La Cámara rechazó el amparo de Upsala S.A. Detalles del fallo

El tribunal consideró que no hubo violación de derechos constitucionales y que el reclamo del establecimiento era, en realidad, de carácter económico. El fallo deja sin efecto la sentencia de primera instancia y confirma que el CPE no mantiene deuda alguna con el colegio. Ahora Calafate accedió al escrito judicial.

La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de Santa Cruz puso punto final, al menos por ahora, a la disputa judicial entre la empresa Upsala S.A., propietaria del Colegio Upsala de El Calafate, y el Consejo Provincial de Educación (CPE).

En una resolución firmada por los jueces Enrique Luis Arenillas, María Cecilia García y Jorge Ariel Chávez, el tribunal rechazó el amparo presentado por la firma privada y revocó la sentencia de primera instancia dictada por el conjuez Raúl Cardozo, quien en su momento había hecho lugar parcialmente al reclamo de la institución.

Justicia ordena a Provincia abonarle al Upsala el importe de la subvención

Los camaristas fueron contundentes al afirmar que la acción de amparo no era la vía procesal adecuada, ya que no se trataba de una vulneración de derechos constitucionales sino de una controversia económica.

“El planteo de Upsala S.A. constituye un cobro de pesos encubierto y no una acción tendiente a resguardar derechos de raigambre constitucional”, señala el fallo al que accedió Ahora Calafate.

Y agrega: “El amparo no puede ser utilizado como un atajo procesal para dirimir cuestiones patrimoniales, más aún cuando existen otros mecanismos judiciales idóneos para ello”.

Una sentencia que revierte el fallo local

El pronunciamiento de la Cámara declara nula la sentencia dictada en El Calafate y da por cerrado el reclamo, confirmando la postura del CPE, que desde el inicio del conflicto había sostenido que no existía irregularidad ni deuda alguna.

“El Consejo Provincial de Educación actuó dentro del marco normativo vigente, sin que pueda advertirse conducta ilegal, arbitraria u ostensible en su accionar”, remarcan los jueces en otro tramo del dictamen.

También quedó rechazada la medida cautelar que había solicitado la empresa para que la provincia siguiera abonando la subvención estatal bajo las condiciones previas al conflicto.

De esta manera, queda sin efecto cualquier obligación de pago adicional, dejando firme que el organismo no mantiene deuda con el establecimiento.

La opinión del CPE

Desde el Consejo Provincial de Educación celebraron la decisión judicial, destacando que “ratifica la legalidad, transparencia y corrección del accionar institucional”.

“El fallo es claro: el amparo fue rechazado, no hay ninguna cautelar vigente y se reconocen las irregularidades de la empresa propietaria del colegio que justificaron nuestra posición”, expresaron desde el organismo.

Si bien el caso podría tener un nuevo capítulo si Upsala S.A. decide apelar ante el Tribunal Superior de Justicia, el pronunciamiento de la Cámara marca un precedente relevante en materia de control de fondos públicos y relaciones con instituciones educativas privadas.

En su parte resolutiva a la que accedió Ahora Calafate, el tribunal cierra con una definición que sintetiza el espíritu del fallo: 

“No corresponde mantener en pie una acción que, bajo el ropaje del amparo, procura en realidad la resolución de un conflicto económico. En consecuencia, se revoca la sentencia de primera instancia y se rechaza el amparo en todas sus partes.”

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