
CARTAS ORGÁNICAS: DOBLE LECTURA



“Río Gallegos no ha tenido una buena planificación a lo largo de su historia, ha crecido en forma desmedida por distintos factores. Las urbanizaciones no han sido controladas, se han entregado terrenos sin tener en cuenta factores importantes que hacen a la calidad de vida del habitante y cuando un vecino recibe un terreno tiene la potestad de hacer lo que quiera, resumió, lo que forma la base de los principales problemas. (…)
‘En Río Gallegos parece que está mal poner límites. Cuando se entrega un terreno el adjudicatario tiene la potestad de hacer lo que quiera’, dijo. (…)
‘Hay una proyección que hizo el Indec hasta el año 2024 que en Río Gallegos habrá aproximadamente 120.000 habitantes. Hoy por hoy, hay tres ejes que determinan hacia dónde está creciendo la ciudad: uno es la Ruta 3/40 entre Río Gallegos y Güer Aike; el otro tramo es esta misma Ruta entre Río Gallegos y Chimen Aike y que último, la avenida Asturias hacia la Ruta Provincial 53’. Opinó que ‘el intersticio que queda entre esos ejes hay que ocuparlo y no seguirse extendiendo. Nuestro ejido es de casi 10,000 ha; no hay municipio que pueda sostener tantas distancias para tender servicios, atender la recolección, llegar con el transporte público”. (1)


Alicia Cáceres (2022)
Salvo los autoritarios y los de pensamiento único en el Siglo XXI está generalizado que el poder reside en el pueblo y que este lo delega por tiempos determinados únicamente a quienes son elegidos electoralmente.
La consulta institucional a los electores enriquece notablemente a la democracia.
Las comunidades que cuentan con sus respectivas cartas orgánicas y, por lo tanto, poseen autonomía plena, pueden avanzar notablemente en mecanismos de participación ciudadana contribuyendo así a acrecentar las oportunidades de un mayor desarrollo sustentable.
Además, los textos de las respectivas cartas orgánicas contribuyen en mucho como contenido a la capacitación de los habitantes.
Será muy oportuno que, aunque sea algunos medios de comunicación social y periodistas interesados en cuestiones ciudadanas, empleen cinco minutos diarios a leer al aire o transcribiendo en una página un artículo de cualquiera de las cartas orgánicas existentes.
Seguramente en algo mejorará la calidad de vida de los habitantes.
¿Y EL SOBERANO QUÉ PIENSA?
El mecanismo legislativo de doble lectura es el que determina que, una vez aprobada, por caso, una ordenanza, la misma queda a consideración pública para su conocimiento, debate y eventuales propuestas de modificaciones. Luego vuelve al Recinto y una vez analizados los posibles aportes, se vuelve a votar esta vez en forma definitiva. De esta manera los legisladores amplían su poder inherente a su cargo, pues en vez de aprobar en primera vuelta escuchan al pueblo estableciéndose una saludable instancia de consulta popular.
En el caso de la Carta Orgánica de Bariloche es solamente para algunos casos que están detallados en el artículo 43°:
APROBACION
“Todo proyecto es aprobado por mayoría absoluta o especial, según el caso, por votaciones en general y en particular de cada uno de los artículos.
Una vez aprobado, se difunde a la población de la Provincia por los medios de comunicación a los efectos de conocer la opinión popular, conforme al reglamento.
SANCION
Transcurridos quince días desde la aprobación se someterá a nueva votación en general y en particular; si obtiene la mayoría requerida queda sancionada como ley.
EXCEPCIONES
Se excluyen del trámite prescripto:
1. Los proyectos que ratifican los convenios suscriptos por el Poder Ejecutivo y el proyecto de ley de presupuesto.
2. Los proyectos que remita el Poder Ejecutivo, previo acuerdo general de ministros, con carácter de urgencia. Estas excepciones se sancionan en una única vuelta. (…)
Todo habitante de la Provincia puede peticionar la revocatoria de una ley a partir de su promulgación.
La ley determina el funcionamiento del registro de adhesiones, los plazos y el referéndum obligatorio”. (2)
DADO LO DICHO
La capacitación de los vecinos en cuestiones de ciudadanía es una cuestión fundamental, sobre todo en contextos políticos con marcados sesgos de concentración del poder mediante el continuismo durante varios quinqueños.
Los textos de las cartas orgánicas son principales en cuanto a antecedentes para ser estudiados en profundidad, inclusive en comunidades que todavía carecen de autonomía plena como todas las ciudades de la Provincia de Santa Cruz, desde 1957.
NOTAS Y REFERENCIAS
Alejandro Rojo Vivot brindó numerosas conferencias en Perú invitado por organismos internacionales.
1) Cáceres, Alicia. La importancia de la planificación urbana en Río Gallegos. Tiempo Sur, Río Gallegos, Provincia de Santa Cruz. Argentina. 17 de noviembre de 2022.
2) Constitución. Artículos 141°, 142°, 143° y 149°. Provincia de Río Negro, Argentina.
Por Alejandro Rojo Vivot - Escritor








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