
Decreto provincial. Vuelven restricciones a la circulación y el comercio
Guillermo Pérez Luque![Calafate1 [FMD Fotos]](/download/multimedia.normal.a1051f3db795f3a4.43616c616661746531205b464d4420466f746f735d5f6e6f726d616c2e6a7067.jpg)
A través del Decreto Provincial N° 1135/20, el Gobierno Provincial adhirió al DNU N°754/20 de Presidencia de la Nación y se estableció el Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio (DISPO) para todas las localidades del territorio provincial, con limitaciones especiales para Río Turbio, 28 de Noviembre, El Calafate, Comandante Luis Piedra Buena, Caleta Olivia y Los Antiguos; y el aislamiento social, preventivo y obligatorio para la capital provincial hasta el 11 de octubre.
Por su parte Río Gallegos continúa con las medidas del Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio. (ASPO)
DISPOSICIONES ESPECIALES DENTRO DEL DISTANCIAMIENTO SOCIAL PREVENTIVO Y OBLIGATORIO PARA LAS LOCALIDADES: RIO TURBIO - 28 DE NOVIEMBRE- EL CALAFATE-CMTE. LUIS PIEDRA BUENA-CALETA OLIVIA-LOS ANTIGUOS


- Se Limita la circulación de personas de acuerdo a la terminación del número de documento nacional de identidad, conforme la siguiente modalidad:
1.- Los días lunes, miércoles y viernes documentos terminados en cero y números pares.
2.- Los días martes, jueves y sábados, documentos terminados en números impares.
3.- Los días domingo 27 de septiembre y 11 de octubre del corriente año documentos terminados en impar, y el día domingo 4 de octubre del corriente año, documentos terminados en cero (0) y números pares.
Quedan exceptuadas de la medida aquí dispuesta todas aquellas personas que efectúen tareas o presten servicios considerados esenciales o críticos.-
Actividades económicas, comerciales, industriales y de servicios será en horario corrido desde las 10:00 hs hasta las 20:00 hs.
- Se mantiene la prohibición de todo tipo de reuniones familiares y/o sociales
- Se suspende el funcionamiento de casinos y salas de juegos
- Se suspende la realización de las actividades deportivas en clubes y/o gimnasios
- Se suspenden todo tipo de encuentros religiosos
- Se suspende transitoriamente el funcionamiento, sin excepción alguna de bares, confiterías y cervecerías
- Se prohíbe la utilización de espacios públicos recreativos tales como plazas, parques, circuitos y/o senderos, lagunas
- Se Dispensa del deber de asistencia a su lugar de trabajo a los trabajadores estatales que presten funciones en la Administración Pública Provincial, Entes Autárquicos y/o Descentralizados, Empresas y Sociedades del Estado, y personal docente dependiente del Consejo Provincial de Educación, hasta el día 11 de octubre inclusive .
- Se exceptúa de la medida del párrafo anterior a las autoridades superiores de las delegaciones de los Ministerios y demás Organismos y Entes comprendidos en el presente, así como personal y autoridades superiores encuadrados en la Ley Nº 1831 hasta nivel Jefatura de Departamento, y Personal de Conducción y Coordinación del Consejo Provincial de Educación.
- Se exceptúa también de la dispensa establecida a aquellos trabajadores que prestan servicios en áreas esenciales o críticas o de prestación de servicios indispensables
- Se insta a la Municipalidad a adoptar idénticas medidas a las establecidas en los artículos 15, 16 y 17 del presente instrumento legal.-
LEE EL TEXTO COMPLETO DEL DECRETO AQUI






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