Se aprobó el 90% de empleo santacruceño en empresas que operan en la provincia

La modificación de la Ley 3141 fue aprobada por unanimidad. Diputados y el ministro de Trabajo coincidieron en que la medida fortalecerá las oportunidades laborales locales y evitará la fuga de recursos fuera del territorio.

En la sesión ordinaria que aún se desarrolla este jueves, la Legislatura Provincial aprobó por unanimidad la modificación de la Ley 3141 de Empleo Santacruceño. 

EMPLEO SANTACRUCEÑO. Gobierno quiere pasar del 70/30 al 90/10

Tal como reveló días atrás Ahora Calafate, la norma eleva del 70 al 90% la proporción de mano de obra residente en Santa Cruz que deben contratar las empresas de los sectores hidrocarburífero, minero, pesquero y otras industrias que operen en el territorio. También introduce criterios más estrictos de residencia y un régimen especial para las empresas que se encuentran dentro del RIGI.

Las opiniones de los diputados

Durante el debate, los diputados remarcaron el carácter estratégico de la modificación. Piero Boffi (Por Santa Cruz) sostuvo: “Necesitamos generar políticas públicas para darle la oportunidad a todos de acceder a un trabajo digno, sostenido en el tiempo, y que no tengan que estar mendigando con los actores políticos o con las bolsas de trabajo”.

Boffi también criticó los incumplimientos en gestiones anteriores: “Esta ley ya existía, pero nunca se implementó. Se usaba solo con fines electorales, trayendo gente de afuera para fijar domicilios en los pueblos cuando todos sabían que no vivían en la provincia”.

El diputado Javier Jara resaltó el carácter social de la reforma: “Hoy tratamos una ley que realmente sirve para los trabajadores. Los recursos son de la provincia y lo más justo es que los puestos laborales sean para la gente de Santa Cruz”.

A su vez, planteó la aspiración de avanzar aún más: “Tenemos el anhelo y la esperanza de que algún día esta ley sea del 100% y que ese 10% restante también pueda ser cubierto por santacruceños capacitados”.

Por su parte el diputado Pedro Luxen recordó la promesa del gobernador Vidal en torno a la iniciativa y advirtió: “El 70-30 era muy difícil de controlar. Había muchos trabajadores que figuraban con domicilios locales, pero no vivían en la provincia. Ese daño económico se sentía. Llevarlo al 90-10 va a transformar la realidad de muchísimos jóvenes santacruceños”.

La visión del Ejecutivo

En la sesión estaba presente el ministro de Trabajo, Ezequiel Verbes, quien durante un cuarto intermedio fue invitado a expresarse. El funcionario celebró la sanción y destacó la reciente implementación del SIREL, el registro electrónico de empleo santacruceño: “Hace dos días pusimos en vigencia el sistema que permitirá aplicar controles serios sobre la residencia de los trabajadores”.

El funcionario también valoró el respaldo político: “Este proyecto apunta a mejorar la calidad de vida de los santacruceños, sostener la productividad regional y evitar que los recursos se fuguen fuera de la provincia”.

Qué dice la reforma legal

  • El nuevo artículo 3 establece que las empresas operadoras de sectores clave “deberán dar preferencia a contratar un 90 % de mano de obra local”, debiendo los trabajadores acreditarse con al menos seis años de residencia efectiva en Santa Cruz, domicilio inscripto en el DNI y certificado de residencia oficial.
  • Se incluye también un subrégimen RIGI: de ese 90 %, un 30 % deberá corresponder específicamente a residentes en la localidad o ciudad donde esté radicado el proyecto.
  • Se contempla que, si los trabajadores tienen domicilio coincidente con el de la empresa contratante, ese caso será presumido como incumplimiento del requisito de residencia para efectos de la norma.
  • Se modifica también el artículo “TER” (incorporado previamente por la Ley 3.704) para facultar a la autoridad de aplicación provincial a celebrar convenios con organismos provinciales, municipales y comisiones de fomento con el fin de garantizar el control y cumplimiento efectivo de lo dispuesto.
  • En cuanto a vigencia, el Ejecutivo provincial queda obligado a reglamentar la ley en 60 días desde su promulgación, y la nueva redacción entra en vigencia al día de su publicación oficial.

 

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