Zona Franca de Río Gallegos. Los requisitos para comprar autos y motos sin impuestos

El beneficio se reglamentó a través de una nueva Resolución firmada por el Ministro de Economía en el Boletín Oficial. LOS REQUISITOS

El ministro de Economía, Sergio Massa, firmó la Resolución 786/2023, que reglamenta las condiciones para que los habitantes de la provincia de Santa Cruz puedan comprar autos, motos y pick-ups sin pagar impuestos, en la zona Franca de Río Gallegos.

El predio situado al sur de la capital provincial fue inaugurado en octubre de 2021, pero faltaba reglamentar las condiciones para que esos autos se importen y comercialicen sin tener que pagar una gran cantidad de impuestos que están obligados a abonar los habitantes de otras provincias.

El motivo de este beneficio fue explicado en la resolución firmada por Massa con estas palabras: "La situación económica crítica y la vecindad con otros países lo justifican". Para quien no conozca la Argentina es necesario aclarar que Santa Cruz no es la única provincia con límites internacionales y no es la única que padece la crisis económica.

Los beneficios que recibirán los compradores de autos de esa provincia serán los siguientes.

1. El beneficio será exclusivo para residentes de la provincia de Santa Cruz, con al menos dos años de residencia comprobada antes de la compra del vehículo.

2. Los valores máximos de los vehículos (nacionales o importados) que se podrán comprar con el beneficio serán de 5.000 dólares para motos, 35 mil dólares para autos y 56 mil para pick-ups.

3. Cada grupo familiar podrá comprar un auto 0km en Zona Franca sólo cada cinco años.

4. Todos los vehículos comprados en Zona Franca estarán exentos de IVA, aranceles aduaneros, Bienes Personales e impuestos internos. Sólo pagarán Ingresos Brutos al gobierno provincial.

5. Los compradores podrán revender los vehículos comprados en la Zona Franca a partir del segundo año de patentamiento. Se deberá tramitar un permiso ante la Aduana para desafectarlo de la exención impositiva y devolver a la AFIP un porcentaje de los beneficios.

6. El porcentaje del beneficio a devolver a la AFIP será del 80% (entre el segundo y tercer año), del 50% (en el cuarto año), del 20% (en el quinto año) y libre de pagos después del quinto año.

7. El vehículo podrá circular libremente dentro del territorio de la provincia de Santa Cruz. Y tendrá un permiso para circular por un máximo de 90 días al año fuera de la provincia.

8. Todos los vehículos vendidos en la Zona Franca Santa Cruz deberán instalar un rastreador satelital monitoreado por la AFIP para controlar el cumplimiento de la normativa.

9. Todos los vehículos vendidos en la Zona Franca Santa Cruz deberán exhibir una oblea identificatoria, a fin de facilitar los controles de las autoridades.

10. El cupo de venta total de vehículos para todos los concesionarios que se instalen en la Zona Franca Santa Cruz será de 6.000 vehículos en 2023, 7.500 en 2024 y 7.750 en 2025. De ahí en adelante se agregarán 250 unidades por año con respecto al período anterior.

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