
Quieren aplicar más restricciones a deudores alimentarios en Santa Cruz
Guillermo Pérez Luque
Imagen Ilustrativa
Al cumplirse exactamente 20 años de su vigencia en Santa Cruz, la Legislatura comienza a analizar un proyecto de actualización del Registro de Deudores Alimentarios con una serie de cambios orientados a volver más rápido, claro y efectivo el sistema de inscripción y control de quienes incumplen con el pago de cuotas alimentarias.
La Ley Provincial N° 2.855 que creó el Registro de Deudores Alimentarios comenzó a regir el 20 de abril de 2006, con la publicación en el Boletín Oficial. Allí se inscriben a quienes adeuden 3 cuotas consecutivas o 5 alternadas, ya sean provisorias o definitivas. Las sanciones incluyen restricciones para trámites como acceder a planes habitacionales, cargos públicos, licitaciones y acceso a créditos bancarios, entre otras.


El nuevo proyecto al que accedió Ahora Calafat, lleva la firma de la diputada Rocío García, del bloque Unión por la Patria, ya tomó estado parlamentario y este martes podría comenzar a ser tratado en la Comisión de Asuntos Constitucionales.
Los cambios que se proponen
El punto que más llama la atención dentro del proyecto es la incorporación de una nueva consecuencia para quienes figuren inscriptos en el registro. De aprobarse, no podrá otorgarse, renovarse, ampliarse ni expedirse duplicado de la licencia de conducir a quienes mantengan una inscripción vigente como deudores alimentarios, salvo en los casos en que la licencia sea necesaria para trabajar y bajo las condiciones ya previstas en la normativa actual.
La propuesta de reforma no se limita a sumar restricciones. También busca agilizar la inscripción del deudor, ordenar el funcionamiento del registro y contemplar situaciones que hoy no están suficientemente claras en la ley vigente.

En los fundamentos García explica que uno de los objetivos es “dotar al Registro de mayor eficacia, claridad y coherencia normativa”, reforzando la protección del crédito alimentario y el cumplimiento oportuno de obligaciones vinculadas a derechos esenciales de niños, niñas y adolescentes.
Uno de los cambios centrales es que se fija con mayor precisión el procedimiento para registrar a una persona como deudora alimentaria. El texto establece que la inscripción solo podrá realizarse por orden judicial, ya sea de oficio o a pedido de parte, y fija plazos concretos para que esa comunicación se haga y se procese.
La intención es reducir demoras y evitar que los tiempos administrativos terminen debilitando el cumplimiento efectivo de la obligación alimentaria.
Otro aspecto importante es que el proyecto incorpora dentro del sistema a los responsables solidarios del pago de la deuda alimentaria, en los términos previstos por el Código Civil y Comercial. Esto significa que la inscripción no alcanzaría solamente al obligado directo, sino también a quienes puedan resultar legalmente responsables, siempre previa intimación y con orden judicial.
A la vez, introduce una situación intermedia para los casos en que el deudor regularice su situación mediante un acuerdo homologado judicialmente. En esos supuestos, el juez podrá disponer una suspensión de los efectos registrales o una baja provisoria, siempre que se encuentre al día con la cuota alimentaria corriente, haya abonado la primera cuota del acuerdo y no registre otros incumplimientos alimentarios vigentes. Si vuelve a incumplir, la reinscripción deberá ordenarse de inmediato.
Agilizar y modernizar
Otro de los ejes de la propuesta es la incorporación de herramientas digitales para acelerar los procesos judiciales vinculados a alimentos. El texto establece que en toda causa de alimentos las partes deberán denunciar y mantener actualizado un domicilio electrónico, una dirección de correo electrónico y un número de teléfono celular apto para mensajería instantánea.
El proyecto también prevé que el incumplimiento por parte de funcionarios, agentes u organismos obligados a requerir certificados, comunicar inscripciones o hacer efectivas las restricciones previstas en la ley sea considerado falta grave, sin perjuicio de otras responsabilidades que puedan corresponder.
| ACCESO AL REGISTRO DE DEUDORES ALIMENTARIOS |
En los fundamentos, la diputada Rocío García aclara que la intención no es reemplazar por completo el régimen vigente, sino actualizarlo y fortalecerlo. De hecho, se propone mantener expresamente los artículos de la ley actual que ya contemplan restricciones y mecanismos importantes, especialmente en materia de proveedores del Estado, transferencias, planes habitacionales, candidaturas y magistratura.
La reforma, según se explica, busca preservar esas herramientas y sumar nuevas disposiciones para hacer más efectivo el cumplimiento de la obligación alimentaria.






Sorpresa: la llamada desde una estancia que derivó en el hallazgo de un antiguo bosque preservado por 50 millones de años

RUTA 40. Dos mujeres heridas al volcar una camioneta en Cuesta de Míguez

Soledad Pastorutti visitó el Glaciar Perito Moreno en el marco de su gira federal “30 Pueblos”

GLOF. Debate sobre cómo actuar ante una amenaza natural de gran magnitud




