Eximen del pago de habilitación a prestadores de servicios en los Parques Nacionales

Lo resolvió el directorio del organismo, atendiendo la paralización de actividades a causa de la pandemia de Covid-19.

El País 27/08/2020 Guillermo Pérez Luque Guillermo Pérez Luque
Intendencia PNLG

La Administración de Parques Nacionales (APN) decidió eximir del pago de los derechos de habilitación a todos los permisionarios guías, fotógrafos y transportistas” que operen en la totalidad de los parques nacionales y otras áreas protegidas bajo su jurisdicción.

La resolución amplía los alcances de una anterior (132/2020) emitida en mayo, en donde se condonaba el proporcional correspondiente al período en que las Áreas Protegidas estuvieran cerradas al público. 

La condonación del pago rige por el término de un periodo de habilitación, año aniversario o calendario, según corresponda.

Esta eximición sólo se hará efectiva “si los concesionarios y permisionarios turísticos alcanzados por ellas no redujeron su plantilla laboral, desde la entrada en vigor de la Resolución P.D. Nº 57/2020, que restringió desde el 16 de marzo, y hasta nuevo aviso, totalmente el ingreso de visitantes a las Áreas Protegidas.

La APN establece también que “en los casos que existan permisionarios alcanzados por esta medida y que ya hubieran cumplido con la obligación de efectuar el pago del canon anual correspondiente, el monto abonado será considerado como crédito a favor aplicable al pago del canon anual del año 2021”.

Hasta el año pasado, el Parque Nacional Los Glaciares contaba con 6 Concesionarios y 76 Permisionarios que incluyen números prestaciones turísticas. En total hay 585 guías activos, contando Guías de Turismo, de Sitio y Especializados. De ese total unos 400 se encontraban efectivamente prestando servicios, según información oficial a la que accedió AHORA CALAFATE

El Artículo 3° dispone el diferimiento de hasta 90 días hábiles administrativos “la fecha de cancelación de los cánones y derechos de habilitación de los concesionarios y permisionarios - estos últimos que operen en propiedad privada en jurisdicción de la Administración- a partir que vuelva a haber circulación irrestricta -al menos de argentinos en territorio nacional–, que debería haberse abonado a partir del mes de abril del año 2020”.

También se establece “la extensión del plazo de habilitación de todos los permisos turísticos, por el término de un año. 

LEE LA RESOLUCIÓN COMPLETA AQUI

 

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