MUERTE DE ANTONIO RUEDA. Condenaron a  Vera Oro por “Lesiones Leves”

El Tribunal Oral impuso al imputado a un año de prisión efectiva, pero le dio por cumplida la condena por el tiempo que estuvo detenido durante su procesamiento. La familia de Rueda va a apelar la sentencia

Este viernes el tribunal oral de la cámara en lo criminal de la primera circunscripción judicial de río gallegos, dictó sentencia en relación a la muerte de Antonio Rueda, ocurrida el 17 de agosto de 2022.

Los jueces Jorge Yance, Alejandra Vila y Fernando Zanetta, decidieron condenar a Jeremías Exequiel Vera Oro a la  pena de 1 año de prisión de cumplimiento efectivo, por considerarlo autor penalmente responsable del delito de  "lesiones leves" (art..89 del código penal).

La decisión del tribunal ratifica la postura de que no pudo ser comprobada la relación la golpiza que Vera Oro le propinó a Rueda en la madrugada de aquel día, y la muerte de Antonio, acaecida en horas de la tarde en el Hospital SAMIC El Calafate.

La querella, que representa a la familia Rueda, había pedido 15 años de prisión por considerar que Vera Oro era culpable del delito de Homicidio en grado de Tentativa, agravado por el odio. La Fiscalía en cambio, había pedido 2 años, por Lesiones Leves agravadas. La condena del Tribunal fue aún menor.

En el fallo al que accedió Ahora Calafate, se da por cumplida la pena, “teniendo en  cuenta el tiempo en el que el condenado estuvo privado de su  libertad”, durante su procesamiento con prisión preventiva

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