Vapeadores: el proyecto que busca regular lo que ya circula en Santa Cruz

Un proyecto que toma estado parlamentario este jueves propone prohibir expresamente la venta, entrega o suministro de vapeadores y productos con nicotina a menores de 18 años, reforzar la fiscalización sobre su procedencia y crear un programa provincial permanente de prevención. La iniciativa de Fabiola Loreiro también contempla multas, decomisos y clausuras para quienes incumplan, y plantea que la respuesta estatal no se limite a prohibir sino que incluya educación, detección temprana y acompañamiento.

La Legislatura de Santa Cruz comenzará a analizar un proyecto que busca establecer un marco provincial específico frente al crecimiento del consumo de vapeadores y otros productos con nicotina, con especial énfasis en evitar el acceso de niños y adolescentes y reforzar los controles sobre la comercialización.

La iniciativa es presentada por la diputada Fabiola Loreiro y acompañado por Cristian Ojeda, Patricia Urrutia y Santiago Aberastain, del bloque Por Santa Cruz; y Javier Jara, de Movere. Ingresó a la Cámara el pasado martes y toma estado parlamentario en la sesión de este jueves.

Entre los objetivos, la ley buscada menciona la protección de la salud, la prevención del inicio del consumo, la protección especial de menores, el acceso a información científicamente fundada y el fortalecimiento de los controles contra la comercialización informal o clandestina.

Uno de los puntos centrales es que sólo podrían comercializarse en Santa Cruz productos cuya producción, importación, distribución y venta estén permitidas por la normativa nacional. La propia iniciativa aclara que la eventual ley provincial no podrá interpretarse como una autorización para vender productos prohibidos, no registrados o no habilitados.

El proyecto al que accedió Ahora Calafate establece que quedará prohibida en toda la provincia la venta, suministro, distribución, entrega, obsequio o facilitación de vapeadores y productos comprendidos por la norma a personas menores de 18 años.

Los comercios deberán verificar la edad de quien realiza la compra y la falta de ese control no podrá utilizarse después como argumento para evitar una sanción. También deberán colocar cartelería visible con la leyenda: “Prohibida la venta, entrega o suministro de productos de vapeo y nicotina a menores de dieciocho (18) años”.

La protección se extiende también a la publicidad y promoción. Quedarían prohibidas las estrategias dirigidas específicamente a captar menores, entre ellas el uso de imágenes o personajes destinados predominantemente al público infantil, la promoción en actividades para niños y adolescentes o la distribución gratuita dentro de establecimientos educativos.

Control sobre los comercios y la procedencia

Otro eje del proyecto es la trazabilidad comercial. Quienes vendan estos productos deberán contar con habilitación, cumplir las normas nacionales, provinciales y municipales y conservar documentación que permita acreditar su procedencia legal.

Además, el proyecto prohíbe modalidades de comercialización que impidan identificar al responsable de la actividad o verificar de dónde provienen los productos. La autoridad de aplicación deberá desarrollar mecanismos para detectar circuitos informales o clandestinos.

Loreiro explica en los fundamentos que la iniciativa parte de una definición que considera central: “Regular no significa promover”.

Según sostiene, la ausencia de regulación puede facilitar la circulación informal, dificultar el control sobre el origen de los dispositivos y reducir la capacidad estatal para proteger especialmente a niños y adolescentes.

La propuesta reconoce como antecedente una iniciativa impulsada en Río Turbio por la concejal Mariana Mercado, donde se trabajó una ordenanza vinculada con el acceso a vapeadores y la protección de menores. A partir de esa experiencia, Loreiro plantea trasladar la discusión a una política de alcance provincial.

Programa permanente de prevención

El proyecto dedica buena parte de su articulado a la prevención. Propone crear el Programa Provincial de Prevención del Consumo de Productos de Vapeo y Nicotina, que tendrá carácter permanente y deberá desplegarse progresivamente en Santa Cruz.

Entre sus objetivos están prevenir el inicio temprano, disminuir el acceso entre niños y adolescentes, brindar información científica, favorecer la detección temprana y capacitar a docentes, equipos de salud, referentes comunitarios y familias.

Las acciones preventivas se darían en las escuela, pero también podrán desarrollarse en clubes, organizaciones deportivas, espacios culturales, redes sociales, medios de comunicación y organizaciones comunitarias.

En sus fundamentos, Loreiro remarca que “la prevención no puede limitarse a prohibir la venta a menores de edad” y que deben desarrollarse herramientas educativas, sanitarias y comunitarias destinadas a evitar que el consumo comience a edades tempranas.

También afirma que frente a adolescentes que ya consumen, la única respuesta no debería ser una sanción. “Los niños, niñas y adolescentes que atraviesen situaciones de consumo no deben recibir como única respuesta la sanción”, expresa el proyecto, que propone priorizar intervenciones preventivas, educativas, sanitarias y de acompañamiento.

Multas, decomisos y clausuras

La norma también establece un régimen de infracciones. Entre las conductas sancionables figuran vender o entregar productos a menores, comercializar artículos cuya procedencia legal no pueda acreditarse, incumplir las obligaciones impuestas a los comercios, no exhibir la cartelería obligatoria o realizar campañas dirigidas específicamente a menores.

Las sanciones podrían ir desde un apercibimiento hasta multas, decomisos, suspensión de la actividad o clausura temporal del establecimiento.

La venta o entrega a menores sería considerada especialmente grave. La magnitud de las multas y el procedimiento concreto deberán definirse posteriormente mediante la reglamentación.

Un escenario nacional que cambió este año

La discusión provincial se produce además en un contexto nacional que tuvo modificaciones recientes.

Hasta hace poco, el esquema argentino estaba basado en una prohibición general dispuesta originalmente por ANMAT. Durante 2026, el Gobierno nacional avanzó hacia un nuevo marco de registro, fiscalización y control para cigarrillos electrónicos, productos de tabaco calentado y otros productos con nicotina.

Saber cuánto y cómo se consume

El proyecto también incorpora la posibilidad de generar información provincial. La autoridad de aplicación deberá impulsar relevamientos periódicos sobre tendencias de consumo, edad de inicio, modalidades de acceso, factores asociados y percepción del riesgo, además de evaluar si las políticas preventivas funcionan.

Cada año deberá presentar a la Cámara de Diputados un informe sobre la implementación de la ley y sus resultados.

Los municipios y comisiones de fomento serán invitados a adherir, mientras que el Poder Ejecutivo tendrá 180 días desde una eventual promulgación para reglamentar la norma.

 

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