De 15 a 30 días: el proyecto que busca ampliar la licencia por paternidad en Santa Cruz

El proyecto del diputado Pedro Muñoz apunta a los trabajadores de la Administración Pública Provincial, Poder Judicial, Poder Legislativo, entes autárquicos, organismos descentralizados y sociedades del Estado. La iniciativa busca unificar un derecho que hoy alcanza a una parte de los trabajadores del Estado

La Legislatura de Santa Cruz comenzó a analizar una modificación al régimen de licencia por paternidad para empleados estatales. El proyecto presentado por el diputado Pedro Muñoz, de la Coalición Cívica ARI, propone duplicar de 15 a 30 días corridos el período previsto actualmente por la Ley 2973.

La iniciativa tomó estado parlamentario en la sesión del jueves 10 de septiembre, y ahora deberá atravesar las comisiones de Trabajo, Previsión y Seguridad Social; Familia, Niñez y Juventudes; Presupuesto y Hacienda; y Legislación General.

El cambio propuesto es puntual. pero de alcance amplio. El nuevo artículo 1 establecería una licencia de 30 días corridos desde el nacimiento del hijo o desde la notificación fehaciente del otorgamiento de la guarda con fines de adopción para agentes varones de la Administración Pública Provincial, Poder Judicial, Poder Legislativo, entes autárquicos, organismos descentralizados y sociedades del Estado.

La Ley 2973 fue sancionada en 2007 y actualmente establece 15 días corridos de licencia por paternidad para esos mismos agentes estatales. En los casos de parto o guarda con fines de adopción múltiples, suma cinco días por cada hijo a partir del segundo. Además, considera ese período como servicio efectivo, sin pérdida de haberes, y exige una antigüedad mínima de seis meses para acceder al beneficio.

El proyecto de Muñoz al que accedió Ahora Calafate busca modificar específicamente el artículo 1, por lo que el cambio central consiste en llevar el plazo básico de 15 a 30 días.

El argumento principal del proyecto es justamente unificar el derecho entre los distintos poderes. Muñoz advierte que mientras parte del personal dependiente de la Administración Pública ya cuenta con una licencia de 30 días a través de su convenio colectivo, otros trabajadores comprendidos en la ley siguen sujetos al plazo de 15 días.

Diputado Pedro Muñóz (CC-ARI)

La modificación apunta entonces a alcanzar también a empleados del Poder Judicial, Poder Legislativo, entes autárquicos, organismos descentralizados y sociedades del Estado.

El legislador plantea que la ampliación permitiría “generar un derecho de igualdad para los demás agentes que se desempeñan en otros poderes del Estado”.

En esa misma línea sostiene que establecer 30 días corridos permitiría “garantizar el principio de igualdad ante la ley, equiparando condiciones para todos nuestros agentes”.

También alcanza a las guardas con fines de adopción

La licencia no se limita a los nacimientos biológicos. El plazo comenzaría también desde la notificación fehaciente de una guarda con fines de adopción, que deberá acreditarse mediante resolución judicial firme.

La Ley 2973 ya contempla desde 2007 esta equiparación y establece además que, en casos múltiples, el período se amplía cinco días corridos por cada hijo a partir del segundo.

De avanzar el proyecto sin otras modificaciones, esa estructura permanecería vigente, pero con una licencia básica que pasaría de 15 a 30 días corridos.

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