
La Cámara rechazó la apelación por el amparo de tierras cercanas a una reserva urbana
Guillermo Pérez Luque
La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de la Primera Circunscripción Judicial rechazó la apelación presentada por vecinos de El Chaltén y confirmó la sentencia que había dejado “en abstracto” el amparo ambiental iniciado contra la construcción de 86 viviendas del programa Casa Propia – Construir Futuro.
El fallo, fechado el 11 de febrero de 2026 y firmado por los jueces Carlos E. Arenillas y Eduardo G. López, ratifica la resolución dictada el 19 de junio de 2025 por el Juzgado Civil de El Calafate, a cargo del Dr. Alberto Ludueña.
Como informó oportunamente Ahora Calafate, el proyecto habitacional había sido anunciado en 2022 por la entonces gobernadora Alicia Kirchner, con financiamiento nacional durante la gestión de Alberto Fernández. La ubicación elegida, en terrenos cercanos a la Reserva Natural Urbana “La Lagunita”, generó el rechazo de un grupo de vecinos, que promovió una acción de amparo ambiental solicitando la paralización definitiva de la obra, su reubicación y la recomposición del supuesto daño ambiental.


Sin embargo, mientras el expediente avanzaba, el contexto cambió. El Estado provincial y la empresa adjudicataria rescindieron el contrato por cuestiones económicas y, tras la asunción del presidente Javier Milei, se dispuso la cancelación de las obras públicas que no hubieran comenzado. El plan de las 86 viviendas quedó sin ejecución.
Qué resolvió la Cámara
En ese escenario, el juez Ludueña había declarado abstracto el planteo vinculado a la construcción del complejo habitacional, al considerar que la obra ya no se realizaría. También rechazó el pedido de recomposición ambiental y de indemnización sustitutiva.
Los vecinos apelaron, sosteniendo que subsistía la cuestión ambiental y que correspondía ordenar la remediación de la zona por movimientos de suelo y rellenos.
Ahora la Cámara de Apelaciones rechazó ese recurso. En el fallo al que accedió AHORA CALAFATE, los jueces señalaron que, respecto de la paralización y reubicación del proyecto, el planteo carece de objeto porque la obra fue cancelada y los contratos rescindidos.
En cuanto al supuesto daño ambiental, el tribunal entendió que no se acreditó la existencia de una afectación “relevante” en los términos de la Ley General del Ambiente. Indicó que no está probado que el proyecto estuviera emplazado dentro de los límites de la Reserva Natural Urbana ni que se haya producido pérdida de biodiversidad o alteración significativa de ecosistemas.
También remarcó que hubo “orfandad probatoria”, ya que las pericias técnicas ofrecidas por los actores, como estudios de biólogos, geólogos o especialistas en recursos naturales, no fueron producidas. Y que las inspecciones oculares incorporadas al expediente resultan insuficientes para determinar un daño ambiental que justifique una orden de recomposición.
Con estos fundamentos, la Cámara confirmó íntegramente la sentencia de primera instancia e impuso las costas por orden de los amparistas.

Impacto para el Municipio
Con la confirmación del fallo, el frente judicial que mantenía en suspenso la situación de esas tierras quedó cerrado en el ámbito provincial, habilitando al Municipio a avanzar con la planificación y asignación de lotes en un contexto donde la demanda habitacional en El Chaltén sigue siendo la principal problemática.
Como viene informando Ahora Calafate, aún está pendiente la entrega de terrenos a 21 de las 65 familias que habían sido preadjudicadas por el Municipio. En ese sector se podrían obtener entre 11 y 14 lotes, que permitirían avanzar en parte con esa demanda.






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