Buscan la adhesión de Santa Cruz a la Ley de Fomento al Montañismo

Un proyecto del diputado Juan Manuel Miñones toma estado parlamentario en esta sesión y será tratado en comisiones. Busca que la provincia adhiera a los términos de la Ley nacional sancionada a fines de 2021.
Santa Cruz08/06/2022Guillermo Pérez LuqueGuillermo Pérez Luque
montañismo

Entre los proyectos que ingresarán este jueves a la Legislatura para comenzar a ser analizados en comisiones está el que presenta el diputado por Municipio de El Calafate, El Chalten y Tres Lagos, Juan Manuel Miñones, que promueve la adhesión de Santa Cruz a la Ley Nacional N°27.665.  

Dicha norma declara al montañismo como “actividad de interés deportivo, cultural y sociorrecreativo”, y establece los parámetros generales a considerar.

El proyecto original fue redactado e impulsado por “Andinistas Argentinos”, y  luego de siete años de arduo trabajo, se convirtió en Ley Nacional el 9 de diciembre de 2021, cuando se sancionó por unanimidad en el Senado de la Nación. Quince días después se publicó en Boletín Oficial, entrando en vigencia

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La Ley considera actividades del montañismo el senderismo, al trekking, el ascensionismo y la escalada, así como las técnicas necesarias para concretarlas. 

También la Ley Nacional a que adherirá Santa Cruz indica que las autoridades responsables de cada espacio físico arbitrarán los medios necesarios para que el acceso a los mismos para la práctica del montañismo sea garantizado. “El único requisito para el ejercicio de dicha práctica será la idoneidad, la cual será acreditada por las organizaciones e instituciones de montañistas que posean personería jurídica como tales o reconocimiento municipal, provincial o nacional”

En tanto, toda persona que practique montañismo “lo hará bajo su exclusiva responsabilidad, eximiendo total y absolutamente a los tenedores, propietarios, concesionarios y usufructuarios de los territorios donde se desarrolle dicha práctica, por todo daño y perjuicio causado en su persona o a terceros, en las cosas y bienes por su propia acción o de terceros”.

El proyecto de Miñones al que accedió Ahora Calafate faculta al Poder Ejecutivo provincial a designarla Autoridad de Aplicación de la presente Ley, que entre otras cosas tendrá a su cargo “regular la actividad mediante disposiciones específicas de Registro de Guías de Montaña, Escuelas de Formación, Comité técnico, derechos y obligaciones, habilitaciones, prácticas de buenas costumbres, régimen disciplinario, etc”.

Además la autoridad de aplicación podrá suscribir acuerdos con los propietarios de inmuebles atravesados por senderos o que resulten aptos para la práctica del Montañismo, a fin de facilitar su uso y la realización de eventos para esta disciplina deportiva; facilitar el acceso y la circulación en los ámbitos en los que se practique la actividad regulada en la presente Ley”

    

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