Condenaron a cuatro años de cárcel a hombre que traía cocaína a El Calafate

El Tribunal Oral Federal impuso esa pena a un mozo que hace 7 años y medio, en 2012, transportaba 215 gramos de cocaína, mientras viajaba a bordo de un colectivo procedente desde Bariloche.

Sociedad 05/02/2020
TRibunal federal

El 30 de septiembre de 2012, Juan Bernardo Vargas Mancilla, oriundo de Chile, trasportaba escondido en el baño del ómnibus de la Empresa “TAQSA MARGA” proveniente de Bariloche con destino a Calafate, dos paquetes envueltos en cinta de color ocre y otros dos de menores dimensiones, envueltos en nylon transparente, conteniendo los mismos en su interior 214, 7 gramos de cocaína, con cafeína como sustancia de corte.

Horas atrás Mancilla fue juzgado por los jueces federales de la Cámara Oral Federal de Río Gallegos, quienes tras el debate lo encontraron autor penalmente responsable del delito de: “Transporte de Estupefacientes”, y decidieron condenarlo a la pena de cuatro años en efectivo.

Durante el juicio oral el acusado negó su culpabilidad y luego contó que el operativo de Gendarmería, según un papel que tiene en su poder, manifiesta que la droga no fue encontrada en el baño, sino en la silla de ruedas de su hija, cuando ella nunca usó silla de ruedas.

En este contexto siguió ejerciendo su defensa y narró que toma mucha bebida durante los viajes, por su diabetes, y cuando vio que llegaba Gendarmería bajó al baño, pero le ganó otro señor grande con una riñonera. Él esperó y entró después. Y justo en ese instante entró Gendarmería; él insistió que lo dejaran ir al baño porque tenía mucha necesidad, pero el oficial no lo dejó, y le ordenó que subiera al colectivo.

Contó que después del operativo, cuando estaban por partir, uno de los gendarmes entró al baño y sacó del cesto la droga, y preguntó quién fue el último que entró, y todos le apuntaron a él, asegurando que nunca pudo ir al baño porque el oficial no lo dejó.

La fiscal mantuvo la acusación

Luego de su relato, las partes escucharon los alegatos de la representante del Ministerio Público Fiscal, Dra. Patricia Kloster quien manifestó que, a partir de la prueba producida y la agregada durante la instrucción, quedó acreditado que el 30 de septiembre de 2012 el Escuadrón de Gendarmería que se encontraba apostado en el portal de acceso de Calafate, y en el marco de un operativo de prevención, paró al colectivo Taqsa-Marga para su control.

Continuó diciendo que uno de los testigos –Gendarme- describió como hizo la señalización para que parara y vio como una persona lo miró desde el colectivo y que luego al ingresar al colectivo, tenía medio cuerpo adentro del baño. Le insiste en que volviera a su asiento, y el imputado pese a oponerse diciendo que era diabético, finalmente vuelve a su asiento, resultando ser la persona que él había descripto previamente.

En sus fundamentos se refirió al testigo de actuación, quien relató que cuando el colectivo va parando al control, ve que una persona baja corriendo por la escalera y entra muy nervioso al baño. Esto le llamó la atención; dice que entraron los gendarmes, discutieron y lo hicieron volver a su asiento.

Luego se les solicitó a todos los pasajeros que descendieran con sus pertenencias. Brítez, guía de can, se ocupó de la bodega del colectivo, y advirtió que cerca del tubo del aire que conecta con el baño, se excita. Esto se lo comunica al cabo primero Albornoz. Fernández quien encuentra la sustancia, dentro del cesto del baño. Ahí convocan a los testigos, un pasajero y el conductor del colectivo, quien, si bien confundió el lugar de encuentro de la droga, coincide en que estaba en el baño.

Finalizada su exposición la fiscal, sentenció que no tiene duda que la droga fue arrojada por el control de gendarmería; y quien se deshizo de esa droga fue Mancilla, agregando que el imputado dijo que no llegó a entrar al baño; porque entró otra persona corpulenta; circunstancia que podría generar cierta duda pero debe ser desechada por el Tribunal pues no hubo tiempo real para que eso sucediera.

Para la fiscalía quedó acreditado de que fue Mancilla quien se deshizo del tóxico en el baño. Por lo que entendió que es autor del delito de “transporte de estupefaciente” – ya que sabía lo que trasladaba y quería trasladarlo; y solicitó una condena de cuatro años de prisión de efectivo cumplimiento

Fundamentos de los jueces

Para los jueces federales, la versión del imputado aparece a todas luces falaz y acomodada tardíamente, manifestando que su apuro en ir al baño se originaba en su gran ingesta de líquidos por una supuesta enfermedad diabética; sin embargo, los gendarmes manifestaron que durante las horas que duró el procedimiento el nombrado no solicitó pasar al baño.

Además, entendieron que Mancilla en su descargo, intentó introducir la presencia de un supuesto sujeto, al que describe como corpulento y que convenientemente usaba una riñonera, que había entrado instantes antes que él al baño del micro pero manifestando que no informó de ello al personal actuante porque “se le pasó por alto” pese a que cuando los gendarmes preguntaron quién fue el último que entró al baño “todos le apuntaron a él”.

Por otro lado, sostuvieron que no existió contradicción entre los relatos de los testigos, dado a que uno de ellos manifestó haber visto al imputado entrar al baño y cerrar la puerta mientras que el gendarme aclaró que supuso que el sujeto intentaba entrar, por deducción, cuando él mismo le manifestó su deseo de usar el baño en cuestión y agregó que Mancilla, con medio cuerpo dentro del baño, y mientras insistía en permanecer en el, accedió a volver a su asiento previo a mover el cesto con una de sus extremidades.

Es por ello que las mentiras de Mancilla se acumularon y mostraron con claridad la intención de adecuar su relato a las constancias probadas de la causa intentando justificar su repentino apuro por escabullirse en el baño, donde fue hallado el toxico, su notorio nerviosismo que uno de los testigos describió como desesperación, pero que el imputado dice haber visto en sujetos imaginarios o en los mismos choferes del micro sobre los que expresa infundadas sospechas, o una supuesta venganza del propietario de la empresa de trasporte posterior a lo actuado.

Las pruebas indirectas que fueron reunidas en la causa, fueron contundentes para que los jueces determinaran que Juan Bernardo Vargas Mancilla, mientras viajaba a bordo de un ómnibus de la Empresa Taqsa- Marga, desde la ciudad de Bariloche con destino a El Calafate, trasportaba consigo cuatro envoltorios conteniendo 214,7 gramos de cocaína y que, al advertir la existencia de un control de ruta de la Gendarmería Nacional en el portal de ingreso de la ciudad de destino, arrojó presurosamente el material en el cesto de la basura ubicado en el baño de ese medio de transporte. (TN Rio Gallegos)

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