Buscan asegurar que las tierras de La Florida sean destinadas exclusivamente a viviendas
El proyecto impulsado por el Gobierno de Santa Cruz para desafectar tierras en el paraje La Florida continúa siendo analizado en la Cámara de Diputados. La iniciativa tiene como objetivo generar una alternativa frente a la demanda habitacional de El Chaltén, pero ahora se busca que esa finalidad quede expresamente garantizada en el texto de la futura ley.
Durante la reunión de la Comisión de Recursos Naturales realizada este martes, el diputado Carlos Alegría presentó un escrito con modificaciones al articulado original. La propuesta fue elaborada a partir de las observaciones formuladas durante el encuentro mantenido el 25 de agosto con representantes del Consejo Agrario Provincial y de áreas técnicas del Ministerio de Salud y Ambiente.
El legislador explicó que los cambios fueron redactados “con el propósito firme de avanzar en una norma pensada para la gente y no para la especulación”.
Como viene informando Ahora Calafate el Proyecto de Ley enviado por el Poder Ejecutivo, propone desafectar una superficie de 69 hectáreas, 78 áreas y 16 centiáreas de tierras fiscales provinciales.
El sector se encuentra en el paraje La Florida y forma parte de la Reserva Natural inscripta a través del Decreto Provincial N.º 608/2004.
La intención manifestada por el Ejecutivo es utilizar esas tierras para dar respuesta a la falta de suelo urbano y a la crisis habitacional de El Chaltén. Sin embargo, durante el tratamiento legislativo surgieron pedidos para que el articulado establezca con mayor precisión qué uso podrá darse a la superficie, quiénes tendrán prioridad y qué ocurrirá si los estudios determinan que no es posible urbanizarla.
La propuesta de Alegría no modifica el objetivo general del proyecto, sino que busca incorporarlo de manera expresa y limitar cualquier utilización diferente.
Destino exclusivo para viviendas
Ahora Calafate accedió al texto que ahora analiza la comisión de Recursos Naturales. El nuevo artículo segundo del te establece que la superficie desafectada tendrá como “destino exclusivo la elaboración y ejecución de un Plan Urbanístico para el desarrollo de soluciones habitacionales y acceso social a la tierra”.
Ese plan deberá quedar a cargo de la Municipalidad de El Chaltén, en coordinación con las áreas competentes del Gobierno provincial.
La propuesta también dispone que la selección y adjudicación de las parcelas deberá realizarse mediante criterios “objetivos, públicos y verificables”, con prioridad para residentes permanentes de El Chaltén que acrediten una necesidad habitacional.
Las tierras adjudicadas tendrán que ser destinadas a vivienda única y permanente. Además, deberán implementarse mecanismos de control para evitar la especulación inmobiliaria, las transferencias irregulares y cualquier incumplimiento de la finalidad establecida por la ley.
Estudios antes de urbanizar
Otro de los cambios centrales es que la desafectación no habilitará por sí sola el desarrollo del loteo.
El texto propuesto establece que cualquier avance deberá estar precedido por estudios que acrediten la viabilidad ambiental, hídrica, territorial, urbanística y de infraestructura del área.
De esa manera, no podrán iniciarse subdivisiones, aperturas de calles, adjudicaciones u obras sin contar previamente con los informes y dictámenes de los organismos provinciales y municipales competentes.
“La finalidad es evitar que la sanción de una ley produzca, por sí sola, un derecho automático al desarrollo urbanístico de la superficie involucrada cuando los estudios posteriores determinen que existen condiciones que impiden o desaconsejan dicho destino”, señala el documento.
Restituir la protección si el loteo no es viable
La propuesta también intenta responder qué ocurrirá con las tierras si los estudios concluyen que el área no es apta para la futura urbanización.
En ese caso, la autoridad competente deberá comunicar el resultado al Poder Ejecutivo y a la Cámara de Diputados. Luego deberán promoverse las medidas administrativas o legislativas necesarias para que la superficie permanezca o sea reincorporada al régimen de protección correspondiente.
Durante la comisión se debatió si la ley debe definir la desafectación como “transitoria” desde su primer artículo o si resulta más conveniente establecer un procedimiento específico para recuperar la protección.
Alegría consideró que una fórmula de restitución automática, sin indicar previamente qué organismo debe intervenir ni mediante qué instrumento se formalizará, podría generar dificultades jurídicas.
“El objetivo es impedir que una eventual desafectación sea utilizada con fines especulativos si posteriormente se verifica que el área no resulta apta para el destino habitacional que justifica la iniciativa”, afirmó en su presentación.
La nueva redacción también refuerza la obligación de elaborar un plan urbanístico antes de avanzar con el loteo. Se deberán reservar espacios para una escuela, un centro sanitario, un cuartel de bomberos, una dependencia policial y áreas públicas de esparcimiento.
También tendrá que contemplar sistemas de agua potable, gas, energía eléctrica, tratamiento de líquidos cloacales y gestión de residuos.
También se menciona además las obras necesarias para conectar el futuro desarrollo con El Chaltén, entre ellas un puente sobre el río Las Vueltas, el mejoramiento de la ruta de vinculación, obras complementarias y señalización. Su ejecución quedará sujeta a estudios de factibilidad y a la disponibilidad presupuestaria provincial.
Para la superficie de la reserva que permanezca protegida se propone una recategorización como Paisaje Terrestre Protegido, dentro de la Categoría V establecida por la Ley Provincial N.º 3466. Esta modificación también deberá ser evaluada por la autoridad ambiental.
Finalmente, la Comisión de Recursos Naturales resolvió enviar las modificaciones a sus integrantes para que sean analizadas junto con sus equipos técnicos.
La nueva redacción también será remitida al Consejo Agrario Provincial, a las áreas ambientales que participaron de la reunión del 25 de agosto y a la Dirección de Asuntos Legales de la Cámara de Diputados.
Esos organismos deberán pronunciarse sobre la viabilidad de la desafectación, el mecanismo para restituir la protección, la disponibilidad de servicios, las obras de infraestructura y las condiciones ambientales que deberían cumplirse.