La Ley Facu fue aprobada por unanimidad, pero el Ejecutivo vetó seis de sus artículos

La iniciativa nacida de la lucha de Graciela Riquelme recibió el respaldo de toda la Legislatura. Sin embargo, al promulgarla, el Ejecutivo eliminó la garantía salarial general y objetó varias condiciones del acompañamiento jurídico y terapéutico. El decreto contiene propuestas alternativas que todavía requieren esclarecer su tratamiento legislativo.
 
15/10/2026Alejandra MiñoAlejandra Miño

ley-facu-camara-de-diputados-728x482

La Ley Facu, que busca brindar acompañamiento y contención a docentes y trabajadores de la administración pública de Santa Cruz que atraviesan investigaciones o sumarios administrativos, fue promulgada parcialmente por el Poder Ejecutivo provincial. Aunque el proyecto había sido aprobado por unanimidad en la Legislatura, seis de sus artículos fueron vetados, entre ellos uno que garantizaba que los trabajadores denunciados no sufrieran descuentos en sus salarios mientras se desarrollara el procedimiento.

La decisión quedó formalizada mediante el Decreto 1021, firmado el 2 de octubre de 2026 por el vicegobernador Fabián Leguizamón, a cargo del Poder Ejecutivo, y el ministro Pedro Luxen. Fue publicada en el Boletín Oficial de Santa Cruz del 13 de octubre, junto con el texto de la Ley 4025.

El decreto veta los artículos 2, 6, 7, 8, 13 y 14. Para cada uno propone una redacción alternativa, con el argumento de adecuar las disposiciones a las competencias de los organismos provinciales y a las normas laborales vigentes.

El principal cambio: qué ocurre con los salarios

Uno de los aspectos más importantes de la ley aprobada por los diputados era la protección económica de los trabajadores sometidos a una investigación administrativa.

El artículo 14 establecía expresamente:

“Durante el tiempo que transcurra el proceso y en espera a la resolución del mismo, no deberá ser afectado el salario del agente denunciado”.

Esto significaba que la ley buscaba establecer una garantía general para que la sola existencia de un procedimiento administrativo no afectara los haberes del trabajador mientras se esperaba una resolución.

Sin embargo, el Ejecutivo vetó ese artículo y ofreció una redacción diferente:

“Durante el tiempo que transcurra el proceso y en espera a la resolución del mismo, en cuanto a la percepción o no de haberes, se regirán las normas, convenciones colectivas o reglamentaciones vigentes que resulten aplicables al trabajador denunciado”.

¿Qué significa esta diferencia?

En términos sencillos, los diputados habían aprobado una protección salarial general para los trabajadores comprendidos en la ley. El Ejecutivo, en cambio, propone que cada situación se resuelva de acuerdo con el régimen laboral que corresponda.

Esto es importante porque no todos los empleados públicos están sujetos a las mismas normas disciplinarias. Un docente, por ejemplo, puede tener reglas diferentes de las que se aplican a otros agentes de la administración provincial.

En los fundamentos del decreto, el Consejo Provincial de Educación mencionó situaciones como el abandono de servicios, la falta de prestación de tareas y las inasistencias injustificadas, que cuentan con disposiciones específicas sobre la percepción de haberes.

Por lo tanto, el veto no significa que todos los trabajadores investigados dejarán de cobrar sus salarios, sino que elimina la garantía general que pretendía incorporar la Ley Facu y deja esta cuestión sujeta a las normas laborales existentes.

También hubo objeciones al acompañamiento profesional

La protección salarial no fue el único aspecto cuestionado. El proyecto aprobado por la Legislatura contemplaba dos formas de acompañamiento que es importante diferenciar.

Por un lado, establecía la figura de un acompañante socioafectivo, que podía ser un familiar o una persona de confianza elegida por el trabajador. Su función era brindar contención emocional durante el proceso, sin reemplazar al abogado defensor ni intervenir en la investigación.

Por otro lado, la ley contemplaba equipos de profesionales, integrados por abogados, psicólogos y representantes de organizaciones vinculadas con el acompañamiento, destinados a brindar asistencia durante los procedimientos.

El Ejecutivo objetó varios artículos relacionados con esta segunda estructura.

En particular, el artículo 8 establecía que los equipos debían contar con tres abogados, tres psicólogos y al menos un representante de una organización relacionada con el acompañamiento.

La propuesta alternativa del Gobierno elimina esa composición obligatoria y establece que será la autoridad de aplicación la encargada de determinar qué profesionales integrarán los equipos.

También se vetó el artículo 6, referido a la elaboración de un protocolo de acompañamiento, cuidado y protección jurídica y terapéutica. El texto alternativo conserva el acompañamiento, el cuidado y la protección terapéutica, pero elimina la referencia expresa a la protección jurídica dentro de ese protocolo.

Esto no significa que el trabajador pierda su derecho a contar con un abogado defensor. La asistencia socioafectiva creada por la ley y la defensa jurídica son funciones diferentes.

Por qué el Gobierno cuestionó estos artículos

Las objeciones no surgieron únicamente de una decisión administrativa del Ejecutivo. En los fundamentos del decreto se mencionan observaciones formuladas por organismos provinciales que analizaron la norma.

El Tribunal Disciplinario planteó dudas sobre la forma en que funcionarían los equipos profesionales, especialmente en relación con las tareas de los abogados, los mecanismos para seleccionarlos, su remuneración y el financiamiento necesario.

También advirtió que sus competencias no comprenden todos los procedimientos administrativos alcanzados por la ley.

Por su parte, el Consejo Provincial de Educación recomendó el veto total de la norma, según consta en los considerandos del decreto.

Finalmente, el Ejecutivo optó por una promulgación parcial, manteniendo la creación de la figura del acompañante socioafectivo, pero objetando seis artículos y ofreciendo textos alternativos.

Entre esos cambios se encuentra también el momento en que comenzaría el acompañamiento. Mientras la Legislatura había previsto que pudiera iniciarse antes de la notificación al trabajador denunciado, el Ejecutivo propone que comience desde la notificación fehaciente.

Otra modificación afecta a los organismos responsables de aplicar la ley. El decreto designa al Consejo Provincial de Educación para los docentes y al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social para los demás trabajadores de la administración pública provincial.

Una ley nacida de la lucha de una madre

La Ley Facu tiene detrás una historia que Ahora Calafate viene siguiendo desde hace más de dos años.

Su principal impulsora es Graciela Riquelme, madre de Facundo Díaz, un joven profesor de música de Río Gallegos que atravesó una denuncia por un presunto abuso en 2019. Facundo sostuvo su inocencia y murió por suicidio mientras se desarrollaba el caso.

A partir de aquella experiencia, su madre comenzó a impulsar una iniciativa para que otros trabajadores denunciados no debieran atravesar solos situaciones similares.

En septiembre de 2024, durante una visita a El Calafate, Riquelme explicó a Ahora Calafate el sentido de su lucha:

“Esto que estamos emprendiendo es para que no vuelva a suceder con ninguno en Santa Cruz”.

La iniciativa avanzó en la Legislatura y finalmente fue sancionada por unanimidad el 10 de septiembre de 2026, con la presencia de Graciela Riquelme en el recinto.

Ese día, la impulsora de la ley expresó una idea que resume el espíritu del proyecto:

“La Justicia dirá si son inocentes o culpables. Nosotros en ese trayecto queremos acompañarlos”.

La propuesta buscaba que la investigación de una denuncia pudiera desarrollarse con las garantías correspondientes, pero evitando que el trabajador quedara sin contención personal y profesional durante ese período.

Con la publicación del Decreto 1021, la Ley Facu quedó promulgada parcialmente bajo el número 4025, mientras que los seis artículos objetados fueron acompañados por propuestas de redacción alternativa.

Los textos propuestos por el Ejecutivo no deben confundirse con artículos definitivamente incorporados a la ley. Su situación depende del procedimiento legislativo correspondiente.

Las Más Leídas
H Accidente1

Trágica muerte de un vecino en un accidente

Guillermo Pérez Luque
El Calafate13/10/2026
Un hombre de unos 85 años murió este martes luego de ser arrollado por su propia camioneta en El Calafate. El vehículo estaba estacionado en una pendiente y comenzó a desplazarse cuando había descendido. Al intentar detenerlo, habría perdido el equilibrio y cayó al suelo. Fue trasladado al Hospital SAMIC, donde falleció poco después.
diputados

Península Magallanes: Diputados buscan derogar el decreto y prohibir nuevas excepciones para vender tierras

Guillermo Pérez Luque
Santa Cruz14/10/2026
Ingresó a la Legislatura un proyecto de ley  quee busca dejar sin efecto el Decreto 915/26, que permitió de manera excepcional que avanzara la venta de dos parcelas de Península Magallanes a una empresa argentina cuyo único accionista es una sociedad constituida en Emiratos Árabes Unidos. También propone anular los actos derivados de esa autorización y evitar que el Ejecutivo pueda volver a conceder excepciones similares. La iniciativa abre un frente legislativo que se suma al amparo presentado la semana pasada ante la Justicia Federal para intentar frenar la operación.
WhatsApp Image 2026-10-14 at 16.08.59

35 delegaciones y 1.200 bailarines darán vida a una nueva edición de Calafate Baila

Hector Lara
Cultura14/10/2026
La séptima edición del encuentro folklórico se realizará el viernes 16 y sábado 17 de octubre en el Anfiteatro del Bosque. Participarán 35 delegaciones de distintos puntos del país, con presentaciones escénicas, desfile, baile social y actividades para toda la familia. El cierre coincidirá con los festejos por el Día de la Madre y el show de Abel Pintos.
Emprendendores

Santa Cruz tendrá tres representantes en la final nacional de Emprendimiento Argentino

Guillermo Pérez Luque
General14/10/2026
Los emprendimientos provienen de Gobernador Gregores, Caleta Olivia y Río Gallegos y representan perfiles muy diferentes: aprovechamiento sustentable del guanaco, atención integral de personas y tecnología aplicada a la eficiencia energética. Fueron seleccionados para la final de Emprendimiento Argentino 2026, cuya definición será el 20 de noviembre en Buenos Aires.