
Santa Cruz prorroga el Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio en todas las localidades

El reporte epidemiológico elaborado por el Ministerio de Salud y Ambiente de fecha 11 de marzo del corriente año, surge que todas las localidades presentan casos activos, con mayor transmisibilidad las localidades de Rio Turbio, 28 de Noviembre, y un brote de reciente comienzo en la localidad de Tres Lagos, detectándose además un leve aumento en la localidad de Rio Gallegos en relación a los días previos, por lo que se verifica una disímil situación en cuanto a la capacidad de asistencia sanitaria del sistema de salud provincial.
En tanto el DNU Nº 168/21, originado a partir del análisis de los indicadores epidemiológicos de todas las zonas, se entiende que continúan conviviendo distintas realidades que deben ser abordadas de forma diferente. No obstante indica que se debe continuar con el fortalecimiento de las medidas de prevención de COVID-19 de acuerdo a las particularidades de cada una de ellas y a la dinámica de la epidemia.
En este sentido, el Decreto Nº 278 todos los departamentos de la provincia de Santa Cruz quedan alcanzados por las medidas de distanciamiento social, preventivo y obligatorio desde el 12 de marzo hasta el 09 de abril de 2021 inclusive. El sistema de salud debe continuar en alerta para la detección temprana de casos y los sistemas de atención primaria reforzar las estrategias para lograr un mejor rastreo de contactos estrechos. Asimismo es importante destacar que sin perjuicio, la provincia ha comenzado con el proceso de inoculación de vacunas en forma paulatina - de conformidad al orden de prioridad de los grupos de población establecido en el Plan Estratégico para la Vacunación contra la COVID-19-, se debe insistir en apelar a la responsabilidad tanto individual como colectiva en lo que a pautas de conducta e higiene se refiere, uso obligatorio de tapabocas, así como el cumplimiento estricto de los protocolos sanitarios aprobados por el Ministerio de Salud y Ambiente de la Provincia a los efectos de mantener y/o reducir los indicadores epidemiológicos.


También el decreto indica que los Centros Operativos de Emergencia Municipales y/o Locales podrán adoptar medidas sanitarias o de bioseguridad tendiente al control del ingreso de personas a sus localidades por razones particulares, recomendando, que entre las medidas a implementar, se podrá requerir la prueba de PCR con resultado negativo a las personas mayores de 15 años efectuado dentro de las 36 horas antes del ingreso a la localidad o en su defecto disponer el aislamiento respectivo.
TEXTO COMPLETO DEL DECRETO AQUI






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