Para ir a otras ciudades, solo con el permiso de circulación

Es lo que dejó en claro el Gobierno provincial. Se habilita la libre circulación dentro de las localidades pero para ir a otra ciudad hay que tramitar el permiso de circulación, que contempla motivos especiales.

El secretario de estado de Salud Pública, Ignacio Suárez Moré, anunció que entre las medidas que permanecen sin cambios a pesar del cambio de fase en la que se encuentra Santa Cruz, están las restricciones al tránsito interurbano, de una localidad a otra.

“La circulación dentro de las localidades es libre”, dijo el funcionario provincial. Y aclaró que para la circulación interjurisdiccional, es decir dentro del territorio provincial y entre localidades, “se debe solicitar el permiso de circulación”.

En un informe audiovisual el Secretario de Salud Pública de Santa Cruz agregó además “que no está permitido la circulación entre provincia, salvo autorización de la Secretaria de Transporte de la Nación” 

La decisión del gobierno provincial de mantener esta restricción va en consonancia con lo dispuesto en el último decreto nacional (N°520/20), que  en su artículo 4° establece Límites a la Circulación, que textualmente dice:

“Queda prohibida la circulación de las personas alcanzadas por la medida de  distanciamiento social, preventivo y obligatorio” por fuera del límite del departamento o partido donde residan, salvo que posean el “Certificado Único Habilitante para Circulación - Emergencia COVID-19” que los habilite a tal efecto”.

En Santa Cruz el permiso de circulación se tramite on line en el siguiente link 

AQUI

Allí se puede ver que los motivos para pedir autorización para circular están acotados a razones laborales (que deben ser justificadas) o razones personales.

Estas últimas solo contemplan cuatro motivos que son causales para solicitar el permiso. Son los siguientes.

  • Personas que asistan a otras con discapacidad, patologías de salud mental.
  • Personas que asistan adultos mayores.
  • Medidas de excepción para que padres y madres puedan trasladar a niños, niñas y adolescentes.
  • Circulación personas con discapacidad y aquellas comprendidas en el colectivo de trastorno del espectro autista, breves salidas en la cercanía, junto con un familiar o conviviente.

 

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