
Crearon el Fondo Editorial de Autores Santacruceños
Guillermo Pérez Luque
En la sesión ordinaria del pasado jueves la Legislatura de Santa Cruz aprobó por unanimidad la Ley que crea el “FONDO EDITORIAL DE AUTORES SANTACRUCEÑOS”.
Se trata de una iniciativa presentada por el diputado Jorge Arabel que fue trabajado en comisiones de Educación, Cultura, Ciencia y Técnica; de Presupuesto y Hacienda y de Legislación General, y que recibió el acompañamiento de todos los sectores. Se aguarda su promulgación durante el mes de diciembre por parte del Ejecutivo provincial.
La Ley tiene como objetivo central de editar, promocionar, distribuir, publicar y difundir las obras literarias originales e inéditas, educativas y culturales de autores y autoras de Santa Cruz.


La normativa establece que el Fondo Editorial Santacruceño (FES) será administrado por un Consejo Editorial, que presidirá quien ocupe la secretaría de Cultura de la Provincia. Su presupuesto saldrá de una partida presupuestaria que el Poder Ejecutivo destine y de aportes no presupuestarios, como donaciones, ventas de las publicaciones, auspicios, aportes de empresas.
La ley aprobada contempla que el FES destinará sus recursos a financiar, total o parcialmente, “las obras que reúnan valores literarios, filosóficos, estéticos, técnicos, científicos, artísticos, académicos, sociales, históricos o políticos de interés para la provincia y que respeten los derechos fundamentales de la ciudadanía en su diversidad colectiva e individual”.
En declaraciones a FM DIMENSION el escritor y ex diputado Alberto Chaile, celebró la aprobación de la ley en la que él, junto a varios escritores de la provincia contribuyeron con sus aportes.
Se esperanzó que en 2021 ya puedan comenzar a editarse libros de autores santacruceños mediante el FES. También que puedan republicarse obras de grandes autores provinciales cuyos ejemplares están agotados, de manera de rescatar y revalorizar el acervo literario de Santa Cruz.
AUDIO - ALBERTO CHAILE en LA TERRAZA - FM DIMENSION
La ley aprobada indica que del total de ejemplares que se editen de cada obra, se destinarán al menos 100 para ser distribuidos sin cargo en las bibliotecas populares, bibliotecas escolares, medios de comunicación, universidades, embajadas y ferias del libro.
El resto de ejemplares editados, el sesenta por ciento (60 %) se destinará a la venta y el cuarenta por ciento (40 %) para el autor o autora. La comercialización de las obras, el precio de venta al público por ejemplar y todo otro aspecto vinculado, se definirá aplicando las normas específicas que regulan el sistema de contrataciones de la Provincia.
DESCARGA EL TEXTO COMPLETO DE LA LEY APROBADA AQUI






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