un carácter objetivo y subjetivo, macro y micro, ético y político”. [3] [4]

AQUÍ Y AHORA

“Mi deber es hacer cumplir la ley no sólo con medidas del resorte de la autoridad, sino con el ejemplo para atentar a los que con un escrúpulo infundado se retraían de usar el beneficio que les concedía la ley” (Benito Juárez).

2022 Estamos próximos a cumplir 20 años de vigencia de la Carta Orgánica de Ushuaia: ¿los festejos incluirán su cumplimiento cabal?


 
[1] Convención Municipal. Carta Orgánica. Artículo 198°. Lago Puelo, Provincia del Chubut, Argentina. 11 de abril de 2019.
[2] Concejo Deliberante. Ordenanza 4810 Organizaciones de Representación Vecinal. Ushuaia, Provincia de Tierra del Fuego, Argentina. 10 de diciembre de 2014.
[3] El original en portugués; la traducción es nuestra.
[4] Boch, Eduardo Rombauer van den. Caderno de propostas. Métodos e atitudes para facilitar reuniões participativas. Coordenadoría do Orҫamento Participativo de Prefeitura do Municipio de São Paulo e Fundaҫão Friedrich Ebert/ILDES. Página 11. São Paulo, Brasil Dezembro de 2002.

Por Alejandro Rojo Vivot - Escritor

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