Pesca artesanal de Chinook: el plan piloto abarcará unos 100 kilómetros del río Santa Cruz
Santa Cruz aprobó un plan piloto para desarrollar la pesca artesanal de salmón Chinook en aproximadamente 100 kilómetros del tramo medio e inferior del río Santa Cruz. La experiencia combina un objetivo ambiental, como es contribuir al control de una especie declarada invasora, con con el aprovechamiento comercial de las capturas, bajo exigencias sanitarias y seguimiento técnico.
La medida fue adoptada por la Secretaría de Estado de Pesca y Acuicultura. El reglamento establece una temporada experimental comprendida entre el 25 de septiembre y el 15 de diciembre de 2026, que podrá modificarse por razones biológicas, ambientales, sanitarias o de seguridad.
La aprobación establece las reglas para desarrollar la actividad. Cada grupo deberá ser seleccionado y recibir una autorización expresa antes de comenzar a pescar.
El sector previsto se encuentra aguas arriba de Comandante Luis Piedra Buena, hacia el interior de la provincia, y abarca unos 100 kilómetros siguiendo el recorrido del río.
El plan piloto contempla hasta ocho “Unidades Operativas de Pesca”. En términos sencillos, cada unidad será un grupo organizado con una embarcación habilitada por Prefectura, al menos tres pescadores inscriptos y una persona responsable de la operación, que podrá ser uno de esos mismos integrantes.
El responsable deberá coordinar las salidas, informar la actividad y presentar los registros. La cantidad de unidades es un máximo previsto para esta temporada; su funcionamiento dependerá de las autorizaciones y de las condiciones de seguridad, disponibilidad y logística.
El reglamento permite autorizar dos formas de pesca. Una consiste en utilizar una red de deriva, operada desde una embarcación que recorre un circuito previamente declarado. La otra emplea hasta cuatro redes fijas por grupo, que deben permanecer supervisadas y retirarse al finalizar cada jornada.
Las redes podrán tener hasta 50 metros de largo y cinco de alto, con una abertura mínima de malla de 180 milímetros. Los pescadores deberán comunicar cada salida con al menos 24 horas de anticipación y completar un parte diario con las capturas y el trabajo realizado.
La autoridad pesquera tendrá la posibilidad de establecer límites de extracción por grupo o para toda la temporada. La cantidad concreta de ejemplares o toneladas deberá verificarse en las autorizaciones o disposiciones complementarias.
Qué pasará con el pescado
Las capturas podrán destinarse al consumo y la venta, cumpliendo las exigencias sanitarias correspondientes.
Como referencia para el desembarque y procesamiento, el plan señala la sala de faena de la piscicultura de Isla Pavón, en Piedra Buena, siempre que esté habilitada para esas tareas. También permite autorizar otros puntos que reúnan las condiciones necesarias.
Cada ejemplar o lote deberá permanecer identificado durante su traslado, procesamiento, conservación y comercialización. Esto permitirá conocer de dónde proviene el pescado y seguir su recorrido hasta el destino final.
La norma prohíbe la venta informal de las capturas obtenidas bajo este régimen y condiciona la implementación a contar con infraestructura habilitada. Los participantes también deberán aprobar las capacitaciones que establezca Pesca.
Prioridad local e inscripción previa
El registro de interesados es un paso complementario. Fue creado mediante la Disposición 237 y contempla pescadores, responsables de operación y personas o empresas dedicadas a tareas de apoyo, como logística y traslado.
El Ministerio de la Producción difundió la convocatoria a inscribirse el 23 de septiembre, con recepción de documentación en Pesca de Río Gallegos, en la Dirección de Pesca municipal de Piedra Buena y por correo electrónico.
Para los pescadores, los requisitos incluyen identificación, documentación tributaria según corresponda y tres años de residencia en Piedra Buena, Puerto Santa Cruz u otras localidades que determine la autoridad. La inscripción permite ser evaluado, pero la autorización para capturar requiere un trámite posterior.
La selección priorizará postulaciones admisibles de residentes de la cuenca y considerará la antigüedad de residencia, la experiencia pesquera, la navegación y los antecedentes técnicos.
Un ensayo cuyos resultados deberán medirse
El antecedente es la Ley 3976, que declaró al Chinook especie exótica invasora y estableció un marco para su control y aprovechamiento. Ahora Calafate informó la sanción legislativa en noviembre de 2025.
La presencia y expansión del salmón en la cuenca cuenta con antecedentes científicos. Investigaciones documentaron su reproducción en el río Caterina y su establecimiento en el sistema del río De las Vueltas. Otros estudios del CENPAT analizan cómo sus cadáveres y nutrientes modifican la alimentación de la fauna y las relaciones entre especies.
El objetivo del piloto es contribuir a disminuir la cantidad de salmones y, especialmente, los ejemplares que avanzan por el sistema fluvial para reproducirse. La eficacia de esa estrategia deberá evaluarse con los resultados de la experiencia.
El seguimiento incluirá las capturas de Chinook y también las de otras especies que pudieran quedar atrapadas accidentalmente. El reglamento exige registrar esas situaciones, devolver los ejemplares vivos y permite restringir o suspender operaciones ante riesgos ambientales.
Al finalizar la temporada, las áreas técnicas deberán evaluar los resultados biológicos, pesqueros, sanitarios, económicos y sociales. Esa información servirá para decidir cómo continúa el régimen y qué condiciones tendrá una eventual temporada siguiente.