Santa Cruz adherirá a la Ley que incentiva el uso de energía renovable
El proyecto presentado por el diputado Juan Manuel Miñones, establece la adhesión de la provincial al Régimen de Fomento a la Generación Distribuida de Energía Renovable Integrada a la Red Eléctrica Pública. Recibió despacho favorable en comisiones.
Santa Cruz está cerca de adherir al Régimen de Fomento a la Generación Distribuida de Energía Renovable Integrada a la Red Eléctrica Pública, creado por Ley N° 27.424.
Dicha norma establece el marco regulatorio para que todos los ciudadanos conectados a la red eléctrica puedan generar energía para su autoconsumo en hogares, PyMEs, grandes industrias, comercios, producción agrícola, entes públicos y organismos oficiales, entre otros.
La Generación Distribuida es el uso de Fuentes Renovables, como el sol, el viento, el agua en cauces de río, la biomasa, y otros, para generar energía eléctrica destinada al autoconsumo.
El excedente de energía generada podrá ser inyectada a la red, recibiendo el Usuario-Generador (UG) una compensación por ello. Y a su vez podrá acceder a una serie de beneficios promocionales.
En sesiones anteriores el diputado calafateño Juan Manuel Miñones presentó el proyecto para que Santa Cruz adhiera a la Ley Nacional, con el objetivo de “promover la generación domiciliaria de energía y así disminuir la producción energética con base en la combustión de combustibles fósiles y/o de métodos convencionales de su producción”, manifiesta.
A AHORA CALAFATE el legislador le contó que la iniciativa fue presentada a instancias de la directora de Medio Ambiente de la municipalidad de El Chaltén, Florencia Fortini, quien investigó sobre el tema y brindó asistencia y asesoramiento.
Además de la adhesión, el proyecto de Ley que ya pasó por las comisiones correspondientes, establece la eximición del pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos a los ingresos obtenidos por la actividad de inyección a la red de excedentes de energía eléctrica.
A su vez determina que Servicios Públicos SE “deberá adecuar su infraestructura para dar cumplimiento a los requerimientos de la Ley Nacional 27.424 dentro del plazo de 12 (doce) meses desde la aprobación”.
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