El juez suspende provisoriamente el desalojo de “La Aldea”

El Juzgado de Instrucción de El Calafate resolvió no hacer lugar al planteo de prescripción de la acción penal en la causa por la ocupación del ex hotel, y ratificó la vigencia de la orden de desalojo. Sin embargo, dispuso la suspensión temporal de su ejecución hasta tanto se garanticen condiciones adecuadas para llevarla adelante.

La resolución, firmada hoy por el Dr. Carlos Albarracín, de da en el marco del expediente en el que se investiga el delito de usurpación, tras el planteo realizado por la defensa de los imputados, quienes solicitaron el sobreseimiento por considerar extinguida la acción penal.

El juez consideró que el delito de usurpación es de carácter permanente, por lo que la prescripción no comienza a correr desde el ingreso al inmueble, sino desde el momento en que cesa la ocupación.

En ese sentido, sostuvo que mientras continúe la permanencia en el predio, la conducta sigue ejecutándose, por lo que no corresponde declarar extinguida la acción penal. También rechazó el pedido de sobreseimiento de los imputados.

Ayer Ahora Calafate Calafate había anticipado que era inminente una resolución judicial en torno a la posibilidad de prorrogar la fecha de desalojo, prevista para el 30 de abril próximo.

Desalojo vigente, pero con ejecución diferida

El fallo ratifica la validez de la orden de desalojo, aclarando que se trata de una medida cautelar destinada a restituir el inmueble a su titular y evitar la continuidad del delito.

No obstante, el magistrado resolvió suspender momentáneamente su ejecución material. La decisión apunta a permitir la intervención de organismos del Estado y evitar una situación de mayor conflictividad social, teniendo en cuenta la cantidad de familias que residen en el lugar.

Se trata de una suspensión de carácter operativo, que no modifica la obligación de desocupar el predio ni deja sin efecto la medida judicial.

Contexto social y habitacional

En la resolución se reconoce la situación de vulnerabilidad de muchas de las personas que ocupan el inmueble, incluyendo niños, niñas, personas con discapacidad y con problemas de salud.

Sin embargo, el juez remarcó que la problemática habitacional debe ser abordada por el Estado a través de políticas públicas, y no mediante la ocupación de inmuebles, ya que también está en juego el derecho de propiedad.

Riesgos y condiciones de seguridad

El fallo también hace referencia a informes que advierten sobre riesgos en el predio, entre ellos conexiones eléctricas irregulares y antecedentes de incendios, como el ocurrido en el puesto sanitario a raíz de una conexión clandestina.

Ante esta situación, se ordenó la intervención del cuerpo de Bomberos de El Chaltén para realizar un relevamiento técnico integral, que evalúe condiciones edilicias, riesgos de incendio, instalaciones eléctricas y vías de evacuación, entre otros aspectos.

Medidas complementarias

Además, el juez dispuso:

  • La presencia de una guardia policial permanente para evitar el ingreso de nuevos ocupantes o la ampliación del asentamiento.
  • La intervención del Municipio de El Chaltén y organismos provinciales para asistir a las familias y evaluar alternativas habitacionales.
  • El cierre de sectores deshabitados del predio.

La resolución establece que el proceso de desocupación deberá realizarse de manera ordenada, con intervención estatal y contemplando especialmente la situación de las personas en condiciones de vulnerabilidad.

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