A qué rubros alcanza el ATC del Turismo
Son las ayudas que implementará el Gobierno Provincial a trabajadores del sector turístico de toda la provincia que aún no hayan sido alcanzados por los ATP Nacionales. El Ministerio de Producción acaba de hacer oficial el listado de rubros alcanzados.
A través del Decreto 966, el gobierno provincial implementó el programa Santa Cruz Protege, que incluye las denominadas Asistencias al Trabajo y Comercios (ATC), que es el equivalente a un sueldo mínimo vital y móvil por cada trabajador de aquellos comercios y/o empresas que estén comprendidas y reúnan los requisitos.
El artículo 3° del mencionado decreto establece que la ATC alcanzará también a trabajadores de empresas prestadoras de servicios turísticos en toda la provincia. Estas ayudas se otorgarán “mientras persista la prohibición de desarrollo de dicha actividad”.
En la tarde de hoy lunes, el Ministerio de la Producción, Industria y Comercio hizo oficial la Resolución 267, que establece los requisitos complementarios que deberán presentar las personas, físicas, jurídicas y monotributistas prestadores de servicios turísticos para poder acceder al programa ATC.
También enumera exactamente los rubros comprendidos en este programa:
- ALOJAMIENTOS
Servicios de alojamiento en hoteles, hosterías y residenciales
Servicios de hospedaje temporal
Alojamientos en campings
- GASTRONOMÍA
Restaurantes y cantinas, expendio de comidas y bebidas con servicio de mesa y o mostrador
- AGENCIAS DE VIAJE
Agencias de viajes y turismo Minoristas y Mayoristas
- MUSEOS
Servicio de museos y preservación de lugares y edificios históricos
- TRANSPORTE TURÍSTICO
Transporte automotor urbano y suburbano (no regular) de pasajeros, Oferta Libre excepto taxis y remises
Transporte automotor turístico de pasajeros
Transporte marítimo fluvial y lacustre de pasajeros.
Alquiler de automóviles sin conductor
- GUÍAS DE TURISMO
- SERVICIOS DE TURISMO AVENTURA
Además de estar dentro de alguno de estos rubros, las empresas o monotributistas deben presentar el certificado de inscripción en el Registro Provincial de Actividades Turísticas (RPAT), o el certificado de habilitación provincial de transporte, según corresponda.
La documentación debe presentarse en la oficina de turismo de la localidad que corresponda, tanto en formato papel como en formato digital. El área local de Turismo remitirá toda la documentación a la Secretaría Provincial de Turismo.
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