Vidal entró en la disputa por las jubilaciones del TSJ y la Caja negó que fueran compulsivas
La decisión de la Caja de Previsión Social (CPS) de aprobar 27 beneficios jubilatorios, entre ellos los correspondientes a tres vocales del Tribunal Superior de Justicia, continúa generando repercusiones y este martes tuvo la intervención directa del gobernador Claudio Vidal.
El mandatario se refirió esta mañana al conflicto abierto después de que se conocieran las jubilaciones de Reneé Fernández, Alicia Mercau y Paula Ludueña, y ubicó la controversia dentro de su enfrentamiento político con la oposición y de la disputa que desde hace tiempo atraviesa al máximo tribunal provincial.
Sus declaraciones se conocieron después de que Ludueña calificara lo ocurrido como una “jubilación compulsiva” y asegurara que ninguna de las tres magistradas había renunciado a su cargo.
En las últimas horas también respondió el presidente de la CPS, Pablo Pérez, quien negó esa interpretación y sostuvo que los 27 expedientes fueron iniciados voluntariamente por sus titulares.
Vidal: “La Justicia empieza a escuchar al pueblo”
Al ser consultado sobre la situación de las tres vocales y sobre quiénes podrían ocupar esas vocalías en caso de concretarse sus salidas, Vidal respondió que los eventuales reemplazos serán analizados más adelante.
“Eso se va a determinar después en una mesa de trabajo”, señaló. Pero inmediatamente llevó su respuesta hacia la situación general del Poder Judicial.
“Lo importante es que con mucho esfuerzo, de a poquito, pero la Justicia empieza a escuchar al pueblo de Santa Cruz por primera vez en muchos años”, afirmó el gobernador.
Vidal destacó en ese sentido que el Tribunal Superior comenzó a realizar auditorías sobre juzgados de distintas localidades.
“Vemos que el Tribunal Superior de Justicia empieza a auditar los distintos juzgados de toda la provincia, y eso es lo que tenía que pasar hace mucho tiempo”, agregó.
El gobernador no ingresó en los detalles previsionales del procedimiento, pero colocó la controversia dentro de una disputa política más amplia y volvió a apuntar contra la oposición.
La respuesta de la Caja
Paralelamente, el presidente de la Caja de Previsión Social, Pablo Pérez, salió a responder los cuestionamientos sobre la forma en que fueron otorgados los 27 beneficios.
Su explicación apunta directamente a rechazar el concepto de “jubilación compulsiva” utilizado por Ludueña.
“La Caja no inició de oficio estos trámites ni obligó a nadie a jubilarse”, afirmó Pérez.
Según explicó, los expedientes corresponden a personas que iniciaron voluntariamente sus trámites jubilatorios, presentaron la documentación requerida y manifestaron formalmente su intención de acceder al beneficio.
A partir de allí, sostuvo, la CPS verificó los servicios prestados, los aportes realizados y el cumplimiento de los requisitos establecidos por la Ley Provincial 1782 y, cuando correspondía, concedió la jubilación.
Esta explicación coincide en un punto con lo expresado por la propia Ludueña: las magistradas efectivamente habían iniciado sus trámites jubilatorios. La diferencia está en qué consecuencias tiene ahora aquella decisión.
El Decreto 608, nuevamente en el centro
Como informó Ahora Calafate, la controversia tiene como pieza fundamental el Decreto 608/2024, que establece el procedimiento a seguir una vez otorgado el beneficio.
La norma determina que, concedida la jubilación y efectuada la correspondiente notificación, comienza a correr el plazo para concretar el cese en la actividad.
También contempla la posibilidad de una prórroga de hasta 180 días por razones de servicio.
Pérez defendió la aplicación de ese mecanismo. Desde la CPS aseguran que no existe una selección de expedientes de acuerdo con las personas o los cargos que ocupan.
“Los expedientes no se eligen”, afirmó el presidente del organismo, quien sostuvo que la Ley 1782 debe aplicarse “a todos los afiliados”.
De acuerdo con la información proporcionada por Pérez, existen actualmente más de 300 personas iniciaron voluntariamente sus jubilaciones, reúnen las condiciones para obtenerlas y todavía no concretaron el cese de la actividad.
¿Jubilación o remoción?
Otro de los aspectos sensibles del conflicto es la condición de magistradas de las tres integrantes del Tribunal Superior y las garantías constitucionales que rodean la estabilidad de los jueces.
Pérez diferenció expresamente esa cuestión de la actuación administrativa de la Caja. “Una cosa es remover a un magistrado contra su voluntad y otra muy distinta es determinar las condiciones jurídicas de una jubilación que el propio interesado solicitó voluntariamente”, afirmó.
Según el presidente de la CPS, el organismo previsional no determina quién puede permanecer o no en un cargo judicial. Su competencia, sostuvo, consiste en establecer si una persona tiene derecho a una prestación previsional y resolver el expediente conforme a las normas vigentes.
“Si una persona solicita una jubilación y cumple con todos los requisitos, la responsabilidad de la Caja es resolver ese expediente”, concluyó Pérez.