CRECE EL CONFLICTO. El Tribunal Superior suspendió la ley que amplía el cuerpo y la designación de los nuevos vocales

El máximo tribunal de justicia de Santa Cruz hizo lugar a una medida cautelar presentada por el gremio judicial “3 de Julio” y dispuso suspender los efectos de la Ley 3949 —que elevó de cinco a nueve los miembros del TSJ— y de las designaciones realizadas en la sesión secreta del 25 de septiembre. La decisión congela la incorporación de los  nuevos vocales hasta resolver el fondo del planteo.

Santa Cruz08/10/2025Guillermo Pérez LuqueGuillermo Pérez Luque
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FOTO. Esta Mañana, juraron dos nuevos vocales. (El diario Nuevo Dia)

El Tribunal Superior de Justicia de Santa Cruz dictó este miércoles una resolución de alto impacto institucional: suspendió los efectos de la Ley 3949 y de los actos legislativos y ejecutivos que derivaron en la designación de Sergio Acevedo y José Antonio González Nora, como nuevos vocales del cuerpo. Y de los nuevos vocales Gabriel Contreras Agüero y Juan Lucio De la Vega, que juraron esta mañana.

La medida fue adoptada en el marco del expediente “Asociación Gremial de Empleados Judiciales de la Provincia de Santa Cruz ‘3 de Julio’ c/ Poder Legislativo y otro s/acción de inconstitucionalidad - incidente de medida cautelar”, donde el gremio judicial solicitó la suspensión inmediata de la norma sancionada en agosto pasado, que amplió de cinco a nueve la integración del Tribunal Superior.

Según el fallo, la suspensión alcanza a la aplicación de la Ley 3949, a la sesión extraordinaria secreta del 25 de septiembre, en la que la Legislatura aprobó los pliegos, y a los decretos del Poder Ejecutivo que dispusieron las designaciones. En consecuencia, los magistrados designados no podrán asumir funciones ni intervenir en causas judiciales hasta que se resuelva la cuestión de fondo.

 Argumentos del fallo 

En los fundamentos, el Tribunal explicó que la medida tiene por finalidad “preservar la utilidad práctica de la sentencia definitiva y evitar perjuicios institucionales de imposible reparación ulterior”.

El cuerpo advirtió que permitir que los nuevos vocales comiencen a ejercer sus funciones “podría afectar la imparcialidad y el equilibrio interno del órgano encargado de resolver la controversia”, generando incluso nulidades o conflictos de legitimidad.

“Esta medida no implica un juicio sobre la validez definitiva de la ley —señala la resolución—, sino una decisión precautoria orientada a garantizar el debido proceso institucional y la independencia judicial”.

Lo que originó la cautelar

La presentación del gremio judicial fue realizada por Juan Franco Mascheroni, secretario general de la Asociación Gremial de Empleados Judiciales “3 de Julio”. En su planteo, la entidad argumentó que la sanción y promulgación de la Ley 3949 violaron principios constitucionales y desobedecieron una orden judicial previa que había ordenado a la Cámara de Diputados abstenerse de tratar los pliegos mientras se analizaba la constitucionalidad de la norma.

El sindicato sostuvo además que la ampliación del Tribunal Superior fue impulsada sin debate público ni fundamentos objetivos, y que su aplicación inmediata “altera el equilibrio institucional de uno de los tres poderes del Estado”.

El pasado 25 de septiembre, la Legislatura provincial realizó una sesión extraordinaria secreta en la que se aprobaron los pliegos de los nuevos vocales, en cumplimiento de la Ley 3949 que había elevado de cinco a nueve el número de integrantes del Tribunal.

La decisión fue impulsada por el oficialismo, que defendió la ampliación como una medida necesaria para “modernizar y agilizar el funcionamiento del máximo tribunal”. Sin embargo, la oposición y el gremio judicial denunciaron que se trató de un avance político sobre la Justicia, cuestionando tanto la oportunidad como el procedimiento de aprobación.

Qué implica la suspensión

Con esta decisión, el Tribunal Superior deja sin efecto de manera temporal la incorporación de los nuevos vocales y mantiene vigente la composición original de cinco miembros, hasta que se dicte una sentencia definitiva sobre la constitucionalidad de la ley.

Fuentes judiciales consultadas por Ahora Calafate explicaron que, en la práctica, esto significa que los jueces designados no podrán participar en las deliberaciones ni emitir votos en causas del TSJ, ni ejercer funciones administrativas o jurisdiccionales.

La medida cautelar es de carácter provisorio. El Tribunal deberá resolver en las próximas semanas el planteo de fondo sobre la validez constitucional de la Ley 3949, que será determinante para definir si la ampliación del cuerpo judicial queda definitivamente sin efecto o si los nuevos vocales pueden asumir sus cargos.

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