
Que el talle no cambie con la marca: El proyecto para aplicar en Santa Cruz el sistema único de medidas para la ropa
Guillermo Pérez Luque
Comprar una prenda talle M o L en un comercio y descubrir que una M o L de otra marca tiene medidas diferentes es una situación habitual. Un proyecto que comenzó su recorrido en la Legislatura de Santa Cruz pretende avanzar sobre ese problema mediante la adecuación de la normativa provincial al Sistema Único Normalizado de Identificación de Talles de Indumentaria (SUNITI).
La iniciativa fue presentada por el diputado por El Calafate Carlos Alegría y ya tomó estado parlamentario. Ahora deberá ser analizada por las comisiones de Asuntos Constitucionales, Perspectiva de Género, Asuntos Municipales y Legislación General.
Lo que busca es actualizar una ley provincial que tiene 20 años y compatibilizarla con el régimen nacional vigente. Es que Santa Cruz tiene desde 2006 la Ley Provincial 2.922, que estableció obligaciones relacionadas con los talles de las prendas confeccionadas por empresas radicadas en la provincia.
Pero esa norma es anterior a la Ley Nacional 27.521, sancionada en 2019, que creó el SUNITI para establecer una referencia común basada en medidas corporales estandarizadas.
La ley nacional alcanza a la fabricación, confección, comercialización e importación de indumentaria destinada a personas desde los 12 años y su cumplimiento se extiende también a las ventas a distancia y por Internet.
Su decreto reglamentario, dictado en 2021, establece expresamente que las provincias deben adecuar sus propias normas al sistema nacional. Eso es precisamente lo que ahora propone hacer Santa Cruz.
¿Qué significa que los talles estén normalizados?
El SUNITI busca que una denominación de talle corresponda a medidas corporales determinadas y conocidas, evitando que cada fabricante utilice referencias completamente distintas. Es decir, que una misma denominación no signifique una medida en una marca y otra diferente en la siguiente.
El propio Gobierno Nacional explicó al reglamentar la ley que el objetivo es que la ropa comercializada por distintos proveedores utilice una referencia homogénea, para que el consumidor pueda saber qué talle corresponde a sus medidas independientemente de la marca o el comercio.

Para construir esa referencia, el Instituto Nacional de Tecnología Industrial realizó el primer Estudio Antropométrico Argentino, mediante tecnología de escaneo corporal 3D.
El relevamiento comprendió 13.276 personas de distintas regiones del país y generó la primera base nacional de medidas antropométricas destinada, entre otros usos, a desarrollar un sistema homogéneo de talles adaptado a las características de la población argentina.
Qué deberán informar los comercios
Si el proyecto santacruceño se convierte en ley, los establecimientos que venden indumentaria deberán cumplir con las obligaciones de información establecidas por el sistema nacional.
La tabla de medidas corporales normalizadas deberá estar disponible para los consumidores, tanto en los comercios físicos como en las operaciones realizadas a distancia o por medios electrónicos.
El régimen nacional establece que esa información debe ser "cierta, clara y detallada", y que en las ventas online la tabla tiene que encontrarse en un lugar fácilmente accesible.
El proyecto de Alegría incorpora expresamente esta obligación a la legislación santacruceña.
Es importante aclarar que la norma no obliga a cada comercio a disponer de todos los talles posibles. Lo que pretende unificar es la manera de identificar cada talle y las medidas corporales que representa.
El Gobierno Nacional hizo expresamente esa aclaración al reglamentar la Ley 27.521: la obligación de respetar el SUNITI no significa que una empresa deba ofrecer la totalidad de los talles existentes.
Por ejemplo, un negocio podría decidir qué rango comercializa. Pero el consumidor debería poder conocer con claridad qué medidas corresponden al talle que está comprando.

También alcanza a las compras por Internet
Este punto adquiere especial importancia en el comercio electrónico. En un local una persona puede probarse una prenda. En una compra realizada por Internet esa posibilidad desaparece y la referencia del talle pasa a ser uno de los principales elementos para decidir.
Los fundamentos del proyecto al que accedió Ahora Calafate señalan justamente que el crecimiento de las compras online vuelve especialmente relevante contar con medidas claras y comparables.
El proyecto además designa como autoridad de aplicación al organismo provincial competente en Defensa del Consumidor.
Entre sus facultades estará "fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones, verificar la información sobre los talles, recibir denuncias y reclamos", iniciar actuaciones administrativas y realizar inspecciones en establecimientos comerciales. También podría articular controles y acciones informativas con municipios y comisiones de fomento.
Las infracciones quedarían alcanzadas por los mecanismos sancionatorios de la Ley Nacional de Defensa del Consumidor y las demás normas aplicables.
Trato digno y prácticas discriminatorias
La iniciativa incorpora además el trato digno y no discriminatorio, otro componente de la Ley Nacional de Talles.
El proyecto establece que quedan prohibidas las "prácticas abusivas, vejatorias o estigmatizantes" relacionadas con el aspecto físico o las características corporales de los consumidores.
La legislación nacional considera también discriminatorias las prácticas de este tipo vinculadas con el aspecto físico, género, orientación sexual, identidad de género u otras características personales.
Por eso el tema de los talles no es abordado únicamente como una cuestión comercial, sino también desde los derechos de consumidores y usuarios.
Qué prendas están alcanzadas
El SUNITI comprende en términos generales la indumentaria para personas desde los 12 años, e incluye además calzado y uniformes de trabajo.
La reglamentación nacional contempla excepciones para prendas de alta costura o diseño de autor, ropa confeccionada a medida, determinados accesorios como bufandas, corbatas o guantes y elementos de protección personal utilizados en actividades laborales.
El proyecto santacruceño remite precisamente a esas disposiciones nacionales y a las futuras normas complementarias que se dicten.
El debate que comienza en la Legislatura apunta, en definitiva, a que el número o la letra de una etiqueta dejen de ser una referencia variable según cada fabricante y puedan asociarse a medidas corporales concretas y comparables, tanto al comprar una prenda en un local como al hacerlo desde una pantalla.






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