
Extienden hasta el 21 de abril la posibilidad de acceso y egreso de El Calafate
Guillermo Pérez Luque
La Municipalidad de El Calafate informó que desde el día de hoy sábado 18 de abril y hasta el día martes 21 de abril, “el portal de acceso a la localidad se encontrará abierto para aquellas personas que deseen egresar de la localidad para regresar a su lugar de residencia, según lo indique el respectivo Documento Nacional de Identidad”.
Asimismo todos los calafateños que deseen ingresar a nuestra localidad podrán hacerlo en las mismas fechas, dentro del horario de 9 a 17 hs, sin excepción, debiendo someterse a un control sanitario, prestar declaración jurada y fijar domicilio en el que mantendrán el aislamiento obligatorio, siendo pasibles de afrontar severas sanciones administrativas así como de disponerse el inicio de acciones judiciales en su contra en caso de incumplimiento de la cuarentena.
Estas medidas adoptadas van en consonancia a lo dispuesto por el gobierno nacional que establece un permiso excepcional de circulación para aquellas personas que se encuentren realizando el aislamiento social preventivo y obligatorio lejos de sus casas y puedan regresar con movilidad propia a sus respectivos lugares de residencia.


Los interesados deberán tramitar la declaración jurada “Certificación para el Regreso al Domicilio Habitual”, la cual se puede encontrar en la siguiente página: https://regresoacasa.argentina.gob.ar/
La última información indica que debido a la gran demanda de formularios el sistema cayó, y ahora el gobierno establecerá cupos diarios.

TODO LO QUE HAY QUE SABER SOBRE EL NUEVO PERMISO EXCEPCIONAL:
¿Dónde lo obtengo? - En el link https://regresoacasa.argentina.gob.ar.
¿Cuándo puedo obtenerlo? - A PARTIR DE HOY.
¿Cuál es la vigencia? - DEL SÁBADO 18/4 A LAS 0.00 HS AL MARTES 21/04 A LAS 24 HS. Y TIENE VALIDEZ DE 48 HORAS.
¿Quién tiene que gestionarlo? - UN RESPONSABLE DEL GRUPO QUE SE TRASLADA.
¿Qué habilita la declaración jurada? - LA CIRCULACIÓN DEL VEHÍCULO, CON LOS PASAJEROS DECLARADOS, AL DESTINO DE RESIDENCIA.
¿Cuál debe ser el destino del permiso? - EL DOMICILIO DE RESIDENCIA DONDE SE CUMPLIRÁ CON EL AISLAMIENTO OBLIGATORIO
¿Puedo acreditar domicilio con factura de servicios? - SI
¿Cuánta gente se puede trasladar? - LA CAPACIDAD PERMITIDA POR EL VEHÍCULO.
¿Puedo ir a buscar a un familiar con mi vehículo? - SI
¿Se pueden alquilar vehículos? - NO.
¿Se habilita el transporte de media y larga distancia? - NO.
¿Por qué se anuncia con poca anticipación? - PARA DESALENTAR LA CIRCULACIÓN DE CASOS INJUSTIFICADOS.
¿Por qué se toma la decisión hoy? - PORQUE CON SEGURIDAD LOS PASAJEROS CUMPLIERON LOS 14 DÍAS DE AISLAMIENTO RECOMENDADO PARA PREVENIR LA PROPAGACIÓN DEL CORONAVIRUS Y PODRÁN TRASLADARSE DE MODO SEGURO PARA TODA LA POBLACIÓN.
¿Quién controlará la circulación de estos casos excepcionales? - EL MINISTERIO DE SEGURIDAD Y LA AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL (ANSV), DEPENDIENTE DEL MINISTERIO DE TRANSPORTE, Y LAS FUERZAS DE OTRAS LOCALIDADES.






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