Opinión Alejandro Rojo Vivot - Escritor 09/10/2025

CARTAS ORGÁNICAS Y LA CORRUPCIÓN, UNA ESPIRAL ASCENDENTE

Desde la ciudadanía tenemos que trabajar cada día y con mas esfuerzo para que mejoremos nuestra democracia, local, provincial, regional y nacional, de los ciudadanos depende. Por Alejandro Rojo Vivot - Escritor.

2025. IGUALDAD DE GÉNEROS Y LOS RESULTADOS DE LOS GASTOS EN LAS DÉCADAS PERDIDAS

“¿No creen ustedes que los pobres ex ministros merecen su monumento? Yo creo que sí. Creo que es conveniente que dejen algún recuerdo. Así –por lo menos- dejan algo.

El sacrificio de su actuación merece una recompensa. Pensemos que se trata –generalmente- de hombres de cierta edad, que deben mantener una agilidad mental extraordinaria para contestar rápidamente a los requerimientos de los periodistas.

Pero eso no es nada… Lo más importante es la agilidad física que deben conservar para el momento de su ‘renuncia’, cuando deban partir a toda velocidad rumbo a Suiza, cargados con pesadísimos portafolios…

En consideración a todo eso, ¡marche un monumento para los ex ministros!...”. (1)

 

Carlos Alberto Basurto (1963)

 

Por lo menos en Argentina, en la década de los '50, la corrupción estaba bastante generalizada hasta los frecuentes casos de pedidos de coimas fijas exigidas hasta a adolescentes para conseguir entradas de ingreso a las proyecciones cinematográficas de media tarde (matiné). Otros lucraban en forma venal al calor del poder, matizados con discursos a veces violentos y de pensamiento único que buscan contentar a muchos para permanecer en poder, sea en dictaduras o democráticamente, hasta encarcelando a presos políticos o empleando recursos públicos para amedrentar y asesinar en Democracia.

ADEMÁS

En estas actuales décadas pérfidamente perdidas, con millones de individuos empobrecidos, con notoria ineficiencia en las ingentes inversiones del dinero de los contribuyentes para la educación: incomprensión de elementales textos por parte de muchos egresados del nivel secundario, sospechas de varios desvíos de fondos universitarios para fines ajenos a sus cometidos específicos, etcétera, mientras los sueldos y jubilaciones hace años están vergonzosamente depreciados.

Así mismo, existen políticos presos, condenados por corrupción, encerrados en lujosas viviendas adquiridas y mantenidas con dinero mal habido, con familiares directos involucrados en ilícitos, que ocupan cargos jerárquicos en partidos políticos, aparentemente sin estar inhabilitados para ejercer la profesión, negándose a devolver la fortuna apropiada injustificadamente, etcétera, que siguen manteniendo adeptos; al decir de algunos, son homofilios ideológicos pues sólo replican determinadas muletillas con cierta aceptación sectorial, aunque sean bastantes anacrónicas.

RECORDANDO

Por lo menos son cuatro los estamentos territoriales donde se desarrolla la corrupción: internacional, nacional, provincial y local.

Las legislaciones específicas (acceso a la información pública, Rendición de Cuentas periódicas y completas, Defensor de Vecino, etcétera, como algunas generales (obligatoria alternancia en el poder, nepotismo, licencia o renuncia de candidatos que sustenten cargos públicos desde la postulación hasta el fin del proceso, suprimir las estatales noticias pagas publicadas, resguardo ambiental, cartas orgánicas, etcétera, pueden contribuir en mucho a la transparencia y al desarrollo integral en cabal Democracia.

1957. Santa Cruz pronto cumplirá medio siglo de su Constitución provincial que habilitó a las ciudades de la Jurisdicción a poseer sus respectivas cartas orgánicas; luego de casi cinco décadas, ninguna localidad ha logrado su salto de calidad institucional mediante la enriquecedora autonomía, como el resto de la Patagonia. De 5 provincias, 4 la han alcanzado: Neuquén, Río Negro, Chubut, Tierra del Fuego, es decir un 80 % de las jurisdicciones.

2026. Una buena oportunidad para concretarlo, recordando al Quijote de la Mancha: “La libertad es uno de los más preciosos dones que a los hombres dieron los cielos; con ella no pueden igualarse los tesoros que encierra la tierra ni el mar encubre; por la libertadasí como por la honra se puede y debe aventurar la vida, y, por el contrario, el cautiverio es el mayor mal que puede venir a los hombres”. (Parte II. Capítulo VIII).

POR EJEMPLO

UNO

“La provincia de Córdoba tiene ficha limpia. En la última sesión del año, la Unicameral aprobó un proyecto consensuado entre oficialismo y oposición que impide que ciudadanos con condenas firmes por corrupción puedan integrar las listas para ocupar cargos electivos. La novedad agregada es que la prohibición alcanza a los cargos en el Poder Ejecutivo, en el Judicial y en los municipios que no tengan carta orgánica”. (2)

DOS

“La ley de Ficha Limpia en Río Negro está vigente pero para su aplicación íntegra se deberá esperar a las elecciones provinciales de 2027, un plazo que da alivio a algunos dirigentes políticos vinculados en causas penales en la actualidad aún sin condenas; mientras que en dos municipios que tendrán comicios este año se plasmarán entre sus exigencias que los candidatos a concejales no tengan condenas”. (3)

“Se trata del proyecto más exigente de los aprobados a nivel nacional, lo que posiciona a Río Negro como ejemplo de transparencia electoral.

“Esta ley indica que no pueden competir, ya sea por cargos partidarios o públicos - electivos, ni tampoco ejercer como funcionarios públicos, todos aquellos que cometieron delitos dolosos”, comentó el Ministro de Gobierno, Trabajo y Turismo, Fabián Gatti, en declaraciones a Radio Nacional Viedma.

“Tratándose de delitos contra la administración pública, se le agrega un plus de 25 años más de inhabilitación para ejercer cargos partidarios, públicos – electivos, o ser funcionario público. Y en el resto de los delitos, por ejemplo el robo, se limita a la pena que establezca la sentencia, más diez años que se le agrega de sanción”, agregó.

Gatti destacó que la norma, tal como fue aprobada, es el proyecto sancionado con mayor exigencia de todo el país “y fue sancionado por unanimidad, con excepción de los bloques vinculados al justicialismo”.

El funcionario indicó, en este sentido, que quedan afuera aquellos delitos cometidos contra el honor, es decir las calumnias y las injurias: “porque el lenguaje político, sobre todo en las redes sociales, es lindante con lo que antes se consideraba como una injuria. No comparto esas formas de expresión, pero es cierto que las redes son un lugar donde estas cosas suceden de manera constante”. (4)

TRES

“Artículo 1°. – Sustitúyase el inciso 9° del artículo 66 bis de la Ley XII N°9, Ley Orgánica de los Partidos Políticos, el que quedará redactado de la siguiente manera:

La inhabilitación para ser precandidato o candidato prevista en el inciso 9° del presente artículo de esta Ley se extenderá desde que exista sentencia condenatoria confirmada en segunda instancia del proceso y hasta su eventual revocación posterior o, en su caso, hasta el instancia del proceso y hasta su eventual revocación posterior o, en su caso, hasta el cumplimiento de la pena”. (5)

“Con los votos de 25 de los 26 diputados presentes -solo se opuso el diputado del Frente de Izquierda, Santiago Vasconcelos- en la sesión de este jueves, la Legislatura del Chubut aprobó la ampliación de la Ficha Limpia con el objetivo de que impedir que las personas con una pena por un delito penal doloso de cualquier tipo, no solo de corrupción, pueda ser candidata a cargos electivos o partidarios”. (6)

CUATRO

ARTÍCULO 1.- Modifíquese el artículo 39º de la Ley Nº 4164, Código Electoral de Jujuy, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“Artículo 39º: REQUISITOS: Los/las candidatos/as deberán ser electores hábiles y reunir las condiciones que establece la Constitución de la Provincia como las que exige la ley orgánica de los partidos políticos. No podrán ser candidatos/as a cargos electivos provinciales, municipales y de comisiones municipales los/las condenados/as por sentencia judicial en segunda instancia mientras dure la condena o su eventual revocación, por los siguientes delitos: a) Delitos contra la administración pública comprendidos en los Capítulos VI VII, VIII, IX, IX bis y XIII del Título XI del Libro Segundo del Código Penal; (…)

Los/las candidatos/as a ocupar cargos públicos electorales, provinciales, municipales y de comisiones municipales, deberán cumplir con los requisitos impuestos por la Constitución Nacional, Constitución Provincial, Código Electoral de la Provincia de Jujuy y lo establecido en la Carta Orgánica de los partidos políticos intervinientes”. (7)

“ARTÍCULO 1: Adherir a la Ley Provincial N° 6271 ̔REQUISITOS PARA SER CANDIDATOS/AS A CARGOS ELECTIVOS̕, conocida como ̔FICHA LIMPIA̕. (8)

CINCO

“(Luego de la aprobación por mayoría por parte de la Cámara de Diputados) La iniciativa sobre Ficha Limpia resultó rechazada por 36 votos afirmativos y 35 negativos. Al comenzar el tratamiento del proyecto, la senadora Alejandra Vigo (Unidad Federal), en calidad de miembro informante, brindó detalles del proyecto que modifica cuatro leyes y enumeró todos los delitos que imposibilitan las pre candidaturas y cargos políticos.

En el momento de los cierres del debate por parte de los bloques políticos, el senador Francisco Paoltroni (Libertad, Trabajo y Progreso) reconoció que este proyecto ̔no es nada, comparado con los honorables políticos que deberíamos ser y a lo que debería aspirar la Argentina, pero es un comienzo՚.

A su turno, el senador José Carambia (Por Santa Cruz) afirmó que ̔esta ley permite poner un requisito para que no haya ´chorros´ en una lista. Si a un vecino común le pedimos antecedentes, entonces es una locura no pedir requisitos para acceder a cualquier cargo nacional̕.

El titular del monobloque Cambio Federal, senador Juan Carlos Romero, solicitó ̔respetar el derecho de los ciudadanos a peticionar՚, al referirse al pedido ciudadano por Ficha Limpia que lleva 8 años y agregó que ̔partiendo de la legitimidad de la gente, voy a votar a favor̕. Sin embargo, Romero reconoció que el proyecto ̔no es lo suficientemente abarcativo (SIC abarcador) y puede perfeccionarse՚.

Por su parte, el titular del PRO, senador Alfredo De Ángeli, destacó al acompañar el proyecto que ̔hoy es un día histórico pedido por la sociedad argentina que necesita legisladores y funcionarios que tengan valores y principios̕.

En concordancia con De Ángeli, el presidente del bloque de la UCR, senador Eduardo Vischi, sostuvo que ̔es importante para todos los que creemos que la política es un servicio y que estamos limpios, que se saque a la manzana podrida del cajón՚ y aclaró que ̔este proyecto es más que una ley, es una respuesta concreta a un reclamo legítimo de la sociedad̕.

En oposición al proyecto y al calificarlo como ̔una gran mentira e inconstitucional՚ a Ficha Limpia, el senador José Mayans (Frente Nacional y Popular) agregó que ̔a corrupción la generó el sistema financiero y de justicia de este país̕.

Para finalizar el debate del proyecto, el presidente del bloque LLA, senador Ezequiel Atauche, expresó que ̔esto marca un antes y después en la lucha contra la corrupción. Es un refuerzo del principio de idoneidad establecido en la Constitución Nacional para acceder a cargos públicos". (9)

¿Y en casa como estamos?

 

NOTAS Y REFERENCIAS

Alejandro Rojo Vivot en varias oportunidades brindó asesoramiento sobre democracia participativa en 28 de Noviembre, Provincia de Santa Cruz, Argentina.

1) Basurto. Marche un monumento. Revista Tía Vicenta. Año VII, número 249. Página 6. Buenos Aires, Argentina. 3 de junio de 1963.

2) Origlia, Gabriela. Se aprobó en Córdoba la ficha limpia para cargos electivos y públicos. La Nación. Buenos Aires, Argentina. 27 de diciembre de 2025.

3) Pecollo, Adrián y Maradona, Soledad. En Río Negro la ley de Ficha Limpia da un respiro a los políticos hasta el 2027. Río Negro. General Roca, Provincia de Río Negro, Argentina. 17 de febrero de 2025.

4) Anónimo. En Río Negro, la Ley de Ficha limpia es la más exigente del país. Gobierno de Río Negro. Viedma, Provincia de Río Negro, Argentina. 26 de diciembre de 2024.

5) Ley XII Nº 18. 16 de diciembre de 2022.

6) Legislatura del Chubut. 11 de abril de 2024.

7) Ley 6271. 6 de mayo de 2022.

8) Ordenanza n° 1.868/2.025. Perico, Provincia de Jujuy, Argentina. 1 de mayo de 2025.

9) El Senado trató el proyecto de ficha limpia y aprobó la ayuda para Bahía Blanca. Senado de la Nación. 7 de mayo de 2025.

Por Alejandro Rojo Vivot - Escritor

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