VIDEO. Revés para Valdocco: la Justicia de Chaco revocó un amparo y la Fundación no podrá seguir cobrando subvención estatal

La Cámara de Apelaciones Multifueros de esa provincia rechazó la acción presentada por la fundación santacruceña, cuestionó su legitimidad para representar a la comunidad Wichí y señaló graves irregularidades administrativas y educativas. Funcionario del Gobierno de Chaco se expresó sobre el tema.

Un nuevo fallo judicial en Chaco puso fin a las aspiraciones de la Fundación Valdocco, que buscaba continuar percibiendo una subvención del Estado para administrar una escuela donde, según consta en los expedientes, hacía tiempo no se dictaban clases y gran parte del personal docente ni siquiera residía en la provincia.

Según consigna el Diario de Chaco, la Cámara de Apelaciones Multifueros de esa provincia resolvió revocar la sentencia del 22 de diciembre dictada por el juez civil Julián Benito Flores, que había fallado a favor de la fundación, y en consecuencia rechazó la acción de amparo interpuesta por Valdocco. Este nuevo fallo lleva la firma de los jueces Natalia Kuray, Diego Derewicki y Sebastián Cóceres.

Además, el tribunal exhortó al Ministerio de Educación a instrumentar medidas concretas para la estricta protección de los derechos de los menores involucrados, bajo control de la Asesoría de Menores, y dispuso que las costas judiciales de ambas instancias sean asumidas por la fundación, al resultar la parte vencida.

Cuestionamientos a la representación de la comunidad Wichí

Uno de los puntos centrales del fallo fue la falta de legitimación de la Fundación Valdocco para representar derechos colectivos de la comunidad indígena Wichí. La Cámara analizó el enfoque adoptado por el juez de primera instancia, quien había considerado a la fundación como un “vehículo necesario” para la protección de un sujeto colectivo.

Sin embargo, el tribunal de alzada fue categórico al sostener que “una entidad privada no puede arrogarse la representación de una etnia”, aclarando que, si bien puede desarrollar actividades sociales, no posee representatividad comunitaria indígena ni está habilitada para sustituir la voz de los pueblos originarios, que son sujetos de derecho internacional.

En ese sentido, se remarcó que prestar servicios a una población indígena no convierte automáticamente a una institución privada en representante legítima, aun cuando la totalidad de sus beneficiarios pertenezca a una misma etnia.

Irregularidades en la documentación 

El fallo también expone serias inconsistencias administrativas. Según detalló la Cámara, la fundación no respondió en tiempo y forma a los requerimientos oficiales, presentó documentación incompleta de apenas siete docentes, no pudo acreditarse el domicilio real de varios de ellos y solo se constató la presencia de diez personas en la institución durante los relevamientos.

Asimismo, no se brindaron explicaciones sobre personal que supuestamente trabajaría en otras localidades ni se respondieron pedidos formales de descargo. A esto se suma que la fundación no actualizó la documentación de su personería jurídica y enfrenta procesos judiciales en Santa Cruz que afectarían los requisitos de idoneidad y solvencia exigidos por la Ley Provincial 710 E para administrar establecimientos educativos.

Con este fallo, la Justicia dejó sin efecto el amparo y respaldó la postura del Estado provincial, que había apelado la sentencia original al considerar que existían fundamentos suficientes para suspender la subvención y garantizar el control del sistema educativo.

La palabra del gobierno chaqueño

El secretario coordinador de Gabinete, Livio Gutiérrez, celebró la decisión de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Resistencia, de que la Provincia del Chaco no está obligada a abonar haberes, ni a mantener subsidios estatales a docentes irregulares vinculados a la fundación Valdocco.

Gutiérrez recordó que, durante las inspecciones realizadas en los meses de junio y octubre, se constató la presencia de apenas 10 personas trabajando, mientras que se transferían sueldos correspondientes a casi 100 trabajadores.

Asimismo, aclaró que la investigación determinó que muchos de los docentes que pretendían percibir haberes tenían domicilio en Caleta Olivia, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Formosa, Catamarca y algunos en Chaco. “La Cámara, por unanimidad, determinó que era totalmente errónea la decisión del juez de primera instancia, que obligaba al Gobierno provincial a pagar cientos de millones de pesos a personas que ni siquiera se encuentran en el Chaco”, destacó.

 

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