RIESGO MEDIO. Cuáles son las medidas para El Calafate, El Chaltén y Tres Lagos

Las tres localidades del departamento Lago Argentino fueron clasificadas como de Mediano Riesgo Epidemiológico. El decreto provincial establece medidas de apertura y cierre, de circulación y de capacidad máxima, entre otras cosas.
Actualidad01/05/2021Guillermo Pérez LuqueGuillermo Pérez Luque
Calafate [AUDIO FMD]

De acuerdo a la graduación determinada por el Gobierno provincial la localidad de El Calafate tiene un Índice Epidemiológico de 1.2, lo que la sitúa en la estado de Riesgo Medio. La localidad de Tres Lagos está atada a lo que se mide en El Calafate, a pesar de tener solo un caso activo en el momento.

Por su parte la localidad de El Chaltén tiene un índice epidemiológico de 0.8, también en la escala de Riesgo Medio.

A partir de esta clasificación el Gobierno provincial estableció medidas. Algunas de ellas cambian lo que está establecido hasta el momento, por ejemplo  habrá 2 horas menos la actividad comercial. Se reduce al 30 % el factor de ocupación para bares y cervecerías. Se pone tope de 4 personas por mesa

Otras diferencias con lo actual son: Cambia el factor de ocupación a 20 personas para eventos públicos en espacios cerrados (misas, teatro, actos, reuniones, asambleas por ejemplo), y actividades deportivas al aire libre sin público.

ESTAS SON LAS MEDIDAS QUE DISPUSO EL DECRETO PROVINCIAL PARA LOCALIDADES DE RIESGO MEDIO

  • Actividades económicas, comerciales, industriales y de servicios será hasta las 23:00 horas y deberá cumplimentar estrictamente los protocolos sanitarios aprobados por la autoridad sanitaria provincial. 
  • Los locales comerciales y/ o de servicios deberán mantener libre una superficie equivalente del cincuenta por ciento 50% del espacio cubierto, respetando en todo momento el uso de las medidas que implican el distanciamiento social.
  • Los bares, confiterías, restaurantes y cervecerías funcionarán de lunes a jueves hasta las 23:00 hs, viernes, sábados y domingos hasta las 00 hs.
  • Los restaurantes y confiterías deberán respetar un aforo de hasta el 50% de su capacidad, disponiendo las mesas de no más de cuatro personas
  • Los bares y cervecerías deberán respetar un aforo de hasta un 30 % de su capacidad, disponiendo las mesas de no más de cuatro personas
  • Se restringe de manera estricta la circulación de personas entre la 01:00 hs a las 07:00 hs AM, con excepción de aquellos trabajadores afectados a actividades y servicios esenciales y/o personas autorizadas que por su función deban circular en la franja horaria aquí determinada.
  • Se podrá realizar eventos públicos en espacios cerrados con una concurrencia no mayor de 20 personas según la capacidad del lugar, debiendo respetar estrictamente el protocolo que incluya el distanciamiento estricto de las personas que no puede ser inferior a dos metros y en lugares con ventilación adecuada, destinando personal específico para el control del cumplimiento de esas norma
  •  Se podrá realizar eventos públicos  al aire libre con una concurrencia no mayor a 50 personas, debiendo cumplimentar idénticas medidas de prevención. 
  • Las competencias deportivas que se realicen al aire libre o en espacios cerrados serán sin concurrencia de público o espectadores, con excepción de aquellos progenitores y/o responsables que deben acompañar a sus hijos/as menores de 16 años al evento.
  • Se recomienda evitar realizar actividades y reuniones sociales en domicilios particulares de más de diez personas por constituir ello una de las principales fuentes de contagio de COVID-19.
  • El transporte público urbano de pasajeros deberá funcionar cumplimentando los protocolos sanitarios aprobados por la autoridad competente con el 50 % de su capacidad y las ventanas abiertas a fin de mantener la ventilación adecuada.

decreto homeSEGUNDA OLA. Salió el decreto provincial que toma medidas según el riesgo epidemiológico por localidad

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