Dos nuevos proyectos para la próxima Ley Electoral. Similitudes y diferencias

Con la ley electoral provisoria vigente solo hasta el 31 de diciembre, Santa Cruz enfrenta la necesidad urgente de definir un nuevo marco legal para sus elecciones. Dos proyectos se presentaron en la última sesión. Ambos buscan consolidar un régimen permanente que reemplace definitivamente a la derogada Ley de Lemas, pero lo hacen con herramientas distintas.
Santa Cruz12/12/2025Guillermo Pérez LuqueGuillermo Pérez Luque
urna-voto

Un proyecto fue presentado por legisladores del bloque oficialista Por Santa Cruz y el otro del bloque unipersonal CC-ARI. Ambos compartir como diagnóstico que el sistema electoral santacruceño necesitaba una reforma estructural. Los dos textos asumen que la Ley de Lemas fue sinónimo de distorsiones en la voluntad popular y que la ciudadanía demanda procesos más transparentes, simples y controlables.

Los dos proyectos coinciden en un punto central: la adopción de la Boleta Única en formato papel. El del oficialismo establece un sistema de Boleta Única para cada categoría electoral, que concentra en un solo documento toda la oferta de partidos, alianzas y candidatos. 

El de Pedro Muñoz también adopta la Boleta Única, pero en la modalidad por categoría, inspirada en el modelo de la provincia de Santa Fe y alineada con lo que se conoce como “sistema australiano”.

Ambas iniciativas destacan que la Boleta Única reduce costos de impresión, evita el robo y la desaparición de boletas, garantiza que toda la oferta electoral esté disponible en el cuarto oscuro, simplifica el escrutinio y mejora la fiscalización. 

En los fundamentos, los dos espacios políticos coinciden en vincular este cambio con un incremento de la transparencia, una reducción de prácticas clientelares y una mayor equidad en la competencia entre listas.

PASO o NO?

Ahora Calafate analizó ambos proyectos y de ellos surge una primera gran diferencia en torno a la forma de selección de candidaturas. El del diputado Muñoz coloca en el centro de su arquitectura la incorporación de las Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias. Establece que todas las agrupaciones políticas deberán seleccionar sus candidatos a cargos provinciales y municipales a través de PASO, con participación de todo el electorado, en un único acto simultáneo en todo el territorio. 

loreiroDiputada Fabiola Loreiro, firma el proyecto del Oficialismo

La fecha se fija para el primer domingo de agosto del año electoral y se replica el esquema nacional en cuanto a avales, oficialización de listas, campañas y límites de publicidad. La lógica que subyace es que la legitimidad de los candidatos debe surgir de una instancia previa abierta a la ciudadanía y regulada por el Estado provincial.

El Proyecto oficialista en cambio no incorpora elecciones primarias obligatorias. Deja la definición de listas en manos de los mecanismos internos de cada partido o alianza y concentra la reforma en la Boleta Única, el balotaje y los límites de reelección. En este modelo, la competencia interna sigue siendo una cuestión partidaria, sin PASO reguladas por ley.

La segunda diferencia estructural se da en el criterio para proclamar gobernador y vicegobernador. El de CC-ARI mantiene la regla de la simple pluralidad. Es decir que resulte electa la fórmula que obtenga más votos, en consonancia con lo que establece la Constitución Provincial. 

En cambio, la iniciativa del oficialismo introduce el sistema de balotaje. Exige que para ganar en primera vuelta una fórmula alcance al menos el 45 por ciento de los votos válidos afirmativos; si ninguna lo logra, se convoca a una segunda vuelta entre las dos más votadas, que se define por mayoría simple. Aquí el énfasis está puesto en garantizar mayorías “reales” y reforzar la legitimidad del gobierno electo.

Simultaneidad y calendario electoral

Otra diferencia es la organización del calendario electoral. El Proyecto de Por Santa Cruz propone que las elecciones provinciales y municipales se realicen siempre en la misma fecha, con simultaneidad obligatoria para la renovación de todos los cargos. 

La norma lo justifica como una forma de optimizar recursos públicos, evitar el uso discrecional de desdoblamientos y reducir la posibilidad de que algunos candidatos ajusten su estrategia según resultados previos en otras categorías. De este modo, la provincia asume un rol central de coordinación y unifica la jornada electoral.

muñozDiputado Pedro Muñóz, impulsa un proyecto que contempla PASO provincial y municipales

El Proyecto de Muñoz no introduce una disposición de este tipo. Al no obligar a la simultaneidad, deja en pie la posibilidad de que los municipios con autonomía normativa mantengan sus propios calendarios, en la medida en que no se opongan al régimen general. 

En este punto el primer proyecto tiende a un modelo más centralizado y homogéneo en las fechas, mientras que el de Muñoz preserva un mayor margen de decisión local.

Otra diferencia. Límites de reelección

Uno de los aspectos más sensibles desde el punto de vista político es el tratamiento de la reelección. El Proyecto que impulsa el oficialismo prohíbe la reelección indefinida y establece límites concretos. Para gobernador y vicegobernador permite solo una reelección consecutiva, con posibilidad de volver a presentarse luego de un período fuera del cargo. 

En el caso de los diputados provinciales, diputados por municipio y concejales fija un máximo de dos mandatos consecutivos. Para intendentes y comisionados de fomento también admite solo una reelección consecutiva. La ley aclara que esas restricciones se aplicarán hacia adelante, sobre mandatos posteriores a su entrada en vigor.

El Proyecto de CC-ARI no introduce cambios en este terreno. No menciona límites adicionales ni alteraciones al régimen actual, por lo que la regulación de la reelección sigue dependiendo de lo establecido por la Constitución Provincial y otras normas vigentes. 

En el plano operativo, el proyecto de Por Santa Cruz establece que el escrutinio debe ser público, transparente e inmediato al cierre de las urnas, y obliga al Tribunal Electoral a publicar en tiempo real los telegramas digitalizados de cada mesa. 

También crea sistemas de auditoría permanente, fiscalización interpartidaria y observación ciudadana, lo que muestra una preocupación explícita por la trazabilidad de cada etapa del proceso.

Por último, el proyecto diseña una transición gradual. Otorga hasta doce meses a los organismos electorales para adaptar sus procesos y tecnologías al uso de Boleta Única, prevé campañas de difusión y capacitación obligatoria para autoridades de mesa y deroga toda normativa incompatible, especialmente la vinculada al viejo sistema de lemas.

En cuanto al proyecto de Muñóz define cómo debe ser cada boleta, qué datos debe contener, cómo se distribuyen los espacios entre listas, cómo se asignan los colores, qué tamaño debe tener, qué información se incorpora en el talón y cómo se garantiza la accesibilidad para personas no videntes mediante plantillas en braille. 

También regula el número de boletas por mesa, la organización del local de votación, el procedimiento de entrega, la marcación, el uso de boxes visibles, la clausura del acto, el escrutinio y los criterios de validez o nulidad de los votos. Todo esto lo alinea con el modelo santafesino al que aluden expresamente sus fundamentos.

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