La Corte Suprema aceptó dos demandas de Santa Cruz contra Nación, pero rechazó medidas cautelares

Los fallos refieren a compensaciones del Consenso Fiscal 2017 y al financiamiento del sistema previsional santacruceño. Esta última es porque desde enero del año pasado el Estado Nacional no ha girado los fondos para compensar el déficit de la Caja de Previsión Social, como está acordado desde 1999. El máximo tribunal declaró su competencia originaria en las causas iniciadas por el gobierno de Vidal debido a deudas y transferencias incumplidas, aunque decidió que los reclamos continúen por la vía ordinaria y sin anticipar pagos.
Santa Cruz15/12/2025Guillermo Pérez LuqueGuillermo Pérez Luque

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La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió avanzar en el tratamiento de dos demandas presentadas por la provincia de Santa Cruz contra el Estado Nacional, en reclamos millonarios vinculados a compromisos fiscales y previsionales.

En ambos casos, el tribunal confirmó que las causas deberán tramitarse en su competencia originaria, pero rechazó las medidas cautelares pedidas por Santa Cruz, que buscaban ordenar a Nación pagos inmediatos mientras se sustancia el proceso.

Los fallos a los que accedió Ahora Calafate llevan fecha del 11 de diciembre y marcan un nuevo capítulo en la disputa judicial entre la provincia y Nación por fondos que Santa Cruz considera adeudados.

Reclamo por el Consenso Fiscal 2017

El primero de los expedientes corresponde a una demanda iniciada por la provincia, que reclama el pago de 589,3 millones de pesos más intereses, correspondientes a ajustes pendientes de compensación previstos en el denominado Consenso Fiscal 2017.

Según se expone en la demanda, ese acuerdo firmado entre Nación y las provincias en noviembre de 2017 y ratificado por leyes nacionales y provinciales, estableció que el Estado Nacional debía compensar a las jurisdicciones por la pérdida de recursos ocasionada por cambios en el Impuesto a las Ganancias y en el impuesto a los débitos y créditos bancarios. Dichas compensaciones debían realizarse mediante transferencias automáticas, actualizadas trimestralmente y destinadas a obras de infraestructura.

Santa Cruz sostiene que esos fondos no fueron transferidos en su totalidad durante 2023 ni en los primeros meses de 2024, lo que motivó el reclamo judicial y el pedido de una medida cautelar para que se giren de manera inmediata.

El reclamo judicial fue ordenado por el Gobernador Claudio Vidal y Llevado adelante por el Fiscal de Estado (ahora saliente) Dr. Ramiro Castillo, Fiscal de Estado. La presentación contó con el patrocinio de los doctores Claudio Franchello y Andrea B. Askenazi.

La Corte, sin embargo, consideró que no estaban dadas las condiciones para ordenar el pago anticipado, al entender que ello implicaría adelantar el resultado final del juicio. De este modo, rechazó la cautelar, pero ordenó que la demanda continúe su trámite por el proceso ordinario.

Los actuales tres miembros de la Corte Suprema, Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, coincidieron en el sentido de este fallo y del siguiente

Financiamiento de la Caja de Previsión

El segundo expediente tiene un origen distinto y apunta al financiamiento del sistema previsional provincial. En este caso, Santa Cruz promovió una acción declarativa de inconstitucionalidad contra el Estado Nacional y la ANSES, cuestionando el artículo 18 del decreto 280/2024.

La provincia argumenta que esa norma interrumpió de manera ilegítima las transferencias que Nación debía realizar para cubrir el déficit de la Caja de Previsión Social (CPS) , un sistema que Santa Cruz nunca transfirió al ámbito nacional.

El reclamo se apoya en acuerdos de larga data, como el Compromiso Federal de 1999, y en convenios bilaterales posteriores firmados con ANSES, además de leyes y decretos que establecían anticipos mensuales actualizados para financiar los sistemas previsionales provinciales no transferidos.

Según la demanda, desde comienzos de 2024 la ANSES no giró ningún fondo a Santa Cruz, situación que la provincia atribuye directamente al decreto cuestionado. Por ese motivo, además de pedir la declaración de inconstitucionalidad, solicitó una cautelar para que se restablezcan los pagos.

Al igual que en el otro expediente, la Corte declaró su competencia originaria y ordenó correr traslado de la demanda, pero no hizo lugar a la medida cautelar, por lo que el fondo del asunto deberá resolverse más adelante.

En ambos fallos, el máximo tribunal dejó en claro que aún no se expidió sobre la validez de los reclamos ni sobre la existencia efectiva de las deudas. Las decisiones se limitaron a definir el ámbito de competencia y el modo en que continuarán los procesos judiciales.

Así, las dos causas seguirán su curso en la Corte Suprema, con la intervención del Estado Nacional, y será recién en una sentencia posterior cuando se determine si Nación deberá o no pagar los montos reclamados por Santa Cruz.

Mientras tanto, la provincia no contará con transferencias extraordinarias ni anticipos judiciales, y el conflicto queda planteado en el máximo nivel institucional.

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