Decreto provincial. Vuelven restricciones a la circulación y el comercio

La gobernadora Kirchner firmó el nuevo decreto que establece nuevas medidas para toda la provincia hasta el 11 de octubre. En El Calafate se vuelve a dividir la circulación par/impar. El horario comercial será de 10 a 20 hs. Bares, confiterías y cervecerías deberán cerrar sus puertas. También gimnasios y clubes. No se podrán usar parques, plazas y otros espacios públicos

 A través del Decreto Provincial N° 1135/20, el Gobierno Provincial adhirió al DNU N°754/20 de Presidencia de la Nación y se estableció el Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio (DISPO) para todas las localidades del territorio provincial, con limitaciones especiales para Río Turbio, 28 de Noviembre, El Calafate, Comandante Luis Piedra Buena, Caleta Olivia  y Los Antiguos; y el aislamiento social, preventivo y obligatorio para la capital provincial hasta el 11 de octubre.

Por su parte Río Gallegos continúa con las medidas del Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio. (ASPO)

DISPOSICIONES ESPECIALES DENTRO DEL DISTANCIAMIENTO SOCIAL PREVENTIVO Y OBLIGATORIO PARA LAS LOCALIDADES: RIO TURBIO - 28 DE NOVIEMBRE- EL CALAFATE-CMTE. LUIS PIEDRA BUENA-CALETA OLIVIA-LOS ANTIGUOS

  • Se Limita la circulación de personas  de acuerdo a la terminación del número de documento nacional de identidad, conforme la siguiente modalidad: 

1.- Los días lunes, miércoles y viernes documentos terminados en cero y números pares.

2.- Los días martes, jueves y sábados, documentos terminados en números impares.  

3.- Los días domingo 27 de septiembre y 11 de octubre del corriente año documentos terminados en impar, y el día domingo 4 de octubre del corriente año, documentos terminados en cero (0) y números pares.   

Quedan exceptuadas de la medida aquí dispuesta todas aquellas personas que efectúen tareas o presten servicios considerados esenciales o críticos.-

Actividades  económicas, comerciales, industriales y de servicios será en horario corrido desde las 10:00 hs hasta las 20:00 hs.

  • Se mantiene la prohibición de  todo tipo de reuniones familiares y/o sociales 
  • Se suspende el funcionamiento de casinos y salas de juegos 
  • Se suspende la realización de las actividades deportivas en clubes y/o gimnasios
  • Se suspenden todo tipo de encuentros religiosos 
  • Se suspende transitoriamente el funcionamiento, sin excepción alguna de bares, confiterías y cervecerías 
  • Se prohíbe  la utilización de espacios públicos recreativos tales como plazas,   parques, circuitos  y/o  senderos, lagunas
  • Se Dispensa del deber de asistencia a su lugar de trabajo a los trabajadores estatales que presten funciones en la Administración Pública Provincial, Entes Autárquicos y/o Descentralizados, Empresas y Sociedades del Estado, y personal docente dependiente del Consejo Provincial de Educación, hasta el día 11 de octubre inclusive .
  • Se exceptúa de la medida del párrafo anterior a las autoridades superiores de las delegaciones de los Ministerios y demás Organismos y Entes comprendidos en el presente, así como personal y autoridades superiores encuadrados en la Ley Nº 1831 hasta nivel Jefatura de Departamento, y Personal de Conducción y Coordinación del Consejo Provincial de Educación.
  • Se exceptúa también de la dispensa establecida a aquellos trabajadores que prestan  servicios en áreas esenciales o críticas o de prestación de servicios indispensables 
  • Se insta a la Municipalidad a adoptar idénticas medidas a las establecidas en los artículos 15, 16 y 17 del presente instrumento legal.-

LEE EL TEXTO COMPLETO DEL DECRETO AQUI

 

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