SALUD MENTAL. Ley crea el sistema de Casas de Medio Camino en Santa Cruz

La norma sancionada por unanimidad y promulgada por el Gobernador, busca crear dispositivos comunitarios y transitorios de apoyo en salud mental, orientados a acompañar procesos de inclusión social, fortalecer la continuidad de los tratamientos y avanzar en el reemplazo del modelo exclusivamente hospitalario.

Santa Cruz06/01/2026Guillermo Pérez LuqueGuillermo Pérez Luque

salud mentalImagen ilustrativa

Con la sanción de la Ley N° 3973 y su posterior promulgación por parte del Poder Ejecutivo provincial, Santa Cruz crea el sistema de Casas de Medio Camino, concebidas como dispositivos comunitarios, ambulatorios y transitorios destinados a acompañar a personas usuarias de los servicios de salud mental, sin constituir una modalidad de internación.

La ley parte de la premisa que la atención en salud mental no puede recaer exclusivamente en el ámbito hospitalario. “Actualmente la atención de esta problemática recae casi exclusivamente en el ámbito hospitalario, lo cual afecta la continuidad y adherencia a los tratamientos por la ausencia de un acompañamiento comunitario sostenido”, se indica en el texto.

La iniciativa fue impulsada y firmada por los diputados Piero Boffi, Javier Jara, Fernando Martínez, Fernando Pérez y Patricia Urrutia, quienes destacaron la importancia de avanzar hacia un modelo de salud mental más humano, comunitario y respetuoso de los derechos de las personas.

Los legisladores señalan que la iniciativa surge a partir de un planteo de la Defensora Oficial de Las Heras, Dra. Sandra Mariela Reynoso, quien advirtió sobre la necesidad de contar con dispositivos comunitarios de apoyo en salud mental, ante las limitaciones del abordaje exclusivamente hospitalario.

Las Casas de Medio Camino se presentan entonces como un recurso intermedio que busca “fortalecer los procesos terapéuticos, favorecer la inclusión social y promover una autonomía progresiva” de las personas.

Lejos de funcionar como espacios de encierro, estos dispositivos deberán estar pensados para acompañar la transición entre el alta hospitalaria y la vida plenamente integrada en la comunidad.  Su objetivo es evitar la cronificación de los padecimientos, reducir las reinternaciones innecesarias y prevenir el abandono de los tratamientos ambulatorios.

La norma se inscribe en un marco más amplio de derechos. Los fundamentos del proyecto retoman los principios establecidos por la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y otros tratados internacionales de derechos humanos, que obligan a los Estados a garantizar políticas públicas que amplíen y profundicen la protección de derechos. 

En la misma línea, la ley provincial se articula con la Ley Nacional de Salud Mental N° 26.657, que promueve la atención comunitaria, la inclusión social y el reemplazo progresivo del modelo asilar.

La autoridad de aplicación será el Ministerio de Salud y Ambiente de la Provincia, que tendrá a su cargo la reglamentación de las Casas de Medio Camino, estableciendo criterios técnicos, de habilitación y de supervisión.

Asimismo, la ley habilita al Poder Ejecutivo a celebrar convenios con municipios y organizaciones de la sociedad civil, entendiendo que la construcción de una red comunitaria de salud mental requiere del trabajo articulado entre distintos niveles del Estado y actores sociales.

Con la promulgación del Decreto N° 1138, firmada por el gobernador Claudio Vidal y refrendada por la ministra de Salud y Ambiente, María Lorena Ross, la ley quedó formalmente en vigencia. Los gastos que demande su implementación serán afrontados con partidas del presupuesto provincial.

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