Buscan limitar al 5% el contenido de grasa en la carne picada

El diputado calafateño Fabio Oyarzun presentó un proyecto de ley en tal sentido, ante la práctica comercial de venta de carne picada o molida con alto contenido de grasa. “Lo que se ofrece al consumidor es grasa con restos cárneos, que lamentablemente -como su precio es menor- es consumida por los sectores sociales más vulnerables de nuestro pueblo”, afirma el legislador.

El diputado Fabio Oyarzun presentó un proyecto de Ley que busca limitar el contenido de grasa en las carne picada y o hamburguesas de venta al público en comercios de la provincia de Santa Cruz.

La iniciativa fue presentada el 22 de agosto pasado  y ya está siendo analizada en cuatro comisiones: “Desarrollo social, salud, derechos humanos y deporte”; “Industria, comercio y turismo”; “Asuntos municipales”; y “Legislación general”. 

El primer artículo del proyecto de ley 541/22 al que accedió Ahora Calafate establece que “la comercialización de las llamadas carnes picadas o molidas, así como la elaboración de hamburguesas y/o cualquier otro producto en el que se utilice dicha materia, además de las exigencias establecidas por el Código Alimentario Argentino, no deberán contener un tenor graso superior el 5% de su peso neto”.

“Nuestra propuesta viene a poner un límite a lo que a las claras resulta una práctica abusiva por parte del sector comercial que realiza venta de carnes y que entre sus subproductos ofrece a los consumidores la carne triturada o picada, a un valor que la hace accesible frente a los otros productos cárnicos”, asegura su autor.

“Lo que se ofrece al consumidor no resulta ser carne molida, es grasa con restos cárneos, que lamentablemente -como su precio es menor- es consumida por los sectores sociales más vulnerables de nuestro pueblo”, agrega.

Además de Oyarzún, firman el proyecto Juan Manuel Miñones y Laura Hindie. Su segundo artículo determina que “en todos los lugares de venta al público de carne de la Provincia de Santa Cruz deberá exhibirse una cartelera en lugar visible que provea información clara y precisa sobre la obligación establecida en la presente”.

“Estoy convencido que a nadie le ha pasado desapercibido la desaprensión y falta de control que existe en la elaboración  de dichas carnes, donde prácticamente todo vale todo se muele (recortes-grasa indiscriminada-nervios) en franca violación al Código Alimentario Argentino)”.

En tal sentido el artículo 3° del proyecto indica que la Dirección General de Regulación y fiscalización mediante el Departamento de Bromatología y Salud tendrá a su cargo el control y la verificación de los establecimientos comerciales habilitados a tal fin; pudiendo, conforme a la normativa vigente, proceder al decomiso y clausura de los que no cumplan con los preceptos establecidos en la presente Ley.

El diputado calafateño aseguró que “esta conducta comercial debe ser impedida y que debemos garantizarle al consumidor mediante un fuerte control por parte del estado una mínima protección frente a estas prácticas abusivas”. 

Para ello consideró “crucial la inspección de los comercios expendedores, que proporcione información para establecer estrategias de prevención y control”.

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