Justicia rechazó el reclamo del Gobierno provincial por un terreno, porque lo presentó minutos después del plazo

La decisión del máximo órgano judicial se enmarca en un extenso conflicto iniciado en 2008, tras la quiebra de la empresa propietaria de supermercados Stella Maris. Originalmente en ese lote iba a construir una sucursal. Fue escriturado años después de la quiebra para que pudiera ser rematado, lo que despertó el reclamo del entonces gobierno de Alicia Kirchner. Ahora el TSJ sepulta la aspiración del Estado de recuperar ese lote, ya que fue presentado casi 3 horas después del plazo legal.

El Chaltén06/09/2025Guillermo Pérez LuqueGuillermo Pérez Luque
CHALTEN

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Santa Cruz resolvió rechazar un recurso de queja presentado por el Gobierno provincial en el marco del expediente por la escrituración de un terreno ubicado en El Chaltén.

La Provincia había cuestionado un fallo previo de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería, que había declarado inadmisible un recurso de casación presentado fuera de plazo por los abogados del Estado. 

El escrito había ingresado el 10 de junio de 2021 a las 12:58, es decir casi tres horas después del vencimiento legal, lo que motivó que fuera considerado extemporáneo. El TSJ sostuvo que los plazos procesales son “perentorios y fatales” y que no corresponde flexibilizarlos, aun si la demora es de minutos. 

“Las consecuencias del error no pueden recaer sino sobre quien lo cometió”, señaló el fallo, que terminó confirmando la inadmisibilidad y ratificando las costas a cargo de la Provincia.

Con esta decisión, el máximo tribunal provincial cerró una instancia clave de un litigio de larga data vinculado al manejo de tierras fiscales en El Chaltén.

 El origen del conflicto 

El caso se remonta a mayo de 2008, cuando la empresa Traverso y Cía. SRL cesó sus actividades y cerró los supermercados Stella Maris en El Calafate, El Chaltén y la Cuenca Carbonífera. Ese mismo año, el Juzgado Civil de Río Turbio, a cargo de la jueza Betina Bustos, declaró la quiebra de la firma a pedido del Sindicato de Empleados de Comercio.

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Sucursal de Stella Maris en El Calafate (Archivo AHORA CALAFATE 2008)

Un año antes, en 2007, el Consejo Agrario Provincial (CAP) le había adjudicado a la empresa un lote de 1.220 m² en El Chaltén para construir una sucursal comercial. Como parte del proceso, Traverso debía cumplir obligaciones legales y contractuales antes de recibir la escritura definitiva.

En mayo de 2013, pese a que la compañía ya estaba quebrada, el CAP dictó el Acuerdo 49, declarando cumplidas las obligaciones de la adjudicataria respecto al predio. Esto habilitaba a que el lote pudiera ser rematado dentro del proceso concursal, a fin de cubrir deudas de la quiebra.

En mayo de 2018, la gobernadora Alicia Kirchner firmó el Decreto 431, que declaró la “lesividad” de aquel acto administrativo. La Provincia entendía que la adjudicación carecía de sustento, dado que la empresa no había cumplido con los requisitos establecidos. Con ello, se inició el camino judicial que ahora, tras años de recursos y apelaciones, llega a su resolución en el TSJ.

resize_1529032051Gobierno acciona contra orden judicial de escriturar un terreno a una empresa quebrada

La figura de la “lesividad”

En derecho administrativo, la lesividad es un mecanismo por el cual el Estado declara que un acto propio previo afecta el interés público, y busca su nulidad judicial. En este caso, el Gobierno consideró que el Acuerdo 49 del CAP (2013) lesionaba gravemente el orden público provincial, al validar obligaciones no cumplidas de una empresa quebrada.

El entonces Fiscal de Estado, Fernando Tanarro, objetó la decisión y denunció que se trataba de un acto administrativo que “violaba gravemente el interés público”, porque las tierras fiscales no pueden ser utilizadas para remates destinados al pago de acreedores. Según sostuvo, el CAP había actuado presionado por la jueza de la quiebra, que insistía en reiteradas oportunidades con la escrituración.

Destino Remate

Con el rechazo del recurso de queja, la Provincia queda sin la posibilidad de revisar la decisión que declaró extemporánea su apelación. Por lo tanto el terreno queda en firme como patrimonio de la fallida empresa, y pasará a formar parte de los bienes que deben ser rematados para el pago de acreedores.

Ahora Calafate consultó al secretario general del Sindicato de Empleados de Comercio (SEC), Claudio Silva, quien indicó que hay empleados que cobraron algunas sumas de dinero que la empresa les adeudaba. Pero dijo desconocer si lo que se obtenga del remate de este terreno, será para pagar lo que falta a los ex empleados, o también se destinará a proveedores. Eso lo decidirá el síndico de la quiebra. 

 

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