Gobernadora confirma ASPO y restricciones para El Calafate. Belloni insiste en no retroceder

El decreto provincial impone mayores limitaciones a la circulación y actividades, que ya deben regir. El Intendente en cambio dijo que todo sigue igual, mientras se envía una nota al Jefe de Gabinete pidiendo que se reconsidere la situación.

Archivo Ahora Calafate

En la noche de este lunes el Gobierno Provincial dio a conocer el decreto 1204/2020 que adhiere a la extensión de la cuarentena hasta el 25 de octubre próximo. De acuerdo a la situación epidemiológica de cada localidad determina dónde aplicar mayores restricciones y dónde ser mas permisivo

El instrumento legal firmado por la gobernadora Alicia Kirchner confirma que Río Gallegos, El Calafate y Caleta Olivia están en ASPO, lo que implica mayores restricciones a la circulación y actividades comerciales.

Nación declaró a El Calafate en ASPO

Esto fue ratificado en el texto del decreto dado a conocer cerca de las 21 hs. la medida no cayó bien en el Municipio de El Calafate. Horas antes, el Intendente Javier Belloni había informado que tenía acordado con el Jefe de Gabinete de Nación, Santiago Cafiero, no avanzar sobre nuevas restricciones a las que ya rigen para la localidad. 

El decreto provincial incluye la prohibición a otros rubros comerciales que hasta ahora venían funcionando (como centros de estética y masajes), y restringe las salidas recreativas a la duración de una hora y a no mas de 500 metros del domicilio. Estas medidas ya deben estar en vigencia, según establece el instrumento legal.

A pesar de estar en ASPO, El Calafate no tendrá más restricciones que las actuales

La reacción no se hizo esperar: en conferencia de prensa el jefe comunal calafateño manifestó la intención en no retroceder aplicando mayores restricciones. Dio un mensaje a la comunidad diciendo que todo sigue como hasta ahora, mientras se redacta un pedido formal al jefe de gabinete provincial, Leonardo Álvarez, para que reconsidere la medida.

Belloni argumentó que Provincia realizó el pedido de ASPO para El Calafate cuando en la localidad estaba creciendo bastante el número de casos positivos a Covid-19. Pero aclaró que ahora la situación epidemiológica de la localidad está amesetada y la capacidad de atención hospitalaria está lejos de saturarse.

“Queremos que entiendan que estamos aprendiendo a convivir con el Virus. Y queremos que nos permitan poder vivir”, fue la frase hacia la gobernadora que resumió la postura del Municipio local.

Belloni insistió que también busca la reapertura del PN Los Glaciares y que vuelvan los vuelos comerciales a El Calafate. Y aclaró que el Municipio y el COE local tienen claro que si la situación epidemiológica llegara a agravarse, no necesitarán un decreto para toma medidas restrictivas para priorizar la salud. 

En tal sentido ante la pregunta de AHORA CALAFATE el jefe comunal adelantó que este martes enviarán el pedido para mantenerse con las restricciones actuales, tal como se acordó con el Jefe de Gabinete de Nación, Santiago Cafiero, según indicó Belloni.   

QUE DICE EL DECRETO PROVINCIAL

Por ser pasadas a fase de ASPO, El Calafate y Caleta Olivia, además de Río Gallegos deberían regirse por estas medidas incluidas en el decreto provincial.

·         SE DISPIE el “Aislamiento Social, Preventivo y  Obligatorio” para las ciudades de Río Gallegos, EL Calafate, Caleta Olivia   y zonas  aledañas desde las 00:00 hs del día 12 de octubre de 2020 hasta el día 25 de octubre inclusive del corriente año, de conformidad a lo establecido en el DNU Nº 792/20.-

·         Durante la vigencia del “Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio”, las personas deberán permanecer en sus residencias habituales o en la residencia en que se encuentren a las 00:00 horas del día 12 de octubre  de 2020, momento de inicio de la medida dispuesta.

·         El horario de funcionamiento de las actividades económicas, comerciales, industriales y de servicios habilitados o a habilitarse en las ciudades de Rio Gallegos, El Calafate y Caleta Olivia  será estipulado por la Jefatura de Gabinete de Ministros a requerimiento de las autoridades municipales debiendo cumplimentar  estrictamente los protocolos sanitarios aprobados por la autoridad de salud provincial.-

·         No se autorizará en ningún supuesto el uso de probadores de ropa y/o calzado y las personas no podrán concurrir al establecimiento comercial con el grupo familiar o con niños o niñas o adolescentes.

·         Queda prohibido, en todos los ámbitos de trabajo, la reunión de personas para  momentos de descanso, esparcimiento, almuerzo o cualquier  otro tipo de actividad que se realice en espacios cerrados sin el estricto cumplimiento de la distancia social de dos (2) metros entre los concurrentes y sin ventilación adecuada del ambiente. La parte empleadora deberá adecuar los turnos de descanso, los espacios y los controles necesarios para dar cumplimiento a lo establecido.

·         Prohibición del funcionamiento de las siguientes actividades comerciales con atención al público: restaurantes, bares, cervecerías.

·         Asimismo se prohíbe el funcionamiento de centros de estética, spa, masajes, arte corporal, gimnasios y todas aquellas que para su realización requieran un mínimo contacto físico con el cliente o usuario.

·         Las personas deberán circular de acuerdo a  la  terminación  del  número  de  Documento  Nacional  de  Identidad conforme la siguiente modalidad:

1.-Los días lunes, miércoles, viernes documentos terminados en cero y números pares.

2.- Los días martes, jueves y sábados, documentos terminados en números impares. 

3.- El día domingo 18 de octubre  del 2020 deberán circular las personas cuyo documento terminen en número cero (0) y par y el día 25 de octubre de 2020 las personas cuyo documento termine en número impar.

·         Se Prohíbe de manera estricta la circulación de personas después de las 22:00 hs hasta las 08:00 hs  en el ámbito de las ciudades de Rio Gallegos, El Calafate y Caleta Olivia, con excepción exclusiva  de aquellas personas que deban transitar por encontrarse  autorizadas y/o prestar servicios críticos o esenciales.

·          Se instruye a  las  Municipalidades  de  Rio Gallegos, El Calafate y Caleta Olivia  a intensificar el control y cumplimiento estricto de los protocolos de funcionamiento de las actividades y servicios esenciales y/o autorizadas, aplicando de corresponder las sanciones conminatorias (multas, clausuras,  inhabilitaciones,  etc)  que  resulten  pertinentes en el marco de su competencia

·         Se permitirán salidas en carácter de esparcimiento de acuerdo a las siguientes modalidades: En  horario  diurno  con  una  duración  máxima  de 60 minutos por día entre las 12:00 horas y  16:00 horas, sin alejarse más de QUINIENTOS METROS (500 m) de su residencia. No se permitirá usar transporte público o vehicular y se deberá guardar en todo momento un distanciamiento físico entre peatones no menor de 2 metros salvo en el caso de niños y/o niñas de hasta 12 años de edad, quienes deberán realizar la salida sólo en compañía de una persona mayor conviviente

·         Se deja establecido que en ningún caso podrá utilizarse para la salida de esparcimiento plazas, parques, circuitos y/o paseos públicos existentes en la localidad

·         El Ministerio de Seguridad de la Provincia y a los  Municipios de las ciudades de Río Gallegos, El Calafate y Caleta Olivia autorizan  a implementar los operativos de control pertinentes de las medidas aquí adoptadas, facultando a la Cartera de Seguridad  a requerir la cooperación de las fuerzas federales para garantizar el cumplimiento de las disposiciones establecidas.-   

·         Se prohíbe en su totalidad las siguientes actividades:

1.       Eventos públicos y  privados: sociales, culturales,  recreativos, deportivos,  religiosos y de cualquier otra índole que impliquen la concurrencia de personas.

2.       Centros comerciales, cines,  teatros,  centros  culturales, bibliotecas, museos, restaurantes, bares, gimnasios, clubes y cualquier espacio público o privado que implique la concurrencia de personas.

3.      Servicio de transporte público urbano.

4.      Turismo.

5.      Reuniones familiares y/o sociales.-

Toda solicitud y/o requerimiento de nuevas habilitaciones por parte de los  titulares de los  Poderes Ejecutivo Municipales para el funcionamiento de actividades  y/o  servicios  no  comprendidos  en  el  presente  Título,  deberán  contar  con   la  autorización previa de la Jefatura de Gabinete de Ministros, quien canalizará de manera inmediata la propuesta o medida con intervención del Ministerio de Salud y Ambiente.-

 

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