MUERTE SUBITA. Se creó el Registro Nacional de Desfibriladores DEA

Todos los DEA del país deberán estar incluidos en este Registro que busca determinar la locación exacta de los dispositivos a nivel federal y controlar su correcto mantenimiento.

El Ministerio de Salud de Nación creó y puso en marcha el Registro Nacional de Desfibriladores Externos Automáticos (Renadeas) que permitirá controlar la instalación de estos equipos en espacios públicos y privados de acceso público para la prevención integral de eventos por muerte súbita.

El Registro se creó en el marco de la Ley 27.159 de prevención integral de la muerte súbita, que establece entre otros puntos que los lugares públicos y privados de acceso público con concentración o circulación superior a 1000 personas por día deberán contar con al menos un desfibrilador automático externo (DEA).

Recientemente la Legislatura de Santa Cruz transformó en Ley un proyecto presentado por el diputado Calafateño Juan Manuel Miñones, que establece que “toda reunión o evento (artístico, musical, festivo, etc) capaz de producir una concentración mayor a las 500 personas”, tiene la obligatoriedad de contar  Desfibrilador Externo Automático (DEA). 

SANTA CRUZ. Se aprobó la Ley de DEA obligatorio en eventos masivos

Ahora por medio de la Resolución 1827/2022, publicada en el Boletín Oficial (Ver Documento abajo) se formalizó la creación del RENADEAS, que funcionará en el ámbito del Programa Nacional de Prevención de las Enfermedades Cardiovasculares.

Entre los objetivos del Registro, está determinar la locación exacta de los dispositivos a nivel federal, controlar su correcto mantenimiento y la acreditación de los Espacios Cardio-asistidos y el posterior desarrollo de App “miDEA” para la localización de los dispositivos de la ciudad en la que se vive o circula.

En ese marco, el Registro propone “la promoción de espacios cardio-asistidos” que estarán a cargo de usuarios que deberán realizar “acciones de concientización, comunicación y encontrarse capacitados sobre prácticas de resucitación cardiopulmonar”.

Todos los espacios públicos y privados de acceso público alcanzados por la ley se encuentran obligados a solicitar un usuario para la registración de los Desfibriladores Externos Automáticos en el plazo de un año a partir de hoy.

En el sitio web oficial del Ministerio de Salud se publicarán los requisitos necesarios para la solicitud del usuario y la confirmación de la creación del usuario otorgará al sujeto obligado el carácter de “pretenso espacio cardio-asistido”.

La resolución agregó que la cartera sanitaria o quien esta designe, capacitará a las personas que certifiquen a los espacios cardio-asistidos, dándole a las mismas el carácter de “instructoras habilitantes”.

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