SEGURO NACIONAL DE BOMBEROS VOLUNTARIOS. “Es lo mejor que nos pudo pasar”
El primer Seguro Nacional para Bomberos Voluntarios lanzado este martes surgió a partir de la nueva Ley de Fortalecimiento del Sistema Nacional de Bomberos Voluntarios (SNBV) N°27.629, sancionada en 2021.
Desarrollada a través del trabajo coordinado entre el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, el Consejo Nacional de Bomberos, el Banco Nación y Nación Seguros, la cobertura abarca a los cerca de 58.000 bomberos voluntarios de todo el país.
El titular de la comisión directiva de la Asociación de Bomberos Voluntarios de El Calafate, Julio Torres celebró el anuncio realizado ayer por el Presidente Alberto Fernandez. “Para la institución de bomberos voluntarios es lo mejor que pudo haber ocurrido. Ahora tenemos un seguro de salud y de vida”, afirmó a AHORA CALAFATE.
“Nosotros no tenemos seguro de vida. Tenemos que hacernos cargo a través de la institución de algunas cosas para cubrir a nuestros bomberos voluntarios. Ahora esto nos permite tener una cobertura”, agregó Torres.
La póliza contempla las siguientes coberturas:
Fallecimiento por accidente. $8.000.000 si el asegurado fallece a consecuencia de un accidente cubierto dentro de los 180 días siguientes a la fecha del mismo.
Invalidez total y parcial permanente por accidente. $8.000.000 si a consecuencia de un Accidente Cubierto y dentro de los 180 días siguientes a la fecha del mismo, el Asegurado sufre un estado de invalidez permanente con prescindencia de su actividad o profesión, se pagará una suma igual al porcentaje sobre la indemnización establecida, que corresponda de acuerdo con la naturaleza y gravedad de la lesión sufrida.
Asistencia médico-farmacéutica (AMF). Se reembolsará hasta $3.000.000 de gastos de AMF en que haya incurrido razonablemente el Asegurado prescripta por el facultativo, con motivo de todo accidente cubierto por la póliza.
Cobertura prestacional de sepelio. La Aseguradora se obliga a brindar el servicio de sepelio, hasta la suma de $150.000 realizado en cualquier punto del país por alguna de las Empresas de Servicios Fúnebres.
Cabe destacar que, si bien el SNBV utiliza el mercado asegurador y que los productores y empresas aseguran a las Asociaciones de Bomberos Voluntarios, no se viene realizando de manera óptima, pues todas las coberturas por muerte o incapacidad ya se encuentran a resguardo a través del artículo 18 de ley 25.054.
Al mismo tiempo, las actuales condiciones de la cobertura Asistencia Médico Farmacéutica resultan insuficientes para dar una respuesta integral ante accidentes que pudieran ser más graves, dado el bajo monto de suma asegurada.
Es por ello que es tan importante y beneficioso para el SNBV contar con esta Ley que realmente y tal como lo indica su nombre, Ley Nacional de Fortalecimiento del Sistema Nacional de Bomberos Voluntarios, viene a fortalecerlo desde distintos aspectos. (DIB)