
La Corte Suprema intima al TSJ de Santa Cruz
Ahora Calafate
La Corte Suprema de Justicia de la Nación intimó al Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Santa Cruz a remitir en un plazo de 48 horas la totalidad del expediente vinculado a la ampliación del cuerpo judicial provincial.
La decisión se conoció este miércoles, luego de que el máximo tribunal advirtiera que no fue cumplido un requerimiento previo realizado el pasado 23 de abril, en el que ya se solicitaba el envío de todas las actuaciones relacionadas con la causa.


En una nueva providencia firmada en Buenos Aires, la Corte ordenó que la documentación sea remitida “de inmediato” en formato digital, haciendo referencia específica a la causa 917/2025 y a todos los incidentes vinculados.
El expediente se originó a partir de una presentación de la Asociación Gremial de Empleados Judiciales de Santa Cruz, que cuestiona la constitucionalidad de la ley provincial que amplió la integración del Tribunal Superior de cinco a nueve miembros.
Rechazo previo a la recusación
Días atrás, la Corte ya había rechazado una recusación impulsada por el gremio judicial, que pretendía apartar a integrantes del tribunal nacional por supuestos vínculos políticos e institucionales.
En su resolución, el máximo tribunal consideró que el planteo fue presentado fuera de término y remarcó que no existían causales legales suficientes para avanzar en ese sentido. Además, recordó que la recusación es una herramienta de carácter excepcional.
Un conflicto de fondo
La controversia judicial se inició tras la sanción de la ley que amplió el número de miembros del TSJ santacruceño, una decisión que generó cuestionamientos desde distintos sectores políticos, judiciales y gremiales.
En ese contexto, la Asociación de Judiciales promovió una acción de inconstitucionalidad contra el Poder Legislativo provincial, mientras que en paralelo se abrieron medidas cautelares y otros expedientes relacionados.
Pedido completo para avanzar
Con la nueva intimación, la Corte dejó en claro que necesita acceder a toda la información para poder continuar con el análisis del caso.
Entre la documentación requerida se incluyen los incidentes cautelares, resoluciones internas vinculadas a la organización del tribunal y al proceso de designación y juramento de nuevos vocales, así como cualquier otro expediente relacionado con el mismo objeto.
La decisión de fijar un plazo perentorio de 48 horas marca un endurecimiento en la postura del máximo tribunal frente al incumplimiento previo y refleja la relevancia institucional que tiene la causa en análisis.






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