El País Ambito 26/08/2021

CLASES. Acuerdan regresar a la presencialidad plena

Luego de la reunión del Consejo Federal de Educación, el ministro de Educación dijo que podrá establecerse una distancia mínima entre alumnos de 0,50 centímetros. Las provincias deben determinar la progresividad para implementar las nuevas medidas

El Consejo Federal de Educación aprobó este jueves una propuesta para regresar a la "presencialidad plena" en las escuelas a partir del próximo 1 de septiembre.

El ministro de Educación, Nicolás Trotta, anunció que podrá establecerse una distancia mínima entre alumnos de 0,50 centímetros en aquellas escuelas en las que resulte imposible aplicar el rango de 0,90 centímetros para sostener la asistencia total de los estudiantes.

Además, en diálogo con la prensa luego de la reunión del Consejo Federal de Educación, el ministro aclaró que, en esos casos de aulas poco espaciosas, las escuelas deberán aplicar medidas preventivas adicionales, como los testeos a los estudiantes y el uso de medidores de dióxido de carbono, entre otras.

"Testeos, uso de medidores de dióxido de carbono para controlar que haya circulación cruzada dentro del aula y todas las demás medidas que están siendo reflejadas en estos establecimientos educaciones son necesarias para esta etapa", sentenció.

Se aclaró que cada una de las provincias  va a determinar la progresividad para implementar estas medidas. 

"Será para todos los niveles", declaró el ministro. Además, agregó que trabajarán en conjunto con el Estado Nacional para poder financiar la iniciativa. En cuanto a las universidades y sus estudiantes, Trotta sostuvo que los parámetros son diferentes.

Detalles de la confección del protocolo

En la Asamblea fueron presentadas las sugerencias de las diferentes jurisdicciones educativas y de las instituciones sanitarias. La confección del protocolo surge de la firme convicción de que es necesario intensificar la presencialidad escolar sin renunciar al cuidado de la salud. Se debe enfatizar que la flexibilización del distanciamiento físico se dará siempre y cuando se incrementen aún más el resto de las medidas, las cuales son condiciones mínimas, sobre las cuales cada jurisdicción podrá adicionar otras medidas que considere convenientes:

Condición óptima: En el caso de que las escuelas puedan asegurar la presencialidad completa manteniendo un distanciamiento físico de 1.5 m entre estudiantes, sin dejar de ventilar, asegurando el uso de mascarillas y la higiene de manos. Para mantener esta distancia es necesario aprovechar al máximo el mobiliario escolar en toda su extensión.

Condición admisible: Solo en el caso de que no sea posible asegurar el distanciamiento de 1.5 m para una presencialidad plena, se tomará una distancia física de 0.90 m entre estudiantes en las aulas, manteniendo el requerimiento de 2 m en los espacios comunes y con el cuerpo docente. En este caso, aumenta el requisito de ventilación, no solamente manteniendo abiertas ventanas y puertas, sino incrementando el tiempo de ventilación entre clases.

Excepciones: Solo para los casos en los que no sea posible mantener un distanciamiento físico de 0.90m entre estudiantes y permitir una presencialidad plena bajo esta condición, se podrá mantener una distancia mínima de 0,50 m. Las excepciones podrán aplicarse en contextos de bajo y medio riesgo epidemiológico y con adecuada cobertura de vacunación en la población general. En el caso de que el riesgo epidemiológico pase a ser alto, no se podrán establecer estas excepciones.

Del mismo modo, estas excepciones deberán ser acompañadas de las siguientes medidas obligatorias: Mantener e incrementar el resto de las medidas de prevención; la distancia mínima entre estudiantes será de 0.50 m; la distancia entre estudiantes y docentes, así como entre docentes, se mantendrá en 2 m; el distanciamiento en zonas de uso común, no podrá ser menor a los 2 m. Asimismo, se deben agregar estrategias preventivas adicionales que incluyen: la realización de testeos en aquellas secciones escolares que estén contempladas por estas medidas excepcionales de distanciamiento; uso de doble o triple barbijo; asegurar que la superficie mínima por estudiante en el aula sea de 1 m2; la utilización de medidores de CO2 y la obligación de informar al Ministerio de Educación de la Nación los CUEs de las instituciones que son afectadas a estas condiciones excepcionales.

En cuanto a los testeos, podrán consistir en pruebas de presencia de antígenos correspondientes al virus SARS-CoV-2. El tipo de muestreo (censal, aleatorio, por muestra predeterminada, etc.) será determinado por cada jurisdicción, y deberá realizarse con una frecuencia semanal. En el caso de detectar los antígenos correspondientes se procederá a suspender las clases presenciales en la cohorte que los haya presentado, procediendo al aislamiento preventivo de estudiantes y docentes que hayan estado en contacto estrecho de aquellos que presenten resultados positivos.

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